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Obligación de tramitar testamentaria con el banco

16 respuestas
Obligación de tramitar testamentaria con el banco
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Obligación de tramitar testamentaria con el banco
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#1

Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Buenas tardes, explico mi situación por si alguien sabe la forma de proceder en este tema:

  Presento la copia de escritura de adjudicación de herencia y liquidación del impuesto de sucesiones en el banco para que nos realicen la liquidación que marca la escritura de reparto de herencia a cada hermano, pero me viene la sorpresa de la testamentaria, les indico que yo no la solicito, que yo solo quiero que repartan lo que indica que corresponde a cada hermano en la escritura, ellos me dice que tienen que cobrar por sus gestiones, les indico que el notarío y consumo me indican que no me pueden obligar a pagar esa comision por cobrar lo que marca la herencia, respuesta, les da igual lo que diga consumo y el notario.
Pregunta simple, se la hago a la directora de la entidad, si voy a la oficina a qué se me entregué la cantidad que indica la escritura me la vas a entregar sin firmar la tramitación de la testamentaria, por teléfono me dijeron que no, obviamente por correo no lo quiere indicar.

Sabeis si se pueden negar a entregar el dinero si no firmo la tramitación de la testamentaria, y que podría realizar si me sucede, recoger reclamación para enviar al SAC, que documentos tendría que presentar.

Perdón por el tocho, gracias.
#2

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Estamos en las mismas circunstancias. Con Bankia.
Todos los documentos se gestionaron ante notario. Se paga el ISD. Las cuentas se bloquean, pero siguen aplicando comisiones de mantenimiento, descubiertos...
Nos exigen el pago de la comisión de testamentaría para proceder al reparto.  Tres, cuatro semanas insistiendo. No se apean. O les pagas la comisión o no abren expediente de reparto.
Cedemos al chantaje: pagamos la comisión. Queja certificada a la oficina de atención al cliente y queja formalizada al Banco de España.
Lo peor, que a pesar de haber pagado, entregado todas las actas, ISD, etc...,  no mueven una ceja.  Nos exigen la firma de Instrucciones de reparto. No admiten el Acta notarial de Aceptación y Adjudicación. Lo  peor: Comisiones, mal trato, y  dilaciones....  Solución: Reclamaciones y denuncia.
#3

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Te entiendo perfectamente, estamos totalmente indefensos, lo que más irrita es el trato mafioso , saben que la ley les favorece ante una persona sin recursos jurídicos para defenderse.
Yo he hablado con consumo y el banco de España, lobtrsite es que te dicen que para la cantidad que es ni merece
#4

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Te dicen que no merece la pena. Es muy triste vivir estos trámites, encima si les dices que  cancelas varias cuentas con nómina domiciliada y un porrón de recibos, tarjetas y vía y, les da igual.
Viven del dinero que les regala el BCE.
Ánimo y hay que intentar que no nos margen la vida.
#5

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

 
Hola, buenos días. 
  
Solo al igual contaros mi caso y que si, que ya me lo esperaba, no así de fuerte, pero más o menos si que me lo esperaba de esta, en mi caso, Caixabank que tenemos. 
 
Os comento mi caso, mi madre falleció hace unos meses, y tenía con ella una cuenta en la que figuraba y figuro como titular (ni sé si es cotitular o indistinto, igual algún día me enteraré, pero si sé que podía sacar dinero). 
 
Aclarando que no la había cerrado antes porque estaba pendiente de su "tutela judicial" que lamentablemente, tras dos años de espera, no llegó a tiempo. Además de que cómo estaba en excedencia por su cuidado y la cuenta sufrió un bajón, empezaron hace unos años a cobrarnos 3 euros de mantenimiento mensual. Bien.
 
Soy el único heredero y si, estoy muy, muy cansado de esta CAIXABANK. Porque pasa que después de esperar varias semanas por una cita, según ellos, enteramente presencial,  presentarles el certificado de defunción y solicitar el certificado necesario para el Impuesto de Sucesiones que esa misma Caixabank me exige, me "dijeron" primero que para evitar retrasos tenía a mi disposición un "expediente de testamentaria expres" que sólo firmarlo y ya podría cancelar "sin demoras" la cuenta. 
 
