La base en la que se puede fundamentar la reclamacion son las siguientes
1.- Falta de información - es lo que se denomina en derecho "vicios del consentimiento" que pueden ser por error o por ser victima de un engaño como es en el caso de los CFAS en los que como ya hemos comentado se colcoaron entre clientes que confiaban en las informaciones de los directores de las oficinas
2.- Producto de elevado riesgo que no se corresponde con el perfil de inversor, con las necesidades que tenian los clientes
3.- Interes de los empleados en la colocacion de los productos
4.-Presion de las entidades financieras sobre los empleados para consecucion de objetivos
5.-Defectos en la formalizacion del contrato
6.-Existencia de clausulas nulas por abusivas
Las vias de reclamacion son las individuales ( reclamaciones a la entidad defensor del cliente y CNMV) en estos casos la CNMV se limita en muchas ocasiones a señalar:
"al tratarse de una información verbal, no recogida en ningún soporte o registro que pueda actuar como argumento probatorio, nos abstenemos de valorar este aspecto, dado que, como órgano administrativo, la CNMV no está facultada para dirimir diferencias entre las partes implicadas, máxime cuando la versión de la entidad es totalmente contradictoria con lo expresado por usted” o bien “Le informamos que no podemos valorar la realidad de estos hechos ya que para ello son necesarios medios probatorios distintos de los documentales que son los únicos que podemos tener en cuenta“
Por ello si se desea reclamar aconsejamos el que se lleve a cabo a traves de profesionales y no por el propio afectado ya que existen muchos elementos en los que puede basarse la reclamación que pueden pasar desapercibidos pudiendo dirigirse a abogados o a asociaciones de consumidores entre las que se encuentra AUSBANC