Denuncia al colegio de abogados de Madrid Icam departamento deontología director asesoria de MBNARespuestas: 0
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Denuncia al colegio de abogados de Madrid Icam departamento deontología director asesoria de MBNA
A muchos de vosotros en alguna o en todas con seguridad os habrá llegado una carta de una distinción y amabilidad que da gusto del DIRECTOR DE ASESORÍA JURÍDICA DE MBNA requiriendo una deuda. Esto no tendría nada de especial si no fuere por el hecho de que adjunto a la misma hoja, todo un Sr. director de una Asesoría Jurídica aporta un modelo de procedimiento monitorio que interpondrá si no pagas hasta lo que no debes con expresa mención de que pueden efectuar embargo de tu nómina, bienes y toda de barbaridades que solo u
Los Letrados deben de regirse por unas normas que los colegios imponen,podemos actuar fuera de ellas como hasta ahora viendo venía haciendo el Sr. Fernández Campos y digo venía porque ya no lo hace. Dejo pegado un escrito ante el Colegio de abogados de Madrid por si alguien le llegare ese tipo de carta al estilo Al Capone tan utilizado por este " letrado " AL DEPARTAMENTO DE DEONTOLOGIA DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS
DXXXXXX, mayor de edad, con domicilio en Madrid, en la calle de xxxxxxx nº 34, piso 6º Derecha, 28003 Madrid, ante este departamento de deontología del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, provista de NIF nº xxxxxxx comparece y DICE: Que por medio del presente escrito vengo a formular mi más enérgica queja contra el Letrado de este Ilustre Colegio D. Alejandro Fernández Campos por su actuación, para con esta dicente y por si la misma pudiere ser vulneradora de la praxis deontológica del código de conducta por la que debe de regirse todo letrado.
HECHOS
CUARTO-.
A lo largo de los siglos, muchos han sido los intereses confiados a la Abogacía, todos ellos trascendentales, fundamentalmente relacionados con el imperio del Derecho y la Justicia humana.
Como toda norma, la deontológica se inserta en el universo del Derecho,
Este contenido derivado del Código Deontológico Adaptado al nuevo Estatuto General de la
El mencionado Código Deontológico en su artículo 1º apartado 1º determina 1. El abogado está obligado a respetar los principios éticos y deontológicos de la
No parece por su comportamiento que el Sr. Fernández Campos cumpla con las obligaciones que dimanan de las actuaciones éticas y deontológicas actuando de la forma en que lo hace y ello es así en virtud de lo dispuesto en el artículo 14 del citado Código apartado 2º que deja suficientemente claro que la actitud de un letrado deberá evitar toda clase de abuso. A esta parte no le cabe la menor duda, que es un acto abusivo, amenazador, e intimidatorio el hecho de reclamar una deuda adjuntando un escrito de demanda sobre una acción a interponer. En su virtud; Al departamento de deontología del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid SOLICITO: Que tenga por presentado este escrito, junto a la documentación que lo acompaña se sirva admitirlo y de conformidad con lo expuesto efectúe las oportunas diligencias mediante la apertura del correspondiente expediente, por si de las mismas se dedujera infracción al mencionado Código. Lo que respetuosamente solicita en Madrid a 14 de Junio de 2010 Fdo NIF del que adjunta fotocopia Resolución 4.500 € de multa y apercibimiento de suspensión de ejercicio durante un máximo de 6 meses Hay que saber pagar lo justo y también hay que saber requerir también en su justa medida el wuan |
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