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Comisión reclamación

15 respuestas
Comisión reclamación
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#9

Re: Comisión reclamación

Eso, eso; peero encima exigiendo; quieren que la sede esté an Alicante
saludos

#10

Re: Comisión reclamación

Con independencia de si es legal o no, que por lo que parece el Banco de España en sus informes anuales ha dicho reiteradamente que el cobro de esta comisión no es una buena práctica, si la entidad no acredita gestiones reales y fehacientes de reclamación, y desde luego no considera una gestión en mero envío de una carta ordinaria y emitida automáticamente desde un ordenador programado para ello que diga “Sr. Tal ….. le recordamos que tiene pendiente de pago esta cosa”, bien …… resulta que los informes del Banco de España son “recomendaciones” no son leyes de obligado cumplimiento, con lo cual bancos y cajas, sencillamente “se pasan esto por el forro”, y no siempre devuelven estos importes por mas recomendaciones del Banco de España que existan, pero si uno se va al juez casi apostaría que éste le obliga a devolver este dinero. Lo que ocurre es que como son importes pequeños normalmente, por ejemplo en tu caso pongamos que son dos años a 30 euros cada mes serian 720 euros, con lo cual no es muy rentable para uno contratar un abogado, un procurador y meter una demanda a la caja de ahorros por este importe, entre otras cosas porque de entrada el abogado pedirá como mínimo una provisión de fondos de 300 ó 400 euros, esto hace que muchos ciudadanos “traguen”, creo que con esto juegan las entidades, que de reclamaciones de estas cosas tienen muchas, pero son quejas, ya que gente dispuesta a llegar al final sin importarle si le cuesta más o menos las gestiones y abogado en su caso, son poca gente.

Dicho todo esto, los días para cobrar esto, mira …. En la viña del señor hay de todo, entidades como creo BBVA, Banesto, Santander y bastantes más que con 24 horas de retraso en el pago ya te clavan los 25 ó 30 euros en concepto de reclamación, y algunas entidades, no sé por ejemplo Caixa Girona, que hasta que han pasado 72 horas (3 días) no cobran nada, al considerar que tres días no suponen retraso a efectos de comisiones.

Si es legal o no, contrariamente a lo que dice Mariachi discrepo, a ver … en mi opinión legal es, lo que ocurre es que la banca además de las leyes validas para cualquier españolito, sea persona física o sociedad, tienen la reglamentación de control del Banco de España y del Banco Central Europeo, y el Banco de España si considera la comisión totalmente legal, lo que no estima suficiente es que esta comunicación de deuda se haga con un papelote automático, sin ni siquiera una firma, mandado por correo al módico precio de 32 céntimos de euro, para el banco de España esto no es una reclamación en toda la regla, seguramente si este mismo papelito se remitiese firmado y por correo certificado y acuse de recibo, lo consideraría una reclamación y por tanto susceptible del pago de la comisión, es un matiz (amigo mariachi) pero lo que no es buena práctica bancaria es la forma del envío a mi entender, no la comisión.

En fin yo en tu caso fjPerez si son muchos meses, primero intentar a partir de ahora mandar la transferencia tres o cuatro días de lo que haces ahora con lo que evitaras comisiones de estas en el futuro, y de lo viejo iniciar la vía de reclamación administrativa establecida que no lo conoces es hacer una carta de reclamación al Servicio de Atención al Cliente de tu entidad (la que cobra), reclamando estos importes, esperar la respuesta y si en dos meses no te responden, o la respuesta que recibes no es de tu agrado, remitir una reclamación al Banco de España, pero piensa que están colapsados en reclamaciones de los swaps, con lo cual están respondiendo en 6 -7 meses como muy pronto.

Saludos.-

#11

Re: Comisión reclamación

Sobre los costes que comentas y que no sale a cuenta el abogado, si se tiene la defensa jurídica contratada (barro para lo mío), en seguros de hogar o póliza independiente, pues es posible que cubra esta demanda, con lo que el coste sería 0, y estarías entretenido tocando lo que no suena al banco un rato.

Saludos.

#12

Re: Comisión reclamación

No si lo digo en general, yo si me meto en estos fregados, es un tema moral, en este momento tengo en marcha una reclamación a la DGS por solo 143 euros, que ya perdí solo con el trabajo de las cartas y los sellos de correos, pero como por ahí no paso, me da lo mismo el coste, y otra con telefónica por 115 euros, que está en este momento en la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones esperando resolución.

