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¿Por qué pedimos el levantamiento de la suspensión de pagos?

13 respuestas
¿Por qué pedimos el levantamiento de la suspensión de pagos?
¿Por qué pedimos el levantamiento de la suspensión de pagos?
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#9

Y es ¡also: AUSBANC CONSUMO ha alegado el art. 51

Por tanto sí lo hemos alegado ante el Juzgado núm. 73, porque consideramos que pueder ser alegado en apoyo del derecho que pedimos a que los depositantes no se vean constreñidos por la suspensión de pagos.

Aquí se enfrentan dos derechos: el de los depositantes y el de EUROBANK como empresario.

Vd. al no defender el de los consumidores a exigir el levantamiento, se sitúa al lado de EUROBANK. Será por falta de confianza, por falta de conocimientos o por cualquier otra razón. Pero los hechos son estos: si no defiende el derecho de los consumidores a pedir el levantamiento, entonces voluntaria o involuntariamente defiende el derecho de EUROBANK a seguir con la suspensión de pagos.

No le quepa duda de que este tema es de gran alcance: y Vds. están estorbando al discutir reiteradamente esto y no apoyarlo lealmente, que se obtenga el apoyo que merece toda nueva conquista de derechos. Aunque sólo fuera una la persona que convenzan de lo contrario, su labor es negativa en esto.

#10

No les vendemos nada, son Vds los que venden su asociacion.

No lo olvide: nosotros no vendemos nada en este caso: nadie necesita ser socio para ser defendido porque la petición la hemos hecho para todos y por nuestros propios medios.

¿es Vd. consciente que asesorar de contrario a los afectados en el sentido que lo está Vd. haciendo, puede conllevar ciertas responsabilidades?

¿les está diciendo que no apoyen la petición de levantamiento y que en cambio confién en la alternativa secreta que les ofrece?

Nos parece irresponsable por su parte. Le reconocemos la buena fe, pero le discutimos la competencia en materia de consumo, simplemente. Sus conocimientos en materia de defensa de los consumidores son nulos; sus fuentes son exclusivamente mercantilistas, insuficientes. Es como volar en visual o en instrumental. Carece de pericia.

#11

Re: ¿Por qué pedimos el levantamiento de la suspensión de pagos?

No se por que piden el levantamiento.No me queda clara su postura.

Aunque ya en su dia comente en el foro mi informe juridico sobre la posicion de los consumidores en la ley mercantil a tenor del 51 y del 33 CE, no acvabo de llegar a las mismas conclusiones que vds.

El art 51 que es plenamente alegable ante un juez que deberá justificar el no haberlo tenido en cuenta segun doctrina constitucional, pone de manifiesto una laguna en la ley concursal.

Del hecho de que exista una laguna a que se deba pedir el levantamiento de la suspensión hay mucho camino recorrido y poco fundamentado.

No se por que el levantamiento de la suspensión es lo mejor. Lo mejor para los consumidores es que: se recupere todo el dinero lo antes posible y que bancos como eurobank desaparezcan ( de hecho la ley de consumidores y usuarios ice que son vds las asociaciones de consumidores quienes pueden tener cierto control sobre esto).

Me gustaría que me aclarasen este punto.

#12

El punto se aclara por sí mismo.

Mientras no se levante la suspensión de pagos ni los consumidores pueden cobrar -salvo que se levante- ni la entidad puede ser liquidada por el Banco de España. De hecho, EUROBANK ya ha solicitado un levantamiento parcial para pagar intereses.

Esto es tan diáfano que ciertamente, pretender discutirlo no conduce a ningún lado.

Lo que permite a EUROBANK dejar de pagar lo que debe y protegerse de la intervención del Banco de España es precisamente la suspensión de pagos.

Naturalmente el levantamiento que ha solicitado AUSBANC CONSUMO es un hecho transcendente que tiene soliviantado a buena parte del mundo jurídico mercantilista. Pero tendrán que entender que nosotros defendemos las posiciones consumeristas y lo hacemos con todas las consecuencias. Desde luego que hemos planteado la necesidad de reforma de la ley concursal "nueva" -este procedimiento se tramita por la antigua- y aunque hay avances, no alcanzan el otorgar preferencia a los consumidores como pretendemos. Pero esto es otra cosa, una tarea a más largo plazo.

La petición de levantamiento es para que se adopte de forma inmediata.

Y las dudas sobre si esto conviene o no, empiezan a no poder ya considerarse como razonables. No es comprensible que un naúfrago pida al barco que viene a rescatarle si le hará pagar billete. AUSBANC CONSUMO no les pide pasaje, lo menos que pueden hacer es entender que están Vds. en una situación en la que les ha metido EUROBANK y que no tiene ninguna salida milagrosa. Pero desde luego, el peor escenario para Vds. es la continuidad de la suspensión de pagos.

#13

Re: El punto se aclara por sí mismo.

Y por ejemplo...Si se levantase la suspensión y por tanto nuestras deudas se volviesen exigibles de inmediato ¿ no tendriamos que solicitar la devolución individualmente? ¿ que pasa si aun entonces eurobank no quiere o no puede pagar? segun tengo entendido una vez levantada la suspensión eurobank podría no pagarnos y forzar una ejecución forzosa. Es un riesgo considerable.

No se en mi caso m da un poco igual ya que con un pàgo del 50% acabaría cobarndo el total ya que aun mantengo mi facultad del FGD y me cubre el otro 50% precisamente. Lo que quiero es cobrar ya y olvidarme del tema.

#14

Hágase sus mismas preguntas manteniéndose la suspensión.

Entérese de que la suspensión de pagos no GARANTIZA LOS COBROS: lo que garantiza es no pagar. En fin, qué le vamos a hacer.

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