 
Cuanto ?... Ochenta euritos. 
 
 
Y Nada, seguí con mi solicitud de certificado y me dieron a firmar antes de dármelo su recibí, ya que si no, no me lo daban. Bien. Lo firmé, pero detrás había otro documento dónde estaba mi conformidad (que no hacía falta que me lo leyera me dijo) a dicho expediente de Testamentaría y no firmé. Mal. Porque cuando se los dije me dijeron que si no firmaba no me daban el Certificado. Hoja de Reclamaciones al canto y hasta el Banco de España me ha indicado en contestación a mi duda que dicho comportamiento no se ajusta a las buenas prácticas bancarias. 
 
 
Y así tras casi dos semanas estoy pendiente tanto de la hoja de reclamaciones cómo de otra presentada a su Servicio de Atención al Cliente(SAC), y si ellos tienen "mi recibí" de dicho Certificado, yo tengo una fotocopia del mismo que indica a bolígrafo “que no se me dio el certificado porque no firmaba el expediente de testamentaría”, firmada por el mismo trabajador que me atendió (sin sello, la verdad que me puse nervioso) y al cual ni quieren identificar (si es que no lo han despedido por eso) ya que debo esperar de ese SAC otra contestación para esta identificación porque la persona que firmó la hoja de Reclamaciones fue la subdirectora de la sucursal. 
 
 
Nada, que me estoy pensando el poner una denuncia por Apropiación Indebida de Documentos y luego, que se que tocará igualmente al cancelar la cuenta, otra, por Apropiación Indebida por esos, en mi caso, 80 euritos que les dejé de saldo… Iré bien encaminado ¿??? 
 
 
Saludos y espero suerte a todos en esta lucha, que da vergüenza que tenemos que aguantar al perder un ser querido, que según, en mi caso, esta CAIXABANK, “tenía un precio”… 
#6

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Buenas otra vez, sólo que indagando y averiguando me he encontrado la página del Banco de España en la que dice claramente : 

 
"El expediente de testamentaría es un proceso que inicia el banco a instancia de los herederos tras el fallecimiento de un cliente. Este trámite es necesario para acceder a los fondos depositados o para el cambio de titularidad de los productos y puede dar lugar al cobro de la denominada comisión de testamentaría, siempre que la misma esté debidamente justificada y haya sido objeto de información. La entidad podrá cobrar esta comisión cuando oriente a los herederos sobre la documentación o trámites necesarios para acceder a esos fondos, llegando a prestar un servicio asimilable al de un profesional externo. Para ello, será preciso que los herederos sean informados previamente de la comisión a cobrar por la entidad y acepten ese servicio. Eso sí, la comisión solo podrá cobrarse una vez finalizado el expediente. 

En muchos casos, sin embargo, los propios herederos recaban la documentación necesaria por su cuenta o sirviéndose de profesionales externos como un notario, abogado o gestoría. Así, una vez presentada, la entidad se limita a realizar una mera comprobación que los legitima para ejercer sus derechos. Realizada tal comprobación, además, debe facilitar al menos una manera gratuita para que los herederos dispongan de los fondos (transferencia, efectivo, cheque, etc.). 

Dicha verificación (
bastanteo) supone una actividad que la entidad realiza en su deber de diligencia y que, en sí misma, no supone la prestación de un servicio bancario a los clientes. En consecuencia, el cobro de la comisión no estaría justificado

En resumen, el cobro de una comisión de testamentaría por entidades de crédito puede ser
contrario a la normativa de transparencia bancaria en aquellos casos en que la actuación de la entidad se limite a la mera comprobación de la documentación aportada para la tramitación de la herencia, habiendo realizado los propios beneficiarios –por su cuenta o con la intervención en ocasiones de profesionales del Derecho contratados por ellos– todos los trámites de la herenciaAbre en ventana nueva."


Es por ésto, por lo que veo que si nos cobran comisión por nada, en mi caso: o firmas o firmas o si no te tramitamos nada, hojita de reclamaciones y después de un mes que no responden, cómo a mí, misma hojita de reclamaciones al Banco de España.

