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Bono social luz

4 respuestas
Bono social luz
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#1

Bono social luz

Hola,

Con respecto al bono social de la tarifa de la luz.

Dicho bono social, ¿se puede solicitar si eres un jubilado cobrando pensión minima aunque tengas más de 3,3 Kw contratados?

En Iberdrola me dijeron como que no, que es para todos los usuarios de menos de 3,3 Kw independientemente de ser jubilado, parado o familia numerosa.
A mi esto no me cuadra con lo que he leido en varios medios de prensa escrita.

¿Alguien sabe algo más?

Saludos,
Gracias

#2

Re: Bono social luz

En principio los usuarios deberán pertenecer a alguna de estas categorías: personas físicas con potencia contratada inferior a tres kilovatios; pensionistas con 60 años o más, que perciban pensión mínima por jubilación, incapacidad permanente o viudedad; familias numerosas o, por último, unidades familiares con todos sus integrantes en situación de desempleo.

Yo entiendo que, te puedes beneficiar cumpliendo como mínimo uno de los requisitos: o tener menos de 3Kw o ser pensionista de más de 60 años (aunque tengas mas de 3,3Kw contratados)

No entiendo la respuesta que te ha dado Iberdrola.

S2

#3

Re: Bono social luz

Sí, dicen lo que quieren, me temo que no se enteran de nada. Podemos desgañitarnos o esperar a que vayan aprendiendo. YO por ejemplo, no soy de ninguno de los grupos grandes, y se niegan a darme la tarifa de ultimo recurso, por ejemplo. País curioso.

#4

Re: Bono social luz

Jaimarca tiene razón. Tienes derecho perteneciendo a uno de los grupos, no a todos. Además, puedes ver la solicitud y las exigencias en la´página de tu compañia electrica.

#5

Re: Bono social luz

Creo que te han tomado el pelo un poco en Iberdrola. En la página web pone claramente:

Que cumpla alguno de los siguientes requisitos:

* Potencia: la potencia contratada sea inferior a 3 kW.
* Pensionistas: Titulares con 60 o más años de edad que acrediten ser pensionistas del Sistema de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, y que perciban las cuantías mínimas vigentes en cada momento para dichas clases de pensión con respecto a los titulares con cónyuge a cargo o a los titulares sin cónyuge que viven en una unidad económica unipersonal, así como los beneficiarios de pensiones del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez y de pensiones no contributivas de jubilación e invalidez mayores de 60 años.
* Familias numerosas.
* Desempleados: formar parte de una unidad familiar que tenga todos sus miembros en situación de desempleo.

Te dejo en enlace:
Solicitar Bono Social

Exige explicaciones a Iberdrola.

S2