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Duro Felguera

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Duro Felguera
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Duro Felguera
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#31185

Re: Duro Felguera

Si este mes no hay resolución ya puede correr a vender, o se encontrará entre los damnificados por empresas cotizadas que entran en concurso como Coemac o Sniace. Fíjese que le doy un buen consejo, y gratis oiga. No tendrá que esperar mucho. El plazo expira la semana que viene 
#31186

Re: Duro Felguera

https://www.boe.es/buscar/pdf/2020/BOE-A-2020-7311-consolidado.pdf

Lea usted, para llegar en plazo la Resolución debe aprobarse en Consejo se Ministros este mes. Mañana ya me digo yo que no va a ser. Si no es el Martes que viene (que está muy difícil) corra usted a vender...
#31187

Re: Duro Felguera

Eso ya he quedado mas que claro en todos sus mensajes. Ya le digo que en cada mensaje queda retratado.
Incluso que si hay una decisión que se lleve por delante a la empresa, a su directiva, y por supuesto a los trabajadores, hasta le va a resultar gratificante.
#31188

Re: Duro Felguera

Justamente en ese BOE es donde se le explica el proceso al que me he referido yo anteriormente.

La competencia para resolver sobre las solicitudes recibidas corresponde al Consejo Gestor.
El plazo maximo sera de 6 meses para que el Consejo Gestor dicte resolución.



#31189

Re: Duro Felguera

El consejo bueno fue el que se le daba a usted antes de diciembre, incluso despues de diciembre.
Pero no hizo caso, cegado por su odio a la empresa.

Si hubiera hecho caso, a dia de hoy habria duplicado su inversión. Será que le sobra el dinero oiga, pues esta muy bien.

Pero como ve el consejo que se le dió meses atras, le hubiera reportado beneficios. El de usted solo aporta duda para el trabajador y accionista, y odio hacia la empresa
#31190

Re: Duro Felguera

Vea las competencias del Consejo de Ministros...
#31191

Re: Duro Felguera

No, gratificante no me resulta, tampoco me resulta gratificante que se rescate con mi dinero 
#31192

Re: Duro Felguera

Lease el articulo 2 apartado 6.
El CM es quien aprueba (o no) lo que el CG eleva al CM.
Pero el plazo de 6 meses se enmarca en la decisión del CG (potestad para resolver, apartado 7).


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