Hola buenas noches a todos, quería preguntaros porque es la primera vez que me pasa me han llamado del SEPE está mañana diciéndome que me pertenece solicitar la RAI. No sé si es compatible o no de antemano gracias a todos. Es que de los funcionarios no me fío demasiado
Si ya estás cobrando el IMV, sinceramente ni te plantees cobrar la Renta Activa de Inserción porque su importe te lo descontarán del IMV antes o después.
A mí tb me corresponde el segundo RAI en el mes de noviembre.Pero como espero la revalorización de IMV,no sé qué hacer.Se juntan las dos este fin de año.
ummmm, en tu caso entiendo que cobraste el primer año de RAI (once meses) en el periodo septiembre 2020 a noviembre 2021 (más o menos) por lo que ahora con la actualización de diciembre 2022 tendrás DEUDA con la Seguridad Social por pagos indebidos en el caso de que hubieses compaginado cobrar la RAI con el IMV, claro está... si es ese supuesto, habría que tener claro lo que percibes actualmente de IMV, si coincide con los importes íntegros de tu unidad familiar o no, etc, porque está claro que te van a descontar del IMV los importes de 3 o 4 mensualidades de la RAI... Habría que hacer cuentas y números...
Hola.Yo cobre la RAI en 2021,no 2020.Desde febrero 2021 hasta diciembre2021.11 meses Y este año me computaron ,cuando me aprobó el IMV.Hemos hablado nostros.Entonces desde este año,febrero yo cobro solo 88 euros euros al mes con la subida de 15% .Ya veremos ahora en diciembre ,con la revalorización.Que ya está pagado lo del año pasado
Entonces tu IMV ya lo tienes actualizado con la renta de 2021 y en diciembre no vas a tener actualización alguna, ni a la baja ni al alza, porque en su momento cuando te lo concedieron ya lo hicieron con los ingresos de 2021.
Creo recordar que, en tu caso, te dije que solicitaras una revisión del IMV por SITUACIÓN DE POBREZA SOBREVENIDA y que te lo actualizasen en base a tus ingresos ACTUALES, que son cero (excluyendo el IMV de los miseros 88 euros que percibes), de forma que deberían de abonarte el IMV integro que te corresponda.
Si no haces nada al respecto, probablemente seguirás todo 2023 igual, cobrando 88 euros pelados porque en tu caso ya te digo que no tendrás actualización en diciembre 2022 como si nos ocurrirá a la mayoría, y ya sería en la actualización de diciembre de 2023 cuando, al considerar tu IRPF del 2022 (la renta que haremos el año que viene referente a los ingresos de este 2022), te subiría a tu IMV en su importe íntegro que te corresponda, debiendo pagarte la S.S. ATRASOS del 2022 y 2023 a partir de mitad de 2024 ... casi nada, vamos...
No sé si alguien puede aportar más luz al respecto, o bien ratificar / negar / aclarar mejor lo que te indico, porque para mí está claro.
Buenas tardes Ritekg5.He hecho un escrito hacia SS.,como me has dicho tu .Ahora el lunes ,voy a mandarlo a la SS.Me puede parar la mierda de 88 euros que cobro? Y se puede saber cuánto tardarán en recibir una respuesta? Gracias de nuevo
Algunas cosas que afectan a tu expediente del IMV y requieren verificación por parte de la S.S. (como es verificar tus ingresos reales y que te ajusten el IMV a su importe íntegro por vulnerabilidad económica, añadir o quitar algún miembro en tu unidad familiar, etc) suelen paralizar pagos unos meses hasta que lo revisan porque en realidad lo que hacen es anular tu expediente y lanzarte un nuevo expediente ya con los cambios ... otras situaciones, tales como cambiar tu c/c de cobro o el domicilio no suelen paralizar pagos.
Aquí tienes un ejemplo que puso una compañera del foro hace un tiempo, de la carta que le llegó tras solicitar incluir a su bebe en el IMV y excluir al padre de la unidad de convivencia, para lo que aportó la correspondiente documentación y la S.S. actuó cursando baja de su expediente y CREANDO UN NUEVO EXPEDIENTE con la nueva situación (te lo remarco en amarillo dentro de la carta que recibió de la S.S.)
ok, pero si puedes mejor hacerlo con cita presencial o que te llamen, mejor que mejor porque te dirán que documentos necesitan para acreditar tu situación (extractos bancarios, declaración jurada de ingresos, informe de servicios sociales, etc)