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Penalizaciones por rescate mutuas

12 respuestas
Penalizaciones por rescate mutuas
Penalizaciones por rescate mutuas
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#9

Re: penalizaciones por rescate mutuas

Yo pregunte a Adicae (me dijeron que lo mandaran) y Ausbanc (me dijeron que no lo mandara). Decide por fin mandarlos sobre todo siguiendo lo que hacian la mayoria de los foreros. Gracias a Dios he cobrado ya las dos Inversiones Decrecientes penalizadas. Voy a ver como lucho por esas penalizaciones, que aunque no son de las peores, es mi dinero.

Por si te sirve de algo.

Un Saludo

#10

Todo el mundo sabe cuál es la postura de AUSBANC

Su reseña debe ser producto de un error.

La firma de ese documento de rescate cuando existe el derecho contemplado en el contrato, no implica renuncia alguna, y por tanto, nunca se ha aconsejado que no ser firme, sino todo lo contrario. Lo que aclaramos al objeto de preservar la transparencia sobre este asunto.

#11

Re: Todo el mundo sabe cuál es la postura de AUSBANC

Acabo de recibir el Anexo de Rescate Total de mi IC en CHCM,(Acciones sin voto Excell Life
05/2003).Contempla una penalización del 5% sobre el valor final de la inversión afecta(recogida en el clausulado de la póliza,firmado en mi caso),pero dicho valor está disminuido ya que al parecer
la prima neta invertida es menor de la pagada por descontar gastos de gestión interna y comerciales).
! es el colmo !.En total un 9% menos de lo invertido y además es un documento provisional que por
lo que veo no me garantiza el cobro.
No se si firmarlo por si esto implica,de hecho ,una aceptación de la penalización,pero por otra parte
no quisiera retrasar una posible devolución del capital principal por falta de dicho documento. En la
GENCAT me indican que haga lo que quiera,no tienen ningun criterio al respecto,pero me han dicho que si mi contrato está firmado y contempla derecho de rescate,no sería necesario firmar el anexo para
que devuelvan el dinero.
Creo que lo firmaré y luego a intentar recuperar la penalización,sobre todo si como decís ello no
implica renuncia alguna,aunque no lo tengo del todo claro.
Saludos.

#12

Re: penalizaciones por rescate mutuas (YO NO HE COBRADO)

Mi consejo es firmar el anexo si la PPIIIIIIIII mutua te da opción a ello.
Que quede claro que con fecha actual y la póliza también si se da el caso de que no se firmó antes.
En ambos documentos que quede claro también que te supeditas a revisión de bases y % por la generalitat.
Y presión a la DGA por Tf, escrito, Fax, Email,........

#13

Re: Todo el mundo sabe cuál es la postura de AUSBANC

Lo que está claro es que si no se rescata, no se puede reclamar nada. Porque si se confía en el resultado del producto, ¿cómo puede a la vez reclamarse por lo mismo?. Esto no quiere decir, en ningún caso que cuando efectivamente se reclame la discrepancia por la comisión aplicada, no vayan a existir dificultades: las vamos a tener que afrontar en todo caso porque es evidente que la parte contraria presentará sus alegaciones sean fundadas o infundadas. Incluso presentarán la firma de los rescates: pero eso no implica que nuestra opinión se modifique.

Lo que decimos es que cuando ejercitamos un derecho contractual, cualquier acto derivado de ese derecho -como firmar el anexo de rescate- no puede menoscabar el derecho a reclamar por el resultado de esa liquidación. Esta es nuestra opinión: no es una PROFECIA sobre lo que pasará cuando reclamemos.

No obstante, todavía quedan muchas personas pendientes de cobrar sus liquidaciones, por tanto en nuestra opinión no hemos llegado al momento en el que podamos ocuparnos de reclamar las penalizaciones.

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