CONSECUENCIAS REALISTAS DE LOS PROCESOS JUDICIALES en éste caso
Los procesos penales duran 10 años, entre instrucción, juicio oral y sentencia definitiva del Tribunal
Supremo.
Los procedimientos civiles de quiebra, que duran muchisimos años también, se subordinan a aquellos.
Es decir, los afectados se reparten lo que queda, al cabo de 10 años.
Son los últimos en cobrar.
En cambio los abogados, síndicos, comisarios, (ASOCIACIONES y demás) van cobrando durante los diez años, siendo los que deciden que hacer y como enajenar los bienes confiscados..........
wottan