Per convendrás conmigo que esto no es lo normal la gente acaba claudicando (desafortunadamente).

Por cierto estas pólizas que dices, yo tenía entendido que son pólizas de defensa jurídica, vamos para esto “defenderse” de una demanda, pero ¿son para un “ataque”? es que me sorprende, bueno sé que por ejemplo para instar desahucios en viviendas por falta de pago Arag entra al trapo sin problema, pero para iniciar reclamaciones ¿?

#13

Re: Comisión reclamación

Si si claro que son para iniciar reclamaciones, son para defender tus intereses juridicamente, tanto si se atacan esos intereses en virtud de una demanda de un 3º (no hablo de r.c. que ahí ya está su propia cobertura), como para iniciar reclamaciones si tus derechos son atacados, siempre, claro está, que el supuesto entre dentro de las coberturas contratadas, por eso digo que no siempre se podrá utilizar pq puede haber exclusiones en temas bancarios por ejemplo, mira el tema típiquissiissimo en mi zona es las reclamaciones al vecino por setos y demás que, o bien invaden propiedad ajena, y el dueño pasa de todo hasta que tienes que demandarlo, o bien las raices del árbol del vecino se cargan tu casa pq se le ocurrió plantar en un "jardín" de 40m2 un peaso árbol, que cuando era pequeño nada, pero que como no puso hormigón suficiente, las raices levantan tu suelo o se meten en tu garaje, ese tema es de los más demandados por aquí, y se suele hacer con el seguro de la casa, o defensa jurídica el que lo tiene (que por cierto por lo que cuesta hacedlo aparte que suelen ser mejores).

En fin que sirven hasta para reclamar a telefónica ya que se considera contrato de suministro (y esos suelen entrar si has hecho una buena póliza de defensa, no la básica solo de reclamación de daños);), eso sí normalmente hay un mínimo de cantidad hasta la que no se inicia demanda (suele ser 300 euros).

Vamos sería como lo de legalitas, que tiene más propaganda pero es lo mismo que Arag, de hecho ahora legalitas se va a constituir como compañía de seguros.

Saludos (y perdón por el off tópic asegurador, pero si preguntan no puedo contenerme xddd).

#14

Re: Comisión reclamación

Y muchos tragan por miedo a represalias financieras, por vergüenza y la mayoría por desinformación. Yo he animado ya a varias personas a reclamar; las entidades saben que lo tienen que devolver porque van a la memoria de reclamaciones del B de España.
La emisión sistemática es también mala práctica; esto es, el aviso es una vez en la vida del préstamo, antes de ir al juzgado. Es como si te cobrasen cada mes la comisión de estudio o apertura. Y en el banco de España les tienen ganas; un funcionario(a) de información me dijo: "aunque el banco le desestime la reclamación por ser anterior a dos años, usted siga adelante que nosotros sí
la aceptamos"

#15

Re: Comisión reclamación

Gracias, y nada por defender su sustento, que es lógico y normal, mira por aquí como sabes porque llevas ya tiempo nos quejamos a menudo del “nuevo” que aparece a defender una casusa muy concreta y que parece interesada a todas luces, y luego no aparece nunca más, o si lo hace no es con el mismo Nick, pero personas como tu y como yo que defendemos al sector que nos da de comer, con razonamientos lógicos, lo personalmente no le veo problema, por tanto al menos para mí las disculpas no proceden, y obviamente gracias por tu información .

#16

Re: Comisión reclamación

Hola mi nombre es Eugenio y mi problema es tambien con cierta caja del mediterraneo.Yo tengo un credito y me cobran sistematicamente unos 35€ de reclamacion de recibo mas los intereses que se generan segun los dias que pasan hasta que puedo ingresar todo el dinero.En mi escritura figura que pueden cobrar por reclamcion de cuota 27€ siempre que lo comuniquen por escrito,y aqui esta la duda,me han dicho que esa comunicacion debe ser por carta certificada,burofax ..etc y no de manera automatica enterandote con el estracto una vez ya lo han cobrado,se podria reclamar todas estas comisiones por improcedentes ? gracias de antemano a todo el que pueda ayudarme.