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¿Cuantas veces pueden cobrar la comisión por reclamación de posiciones deudoras en una tarjeta de crédito?

3 respuestas
¿Cuantas veces pueden cobrar la comisión por reclamación de posiciones deudoras en una tarjeta de crédito?
¿Cuantas veces pueden cobrar la comisión por reclamación de posiciones deudoras en una tarjeta de crédito?
#1

¿Cuantas veces pueden cobrar la comisión por reclamación de posiciones deudoras en una tarjeta de crédito?

Buenos días:

Mi pareja tíene una tarjeta de crédito con pago aplazado. Por problemas económicos durante unos meses no pudo hacer frente a la cuota. Le llamaron en algunas ocasiones y finalmente lo traspasaron a una empresa de recobro.

LLegamos a un acuerdo con ellos en ir pagando poco a poco el importe pendiente y que iriamos pagando las cuotas regularmente. Pero cuando hicimos el ingreso para que se cobraran la cuota del mes la aplicaron al saldo pendiente, y dejaron sin cobrar la nueva cuota.

Para no seguir pagando intereses abusivos, le presté el dinero para cancelar totalmente el saldo de la tarjeta. Han cobrado todos los recibos que estaban pendientes, pero en cada uno de ellos han cobrado, además de los intereses de demora, 30 € de comisión por reclamación de posición deudora. Incluso en la última cuota (de la cual no han hecho ninguna gestión, porque no ha dado tiempo material).

¿Podemos reclamar que nos devuelvan al menos esta última comisión?

Muchas gracias.

Entiendo que sí se han realizado gestiones, ha habido llamadas telefónicas y cartas, pero ¿puede cobrarse una por recibo? Incluso las que corresponde

#2

Re: ¿Cuantas veces pueden cobrar la comisión por reclamación de posiciones deudoras en una tarjeta de crédito?

Tengo entendido que es 1 vez por deuda. Es decir, 1 por cada cuota (al menos yo es lo que entiendo) pero ésta solo se debió de cobrar si la empresa ha realizado llamadas o enviado cartas. Entiendo también que según lo que cuentas está correcto en todas excepto en la última cuota, la cual a lo mejor puedes reclamar esos 30 €

#3

Re: ¿Cuantas veces pueden cobrar la comisión por reclamación de posiciones deudoras en una tarjeta de crédito?

Si no te lo han reclamado de manera fehaciente y que tengan pruebas de ello, no tienen por qué cobrarte ninguna comisión por reclamación de posición deudora.

Salu2.

#4

Re: ¿Cuantas veces pueden cobrar la comisión por reclamación de posiciones deudoras en una tarjeta de crédito?

HOLA
El articulo al que se refiere Martinz (a mi baldufa me recomendo este ultimo) puede ser este

•Memoria del servicio de reclamaciones del banco de españa,2007(pag. 83):
"La normativa que regula las comisiones aplicables por las entidades de crédito establece como principio básico la libertad para su fijación [números 1.º y 5.º de la Orden de 12 de diciembre de 1989 y norma 3.ª de la Circular del Banco de España n.º 8/1990 (en adelante, CBE n.º 8/1990)], si bien impone dos requisitos generales para que resulte procedente su cobro:
– Uno de carácter material: que respondan a servicios efectivamente prestados que hubieran sido aceptados o solicitados en firme por el cliente.
– Otro de carácter formal: que se recojan en el contrato y/o en un folleto de tarifas redactado de forma clara, concreta y fácilmente comprensible. Folleto este que debe quedar registrado en el Banco de España antes de su aplicación y que debe estar a disposición de los clientes en todas y cada una de las oficinas abiertas al público.
En este sentido, expresamente se exige que en las operaciones activas o pasivas en las que intervenga el tiempo, las comisiones deban recogerse, de forma explícita y clara, en el documento contractual, no siendo admisible una remisión genérica a tarifas (norma 6.ª de la CBE n.º 8/1990)."

http://usuariosbancos.blogspot.com/2009/03/gastos-de-reclamacion-de-posiciones.html

o bien :
"En los supuestos de cobro de comisiones por la reclamación de descubiertos como consecuencia de haber quedado sus cuentas en esa situación, el Servicio considera que para que estas comisiones puedan repercutirse a los reclamantes, deben cumplirse una serie de requisitos: responder a una reclamación formal de posiciones deudoras; tratarse de gastos realmente habidos; y tratarse de gastos que estén debidamente justificados; y que su repercusión al cliente esté prevista en el documento contractual.

http://www.bde.es/webbde/es/secciones/servicio/reclama/criterios/comis_dep.html

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