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Isantander.Estipulaciones del contrato Básico de Servicios de inversión e inversión en valores e instrumentos f

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Isantander.Estipulaciones del contrato Básico de Servicios de inversión e inversión en valores e instrumentos f
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Isantander.Estipulaciones del contrato Básico de Servicios de inversión e inversión en valores e instrumentos f
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Isantander.Estipulaciones del contrato Básico de Servicios de inversión e inversión en valores e instrumentos f

Hola, era clienta de ibanesto hasta que ahora ha pasado a isantander y me mandan un correo indicandome que tengo 15 días para oponerme o de lo contrario entienden que estoy de acuerdo en todo, el caso es que yo no tengo niguna intencion de hacer ninguna inversion ni de que se vayan cediendo mis datos entre sus compañias filiales y amigas, ¿me podeis decir a que se refiere esto? Me fastidia tener que ponerme a mandar un burofax cada vez que ellos cambian las condiciones. Y me pregunto si este correo es una forma fehaciente de que me comuniquen el cambio de condiciones, ¿no tendria que ser por carta certificada con acuse de recibo?(perdon por la parrafada):

te dirigimos la presente para comunicarte las condiciones que te serán aplicadas conforme a la Directiva MiFID y su transposición en España a través de la Ley del Mercado de Valores (LMV), relativa a la prestación de servicios de inversión en instrumentos financieros de los que puedes disponer a través de iSantander.

Se trata de información relativa a los siguientes aspectos:

La clasificación asignada conforme a la LMV.
Información sobre la prestación de servicios de inversión.
Contrato básico de prestación de servicios de inversión.
1. La clasificación asignada conforme a la LMV: la normativa actual requiere a las entidades que realicen una clasificación de los clientes a los que prestan servicios de inversión. Para ello establece tres categorías: Cliente Minorista, Cliente Profesional y Cliente Contraparte Elegible1.

De acuerdo con los requisitos que marca la Ley y tus datos disponibles en Banco Santander, estás clasificado como cliente MINORISTA. Esto te garantiza el mayor nivel de protección previsto en la Normativa.

En la página web www.isantander.es, podrás encontrar toda la información que puedas precisar para analizar las implicaciones de la clasificación. Si consideras que te corresponde otra categoría o tuvieras alguna duda al respecto, te rogamos contactes con nosotros.

Esta clasificación es igualmente válida para las sociedades del Grupo Santander, Santander Asset Management, S.A. SGIIC, Santander Investment SA y Santander Investment Bolsa, SV, SA, en aquellos supuestos en que se dé, en cada momento, una prestación compartida de servicios mediante la intermediación de Banco Santander.

2. Información sobre la prestación de servicios de inversión que se recoge en este documento. En el mismo se describe cómo Banco Santander presta servicios de inversión, así como las principales características y riesgos de los distintos instrumentos financieros.

3. Contrato básico de servicios de inversión de Banco Santander, donde se recogen los aspectos relacionados con la contratación de productos de inversión que vayas a realizar con el Banco (instrumentos de renta variable, renta fija, mercado monetario, participaciones y acciones en instituciones de inversión colectiva y productos derivados y estructurados).

Dispondrás de quince días naturales durante los cuales podrás manifestar cualquier objeción respecto a los derechos y obligaciones que se detallan en el contrato y solicitar cualquier información o aclaración complementaria. Pasado dicho período sin que recibamos ninguna objeción por tu parte, se entenderá que aceptas el régimen jurídico descrito y prestas tu consentimiento respecto de toda la información facilitada en el mismo documento. En caso contrario, es decir, si no estuvieras de acuerdo con su contenido, te indicamos que no podrás contratar con el Banco nuevos productos o servicios de inversión sobre instrumentos financieros sujetos a la Ley de Mercado de Valores.

Asimismo, indicamos que de conformidad con lo establecido en la estipulación del contrato básico titulada "Protección de datos de carácter personal", y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal, Banco Santander podrá realizar la cesión de datos personales a las sociedades del Grupo señaladas previamente que pueden intervenir en la prestación de servicios de inversión.

Si tienes alguna duda, recuerda que tienes a tu disposición tu Línea iSantander 902 303 308, donde estaremos encantados de atenderte.

1 Se consideran Clientes Contrapartes elegibles a las entidades reguladas para operar en los mercados financieros, los organismos públicos y los inversores institucionales. Clientes Profesionales se consideran las empresas que reúnan dos de las siguientes condiciones: a) que el total de las partidas del activo sea igual o superior a 20 MM de euros; b) que el importe de su cifra anual de negocios sea igual o superior a 40 millones de euros; c) que sus recursos propios sean iguales o superiores a 2 millones de euros.

También se puede considerar como Cliente Profesional a aquel con conocimientos y experiencia financiera que lo solicite expresamente, pero que debe cumplir al menos dos de los tres requisitos señalados a continuación y exigidos por MiFID: a) haber realizado en los últimos cuatro trimestres operaciones de volumen significativo en los mercados de valores con una frecuencia media superior a diez operaciones por trimestre; b) disponer de un patrimonio en valores depositados en entidades financieras y en efectivo cuyo valor sea superior a 500.000 euros; c) ocupar o haber ocupado en el pasado durante al menos un año un cargo profesional en el sector financiero que requiera conocimientos sobre las operaciones o los servicios previstos.

En el supuesto específico de solicitud de cambio de Cliente Minorista a Profesional, ello implica la renuncia expresa al tratamiento como Minorista y al nivel de protección asociado.

Nota: Este correo electrónico ha sido generado de manera automática. Por favor, no respondas a este mensaje ya que no recibirás ninguna contestación.

#2

Re: Isantander.Estipulaciones del contrato Básico de Servicios de inversión e inversión en valores e instrumentos f

Tras leer tu comentario, entiendo que Santander te pone al corriente de la nueva normativa en materia de Mercado de Valores (MiFid), y que la entidad te ha clasificado como un cliente minorista (habrás contratado algún servicio de inversión con ellos), y te informa de la cesión de datos a las empresas filiales del grupo Santander.

Si no vas a contratar ninguna inversión con ellos, deberías llamar al número que te facilitan y pedirles amablemente que no te clasifiquen como Cliente Minorista y no cedan tus datos a nadie, porque no das tu consentimiento y no vas a contratar ningún servicio de inversión.

Ánimo y Un saludo.

#3

Re: Isantander.Estipulaciones del contrato Básico de Servicios de inversión e inversión en valores e instrumentos f

Muchas gracias ghandi. Tener un deposito se considera producto de inversion? Porque aparte de eso tengo cuentas y tarjetas pero ningun producto de inversion. Con llamar será suficiente? Muchas gracias por tu ayuda

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