El 150% es casi el mínimo de responsabilidad hipotecaria, el 175-180% es lo más usual y en este caso están aplicando un 200% , siempre que en Andalucía se aplique el 1% sobre la responsabilidad hipotecaria para el impuesto de Actos Jurídicos documentados (AJD), pues eso lo desconozco.
La responsabilidad hipotecaria es el máximo por lo que responde la finca hipotecada en caso de impago. El porcentaje (150 %, 200%...) es sobre la cantidad concedida.