Re: Broker que no tenga cuentas omnibus - brokers
El problema no está en que quiebre o no el broker, el problema viene del hecho de que al quebrar el broker o al querer trasladar las acciones a otro broker (si quiebra hay que trasladarlas), el mecanismo omnibus obliga a que las acciones sean vendidas por el broker antiguo y compradas en el nuevo. Consecuencia: si había plusvalías latentes quedan realizadas de modo que Hacienda pegará un buen palo el año siguiente en las declaración de IRPF. Si había minusvalías latentes igual aunque es posible que no haya con qué compensarlas.
Re: Broker que no tenga cuentas omnibus - brokers
Hola, lo que comentas no es correcto.
Las acciones que compras en un broker con cuenta omnibus no se registran a tu nombre, por eso cuando se traspasan tienen que vender las acciones para poder comprarlas a nombre del cliente. La venta no la hace el cliente, la hace el broker, por eso es el broker el que hace las cuentas con hacienda.
Es en los traspasos de entrada (de broker nominativos a omnibus) cuando ocurre lo que comentas, y es debido a que las acciones están a nombre del cliente en el broker nominativo, y para traspasarlas al broker omnibus, necesitan venderlas para poder ponerlas a nombre del broker. Y ahí es cuando entra hacienda, ya que según ellos, ha habido una venta registrada a tu nombre. En el caso contrario, para hacienda sólo aparece tu nombre cuando las acciones son compradas en el nuevo broker con cuenta nominativa.
Un saludo
Re: Broker que no tenga cuentas omnibus - brokers
¿Hay algun Broker que opere en España con las acciones USA nominativas?
Re: Broker que no tenga cuentas omnibus - brokers
Re: Broker que no tenga cuentas omnibus - brokers
Lo ultimo que se de Gaesco es que tambien utiliza cuentas onmibus para acciones extranjeras, una pena que ningun broker se anime a poner las acciones extranjeras nominativas.
Re: Broker que no tenga cuentas omnibus - brokers
Re: Broker que no tenga cuentas omnibus - brokers
Hola
Supongo que te refieres a la norma de los dos meses para poder compensar minusvalías. Las plusvalías siempre tributan, otra cosa es que puedas compensarlas con minusvalías o con algún tipo de deducción fiscal, como por ejemplo la desgravación por vivienda habitual.
Un saludo