Saludos y espero haber sido de ayuda a alguien
#7

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Buenas otra vez,

Sólo un apunte más sobre esta injusticia, verdaderamente sufrida dado que sinceramente por perder a mi madre estas Navidades, aparte de aguantar estas "cositas", han sido las peores que he tenido, y es que visto que las contestaciones de las reclamaciones efectuadas ante el Banco de España son lentas, "vinculantes" pero no de obligado cumplimiento por las Entidades Bancarias, estimo conveniente acordarse también de nuestra querida, alabada y temida por algunos: Ley Orgánica de Protección de Datos, la cual si la incumplen.... Ojito para estas Entidades Bancarias porque tienen que pasar por caja si o si y pagar la sanción correspondiente...

Traduzco, junto con la solicitud de cancelación hacer una nueva solicitud a la entidad financiera, con toda la documentación oportuna en calidad de heredero, para la supresión de los datos de la persona fallecida... (Sanción Leve: El incumplimiento de la obligación de suprimir los datos referidos a una persona fallecida cuando ello fuera exigible.)...Y si no contestan en un mes.... Si o sí... reclamación ante la Agencia de Protección de Datos... Y visto lo visto.... Sanción correspondiente.de esta Agencia a la Entidad Financiera que superará con creces los mezquinos, tacaños, miserables y despreciables  80 euros que me han querido cobrar en mi caso.

Saludos cordiales y feliz año a todos...

#8

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Buenos días:

Cómo muchas veces veo preguntas y no conclusiones os aporto las mías.

Cuenta Cancelada en el día de hoy sin cobro alguno de mantenimiento y otros cobros de la entidad 119 días después de solicitarlo en la sucursal y una larga lucha de reclamaciones (por el expediente de testamentaria, por no atender en sus oficinas sin cita para una cancelación de cuenta, por no darme copia del contrato vigente, por comisiones de mantenimiento, por dar de baja los datos personales, etc...)

Conclusión y opinión personal: 

1. Si podéis dejar la cuenta a cero y luego cancelarla sin problema.

2. Si no: por haceros firmar el expediente de testamentaria: Tramitar Reclamación ante la Oficina y ante el Servicio de Atención al Cliente. Pasado un mes de no recibir contestación: tramitar reclamación ante el Banco de España.

3. Y luego descubrir, en mi caso, según el Servicio de Atención al Cliente que: "el precio por el servicio de tramitación del expediente de testamentaría no se cobra en el momento de apertura del expediente sino a la aprobación del dictamen y XXXXXXXX se compromete a anular dicha comisión cuando no sea necesaria la realización de documento privado a aportar por la propia entidad con el consentimiento de los herederos para practicar la división y reparto de la herencia conforme a sus saldos actualizados." 

4. Cosa que creo de lo anterior: si no reclamas te lo cobran cómo está mandado.

Saludos cordiales y espero haber sido de ayuda a alguien
 
#9

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Yo estoy ahora en tus mismas circunstancias. Me gustaría saber cómo lo resolviste para ayudarme con esto. Muchas gracias.
#10

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco



Lo más sensato (pero no justo) es pasar por el aro y aguantar toda la mierda que te echen encima; ya tendrás tiempo de devolvérsela*.
Cuanto más se tarda en pasar por el aro, más tiempo estarán cobrando comisiones en las cuentas.
Una *utada, pero es la realidad.

* Yo se la devolví realizando una OTE a los 30 minutos de tener el dinero a mi nombre...
#11

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

En mi caso la cuenta está a cero. Ahora en descubierto por las comisiones. Que es una "OTE"?
Saludos,
#12

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

OTE: Orden de Traspaso de Efectivo
#13

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Gracias. Esto lo daba por hecho. Como para seguir con ellos...
#14

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

Cobrar en la muerte de un ser querido es no tener alma...
#15

Re: Obligación de tramitar testamentaria con el banco

No tengo ni idea de estos temas,¿quizás acudiendo a  un notario o abogado tramitarán todo lo necesario para evitar estos follones?
Gracias y espero vuestros comentarios.