Responsabilidad del empresario S.L.Respuestas: 4
Responsabilidad del empresario S.L.
Yo siempre había creído que la diferencia entre una S.l y una S.A, era que en la primera el empresario respondía con su patrimonio de las deudas de la empresa, mientras que en la segunda respondía el capital social y los bienes de la empresa, de ahí que la diferencia de capital requerido para montar una y otra 3.000€ y 60.000 € respectivamente.
Re: Responsabilidad del empresario S.L.
A efectos de responsabilidades como las que indicas, diferencias ni una, ni media, absolutamente ninguna, y si has avalado personalmente las mismas que si lo hubieras hecho con una S.A. En cuanto a negligencia y responsabilidad de ella por parte del adminsitrador las mismas con S.L. que con S.A. Evidentemente que hay diferencias entre una y otra, pero no a estos efectos.
Re: Responsabilidad del empresario S.L.
En la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada tienes el art 69 que establece cuales son las responsabilidades del órgano de Administración. En concreto te remite a los artículos 133 al 135 de la Ley de Sociedades Anónimas. Por tanto, las responsabilidades son las mismas.
Re: Responsabilidad del empresario S.L.
Buenas, una par de dudas aquí: 1ª) Si una empresa "O" debe un millon de €, al administrador no se le puede exigir nada, ¿Verdad? Y si esta misma empresa que debe 1 millon, vende terrenos que sabe que valen 500.000€ por 50.000€ a una empresa afin, ¿Estaria incurriendo en delito, no? (Se que puede resultar un poco absurda la pregunta). 2º) Me comentaron que en toda empresa debe de estar como autonomo el administrador, pero a su vez tambien puede cobrar de la empresa, ¿Entonces tendria a la vez contrato mercantil y Laboral? Aqui la verdad ando un poco perdido. Saludos y muchas gracias
Re: Responsabilidad del empresario S.L.
En el punto 1º hay una cosa que se llama "accion de responsabilidad" que bajo algunos supuestos se puede hacer responder al administrador con su patrimonio personal e incluso penalmente,En contra dire que en España una reclamacion de impago practicamente se eterniza imaginate un proceso mas complejo.
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