No, en teoría puedes por mail, pero depende del banco vas a tener un problema, y es que te van a rechazar la reclamación con la excusa de que no pueden comprobar la firma, a no ser que lo hicieras mediante certificado digital, o DNI electrónico y tengas lectora de DNI's conectada al ordenador, y desconozco como se hace para que al banco le consta tal firma digítal en la carta.
El mail te sale en los datos que sacarás del Banco de España, el enlace que te di ayer .... por ejemplo Bankia no pone pegas por mail, siempre y cuando además de la reclamación en el texto del escrito les anexes la misma carta en PDF firmada, Banco Santander, también está aceptando mails, pero el Popular, Sabadell, Unicaja y otros suelen rechazar la reclamación, "invitándote" a que lo entregues en original en una oficina o lo remitas por corrrelo certificado con acuse de recibo, porque por mail no pueden verificar la firma, vale, vale, puede parecer una chorrada, pero así es ............ de BBVA ahora no recuerdo. La verdad es que si te rechazan vas a perder unas semanas, ya que no te responderán ya mismo, entonces al tener dos meses, te puede ocurrir que te digan que no, y vuelta a empezar y los dos meses se inician de nuevo.
Para hacer una buena reclmación yo artendería a lo que indica casiócrates, todo lo que argumentes a tu favor deja sin excusa al banco, y esto es bueno para tí .................
Recuerda no hables de abuso, cláusula abusiva ni nada que se le parezca, muestra tu disconformidad, alega lo que estimes, pero no argumentes abuso, esto es extremadamente relevante, y te lo digo por esto ..... mira por la mitad de este enlace, lo indica muy claro ....
http://www.bde.es/bde/es/secciones/servicios/Particulares_y_e/Servicio_de_Recl/
Reclamaciones y quejas
Resuelve las reclamaciones y quejas que presentan los usuarios de las entidades supervisadas por el Banco de España con la pretensión de obtener la restitución de sus intereses y derechos legalmente reconocidos, como consecuencia de presuntos incumplimientos por las entidades reclamadas, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros.
No admite aquellas reclamaciones que:
- No se han formulado previamente ante el servicio de atención al cliente o defensor del cliente de la entidad.
- Pretenden un pronunciamiento sobre el carácter abusivo de una determinada cláusula contractual.
- Plantean controversias sobre la valoración económica de los daños y perjuicios que eventualmente se hayan podido ocasionar a los usuarios financieros.
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