#211
#212
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
#213
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
#214
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
De entrada dices que miento. Y luego que según... lo cual denota que no lo tienes muy claro. Y si no lo tienes claro, pues sinceramente no veo lógico que respondas como lo has hecho.
Por favor, lee lo que dice la AEAT al respecto y así sales de dudas. Yo lo hice en su día, porque necesitaba saberlo. Descubrirás que lo que dije es verdad independientemente de que los titulares sean matrimonio, amiguetes o no se conozcan de nada.
Por favor, lee lo que dice la AEAT al respecto y así sales de dudas. Yo lo hice en su día, porque necesitaba saberlo. Descubrirás que lo que dije es verdad independientemente de que los titulares sean matrimonio, amiguetes o no se conozcan de nada.
#215
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
Lo tengo claro, cosa que no quiere decir que no pueda estar equivocado.
Tu ejemplo era muy general y yo simplemente puntualizo que en el caso particular de matrimonio en régimen de gananciales me parece recordar que en un artículo de Rankia leí en su día que sí se tenía que presentar.
He vuelto a leer el artículo que cada año prepara Rankia sobre el tema y no soy capaz de ver nada que indique ni una cosa ni otra.
https://www.rankia.com/blog/impuestos/1623888-modelo-720-que-como-rellenarlo
Pásanos tu el link de la AEAT que comentas y así lo tendremos claro todos.
Saludos!
Tu ejemplo era muy general y yo simplemente puntualizo que en el caso particular de matrimonio en régimen de gananciales me parece recordar que en un artículo de Rankia leí en su día que sí se tenía que presentar.
He vuelto a leer el artículo que cada año prepara Rankia sobre el tema y no soy capaz de ver nada que indique ni una cosa ni otra.
https://www.rankia.com/blog/impuestos/1623888-modelo-720-que-como-rellenarlo
Pásanos tu el link de la AEAT que comentas y así lo tendremos claro todos.
Saludos!
#216
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
Ya te lo anticipé antes, estás equivocado. Y mi respuesta te puede parecer todo lo general que quieras, pero se ajustaba perfectamente a la realidad.
Aquí la respuesta de la AEAT a la pregunta:
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Modelos__Procedimientos_y_Servicios/Ayuda_Modelo_720/Informacion_general/Preguntas_frecuentes__actualizadas_a_marzo_de_2014_/Preguntas_frecuentes__Modelo_720/Obligacion_de_declarar/_Existe_obligacion_de_presentar_declaracion_cuando_se_comparte_la_titularidad_sobre_una_cuenta_bancaria_abierta_en_el_extranj__arias_personas_.shtml
Sobre el tema de matrimonio en gananciales, el punto más sorprendente es que si el forero que pregutaba antes tiene 50.001 euros en la cuenta de un sólo titular y está casado en régimen de gananciales, en el 2021 tanto él como su cónyufe deberán presentar el modelo 720, aunque el cónyuge no sea titular de ninguna cuenta en el extranjero.
Saludos.
Aquí la respuesta de la AEAT a la pregunta:
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Modelos__Procedimientos_y_Servicios/Ayuda_Modelo_720/Informacion_general/Preguntas_frecuentes__actualizadas_a_marzo_de_2014_/Preguntas_frecuentes__Modelo_720/Obligacion_de_declarar/_Existe_obligacion_de_presentar_declaracion_cuando_se_comparte_la_titularidad_sobre_una_cuenta_bancaria_abierta_en_el_extranj__arias_personas_.shtml
Sobre el tema de matrimonio en gananciales, el punto más sorprendente es que si el forero que pregutaba antes tiene 50.001 euros en la cuenta de un sólo titular y está casado en régimen de gananciales, en el 2021 tanto él como su cónyufe deberán presentar el modelo 720, aunque el cónyuge no sea titular de ninguna cuenta en el extranjero.
Saludos.
#217
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
#218
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
#219
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
Es lo que te ha dicho Pvila314, se suman los saldos de todas las cuentas donde intervengas, como titular, cotitular, y también como autorizado. Y se suman los saldos "totales" de las cuentas, no los saldos totales divididos entre el número de titulares.
Y si estás casado en gananciales, ojo que aunque no seas titular ni cotitular de nada, te puede tocar declarar.
Y si estás casado en gananciales, ojo que aunque no seas titular ni cotitular de nada, te puede tocar declarar.
#220
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
#221
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
Me estáis dando guerra en este post...!!!
Es broma, este es un tema más dificil pero lo aclaro.
De primeras, autorizado también entra:
RD 1065/2007, de 27 de julio, Artículo 42 bis. Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
Párrafo 3. La información sobre saldos a 31 de diciembre y saldo medio correspondiente al último trimestre deberá ser suministrada por quien tuviese la condición de titular, representante, autorizado o beneficiario o tenga poderes de disposición sobre las citadas cuentas o la consideración de titular real a esa fecha.
