Y me han llamado diciendo que tengo la cuenta bloqueada(la tenía antes de enviarlo)y me han pedido 2 documentos a elegir del IRPF Nómina Vida laboral Comprobante de transferencia
A ver qué me dicen en el banco pero el dinero sí que lo tengo en cuenta no se
Es por protocolo. Yo tintos no hago. Yo lo que hago es transferencias normales porque tengo la hipoteca con ellos y me piden nomina de 2.500€. Pero el mismo director de sucursal me dijo que podía hacer eso.
Es decir que el que había, que yo no había leído, es uno diciendo que cumplimos condiciones, si ahora dicen que es un error ¿no cumplimos o qué quiere decir?
Donde aparecía si se cumplían o no los requisitos de la cuenta Vamos. Pero los criterios no estaban bien en algunos clientes y enviaron el mensaje que puse yo. El día 15 enviarán de nuevo este documento pero con los criterios de cumplimiento correctos
Perdonad, pero ya me he liado. ¿Entonces cuándo liquida Ibercaj4 los intereses, a los 3 meses de abrir la cuenta (mi caso 19/06) o en las fechas establecidas: enero, abril, julio y octubre?
Independientemente de la fecha en la que te hayas dado de alta, liquida en las fechas fijas 15 de enero, 15 de abril, 15 de julio (es decir, el lunes) y 15 de octubre.
Sin embargo, la comprobación de requisitos es SEMESTRAL...
- Nota 4: PARA EL CÓMPUTO DE LOS REQUISITOS A) Y B) SE CONSIDERARÁN LOS SEMESTRES NATURALES, de manera que: - Para la liquidación de intereses del 15 de julio y 15 de octubre y para la aplicación de las ventajas en comisiones durante el siguiente semestre del año (desde el 16 de julio hasta el 15 de enero) se tendrá en cuenta el periodo comprendido ENTRE EL 1 DE ENERO Y EL 30 DE JUNIO. - Para la liquidación de intereses del 15 de enero y 15 de abril y para la aplicación de las ventajas en comisiones desde el 16 de enero hasta el 15 de julio se tendrá en cuenta el periodo comprendido ENTRE EL 1 DE JULIO Y EL 31 DE DICIEMBRE. - Cuentas abiertas en el primer semestre del año: se considerarán cumplidos (aunque en realidad no lo hayan sido) los requisitos A y B únicamente para la liquidación de intereses del 15 de julio y 15 de octubre del mimo año. - Cuentas abiertas en el segundo semestre del año: se considerarán cumplidos (aunque en realidad no lo hayan sido) los requisitos A y B únicamente para la liquidación de intereses del 15 de enero y 15 de abril del año siguiente a la contratación.