Exacto, salvo prueba en contrario la deuda es del titular, no del autorizado ¿y que sería prueba en contrario? pues imagina que el banco puede demostrar que en realidad la cuenta es del autorizado, y la utiliza para él ..... ¿y esto ocurre? de entrada es ilegal, pero en mi experiencia profesional ya he visto de todo, y más ahora que junto a unos socios tenemos una web profesional dedicada a reclamaciones, no, no reclamamos deudas (al menos no de momento, y no creo que nos metamos en este negocio nunca) nosotros nos dedicamos a realizar escritos de reclamación y asesoramos en temas bancarios, pymes, contratos, servicios aeroportuarios y en menor medida a reclamaciones de seguros, y como ejemplo te puedo de decir que no sería la primera vez (y me parece que ni en broma es tu caso) que una persona insolvente, registrada en todos los ficheros de morosidad habidos y por haber, normalemente por haber tenido un negocio que le fue mal, no tiene manera de abrir una cuenta bancaria porque cualquier saldo se lo van a embargar, sea la Seguridad Social, Hacienda, bancos, o proveedores, entonces pide a un "amiguete" que "le preste su nombre", abre una cuenta en un banco de este "amigacho" o "cuñado" que es solvente, y ahí domicilia sus pagos actuales, consigue una tarjeta de crédito, y nada ni Cristo se entera de que en realidad la cuenta es del autorizado, sin embargo si alguien se pusiera a investigar esto, lo cual es complicado y caro, habría "prueba en contrario", pero a ver quien es el guapo que se mete en un berenjenal como este, que consiga que un juez pida al banco datos para demostrar eso, etc.
Lo que si te recomendaría para evitar "molestias a futuro", es que comuniques al banco y al titular que renuncias a ser autorizado en esta cuenta ¿y si no sabes el domicilio del titular? pues mira lo que haría yo, es mandar una carta certificada al domicilio que conoces, que vale, que vendrá devuelta, pero si algún día te reclaman algo, podrás demostrar que hiciste todo lo posible para comunicar tu renuncia ... y al banco un escrito con dos ejemplares, y que te sellen uno.
¿Que molestias futuras? Mira, no sería la primera vez que un banco vende deuda incobrable a un fondo de inversión, unos que los periodicos llaman "fondos buitre", de estos escribí, hace ya tiempo en mi blog https://www.rankia.com/blog/economia-domestica/1666342-vendido-deuda-banco-fondo-inversion y estos no se andan con tonterías, molestan todo lo que pueden y más, a menudo con "artes que rayan la ilegalidad", entonces si tu sigues "apuntado" ahí, no te sorprenda que algún día empiecen a llamarte para cobrar, vale, no tienen derecho a ello, pero intentarlo yo no lo descartaria, con lo cual, si comunicas al banco que renuncias a ser autorizado de esta cuenta, te borraran de la base de datos en relación a dicha cuenta, y ni que vendan deuda en un paquete en el cual vaya esta, a ti te va a llamar nadie.