Re: Embargo ayuntamiento
Re: Embargo ayuntamiento
Los ayuntamientos pueden embargar los bienes directamente, previa notificación. Mi recomendación es que hagas una solicitud al Ayuntamiento para no llegar a un embargo acordando un pago aplazado de la deuda.
El SMI es inembargable, pero ten en cuenta que si pasado por ejemplo un mes desde el primer embargo acumulas saldo superior a ese SMI te podrán embargar dicho excedente. Resumiendo, que como tengas más de 700 euros en el banco el resto te lo pueden "retener" o embargar previa notificación a la entidad bancaria y a ti mismo.
Primero seguramente intentaran embargar la cuenta bancaria, si no llega con el dinero que hay, mandaran un escrito a tu empresa, que estará obligada a retener los importes pendientes de pago de sus nominas.
Re: Embargo ayuntamiento
Buenos días,
Te recomiendo hacer lo que te ha dicho @herencio, es decir: intentar negociar un aplazamiento con el Ayuntamiento... por el mismo se devengarán intereses pero su importe siempre será inferior al de los gastos de embargo (que también se te van a imputar a tí)... No obstante, en contestación a tu pregunta te informo que Agencia Tributaria tiene una apliación que permite calcular el importe embargable de tu salario. Puedes acceder a ella pinchando aquí.
Un saludo.