Caso Eurobank y caso Mutuas
En mi modesta opinión:
Caso Eurobank, hay que esperar el auto del Juez, después es cuando se puede actuar. Parece ser que hay activos, ya veremos, pero esta en situación de suspensión de pagos, y hay que esperar al auto judicial.
CASO MUTUAS: Es diferente, están en situación legal de total operatividad, solamente intervenidas, sin embargo no pagan los rescates solicitados en tiempo y forma. ¿Ante estos impagos se puede solicitar la quiebra?, quizás sea lo mejor antes de que ellos soliciten la suspensión e pagos.
¿Como debería un acreedor de mutuas solicitar quiebra por no haber cobrado?.
Ruego contestación concreta de algún experto.