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Domiciliación SEPA en banco extranjero, ¿se pueden negar?

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Domiciliación SEPA en banco extranjero, ¿se pueden negar?
Domiciliación SEPA en banco extranjero, ¿se pueden negar?
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Re: Domiciliación SEPA en banco extranjero, ¿se pueden negar?

Por aportar algo a este hilo, aunque sea mínimo, comentaré mi experiencia reciente: harto de que La Caixa me cobrara comisiones cada vez más elevadas y a mi modo de ver arbitrarias, decidí cancelar esa cuenta, que hoy en día tampoco me aporta nada salvo estar atrapado en un sistema monetario completamente alienante. Me he abierto hace pocos días una cuenta en N26, que aunque en el fondo no dejan de ser un banco al uso, han nacido en pleno siglo XXI, trayendo consigo la innovación que uno como cliente le gustaría esperar de un banco moderno, empezando por una política de comisiones razonable.

Hasta ahí todo muy bonito, pero las primeras dificultades aparecen cuando quieres domiciliar recibos. La primera en la frente fue con la administración de fincas que me envía las cuotas de la comunidad, no entendían un IBAN con 2 dígitos menos. De hecho yo mismo desconocía que cada país, por muy normalizado que parezca el tema del International Bank Account Number, tiene su modelo propio que hereda en la mayoría de los casos el formato del CCC o el equivalente en cada caso. No está claro si van a ser capaces de admitir en su sistema el nuevo IBAN, de momento les he podido demostrar que es correcto, legal y SEPA compatible.

Hoy la sorpresa me llega desde el propio servicio de cambio de cuenta que ofrece N26: 

Buenos días Rxxx: 

Nos ponemos en contacto contigo en cuanto Movistar nos informó que no pueden actualizar tus datos bancarios en cuanto no acceptan tarjetas extranjeras. A continuación te dejamos el mensaje original de la empresa: 

Buenos días, Sr. Rxxx:
Lamentamos informarle que nuestras aplicaciones sólo nos permiten trabajar con cuentas españolas, de momento.
Se está trabajando para cambiar dicha limitación.
Lo sentimos.
Un saludo.

Quedamos a tu disposicíon por cualquier pregunta. 

Lo más esperanzador es la frase "Se está trabajando para cambiar dicha limitación", lo cual es señal de que empieza a haber un número significativo de clientes españoles que se están hartando de los chorizos financieros nacionales. Por otro lado ya estamos en otoño de 2018 y como de costumbre, caminamos varios pasos por detrás de Europa, aunque la propaganda del Estado es la contraria (ya no sigo por ahí porque acabaré transpasando los límites de la netiquette).

El problema está en que aunque fuera aplicable el Reglamento de la Unión Europea 260/2012 que nos indica jipiese en #2, cualquier reclamación es inútil a efectos prácticos. Nos topamos con un muro de hormigón que sólo el tiempo puede derribar.