Pero luego en las preguntas frecuentes de Hacienda se hace una excepción cuando se trata de valores, pero NO cuando se trata de cuentas o depósitos:
Pregunta 31: ¿Debe presentar declaración informativa el autorizado sobre los valores contenidos en el artículo 42 ter del Reglamento General aprobado por RD 1065/2007, de 27 de julio?
Respuesta: No. La figura o condición de autorizado solamente se establece como obligada a presentar declaración informativa respecto de las cuentas comprendidas en el artículo 42 bis del citado Reglamento General.
Es decir, que para lo que estamos hablando, autorizado también computa. Pero si estuvieramos hablando de valores (acciones por ejemplo) entonces no.
Es broma, este es un tema más dificil pero lo aclaro.
De primeras, autorizado también entra:
RD 1065/2007, de 27 de julio, Artículo 42 bis. Obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero.
Párrafo 3. La información sobre saldos a 31 de diciembre y saldo medio correspondiente al último trimestre deberá ser suministrada por quien tuviese la condición de titular, representante, autorizado o beneficiario o tenga poderes de disposición sobre las citadas cuentas o la consideración de titular real a esa fecha.
Pero luego en las preguntas frecuentes de Hacienda se hace una excepción cuando se trata de valores, pero NO cuando se trata de cuentas o depósitos:
Pregunta 31: ¿Debe presentar declaración informativa el autorizado sobre los valores contenidos en el artículo 42 ter del Reglamento General aprobado por RD 1065/2007, de 27 de julio?
Respuesta: No. La figura o condición de autorizado solamente se establece como obligada a presentar declaración informativa respecto de las cuentas comprendidas en el artículo 42 bis del citado Reglamento General.
Es decir, que para lo que estamos hablando, autorizado también computa. Pero si estuvieramos hablando de valores (acciones por ejemplo) entonces no.
#222
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
Es para que no te aburras, :-) , es coña :-)
Gracias por la info.
De partida ya te ponia que "creia", dado que en el caso de cuentas o depositos aqui, el autorizado no tiene ninguna responsabilidad fiscal (soy y he sido autorizado en varias cuentas).
Entenderia que solo se refiere a informar de ese hecho, pero que luego no tenga esa repercusion fiscal, si no me pareceria una salida de tiesto bastante grande
Un Saludo
Edito:, Leo esto y ya me acojona
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Modelos__Procedimientos_y_Servicios/Ayuda_Modelo_720/Informacion_general/Preguntas_frecuentes__actualizadas_a_marzo_de_2014_/Preguntas_frecuentes__Modelo_720/Obligacion_de_declarar/Si_una_persona_es__titular__de_una_cuenta_corriente_en_el_extranjero_cuyo_saldo_a_31_12_es_de_40_000___y_ademas_es__autorizad__on_de_declarar_.shtml
Entiendo entonces que a nada que tengas en el extranjero (NN) y seas autorizado en en varias cuentas aqui , ¿ya tienes que declarar?
Ejemplo, tiene en NN, 5000 € y estas autiorizado aqui en cuentas por valor de 55000€ ¿hay que pringar ?
Gracias por la info.
De partida ya te ponia que "creia", dado que en el caso de cuentas o depositos aqui, el autorizado no tiene ninguna responsabilidad fiscal (soy y he sido autorizado en varias cuentas).
Entenderia que solo se refiere a informar de ese hecho, pero que luego no tenga esa repercusion fiscal, si no me pareceria una salida de tiesto bastante grande
Un Saludo
Edito:, Leo esto y ya me acojona
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Modelos__Procedimientos_y_Servicios/Ayuda_Modelo_720/Informacion_general/Preguntas_frecuentes__actualizadas_a_marzo_de_2014_/Preguntas_frecuentes__Modelo_720/Obligacion_de_declarar/Si_una_persona_es__titular__de_una_cuenta_corriente_en_el_extranjero_cuyo_saldo_a_31_12_es_de_40_000___y_ademas_es__autorizad__on_de_declarar_.shtml
Entiendo entonces que a nada que tengas en el extranjero (NN) y seas autorizado en en varias cuentas aqui , ¿ya tienes que declarar?
Ejemplo, tiene en NN, 5000 € y estas autiorizado aqui en cuentas por valor de 55000€ ¿hay que pringar ?
#223
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
#224
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
#225
Re: Nueva Cuenta de Ahorro Online de N.N.
A mi personalmente el 720 no me parece mal. Si algún Banco pone en duda la procedencia del dinero (por blanqueo de capitales) cuando lo traigas del extranjero a España, puede ser una ayuda para demostrar que no procede de actividades ilícitas en el extranjero.
Lo que sí me parece mal son las multas despropocionadas por infringir levemente las reglas. Pero si infringes gravemente las reglas y la multa es desproporcionada, pues lo entendería.
Lo que sí me parece mal son las multas despropocionadas por infringir levemente las reglas. Pero si infringes gravemente las reglas y la multa es desproporcionada, pues lo entendería.