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Afinsa.- Nueva e interesante entrada

23 respuestas
Afinsa.- Nueva e interesante entrada
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Página
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#9

Re: ¿Para cuando se hará justicia?

Y a cualquier descerebrado le dejan escribir en foros y decir sandeces.

#10

Re: ¿Para cuando se hará justicia?

Oye Saavedra, me extraña que no hayas emitido tu docta opinión sobre la última sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (y sus consecuencias) que consagra (otra vez) la mercantilidad de Afinsa, la legalidad de su operativa y que reconoce a los clientes como propietarios de la filatelia que compraron legalmente.

#11

Re: Afinsa.- Nueva e interesante entrada

¡ Que mas quisiera yo que darte una respuesta adecuada !, la cosa no es nada facil, y no lo es, por que aquí no estamos hablando de justicia, ni de leyes, ni de nada que se le asemeje. Aquí, lo que algunos jueces están haciendo es, literalmente, retorcer a conveniencia del Estado a la propia Ley, una Ley con la que deberíamos sentirnos amparados, pero que, sin embargo,la manipulación que ésta pacede por parte de políticos y jueces, hace totalmente imposible que podamos disfrutar de dicho amparo. Estoy seguro que Saavedra, "cuatrero", (aunque haya decidido no responder a mi mensajes),sabe perfectamente de lo que estoy hablando.

La última sentencia de la Audiencia Pronvincial, desde mi punto de vista, no tiene desperdicio alguno. Tan pronto dicen una cosa como la contraria. Tan pronto dicen que se separe la filatelia propiedad de los clientes de la masa activa del concurso como para, posteriormente, decir que el que quiera su filatelia que la reclame. ¿ Es que si se separa de la masa activa de la empresa, acto seguido hay que tirar o quemar aquella que no reclamen los clientes ?, ¿ o vuelven a incorporarla a la masa activa ?, ahora te quito, ahora te pongo.

Por lo que se refiere al valor de la filatelia, admitido y dado por bueno en dicha sentencia , tampoco es que tenga desperdicio alguno el tema, ya que, según estos jueces, toda la filatelia vale el 10% de su precio de catálogo ( al menos eso es lo que han dicho los peritos de ANFIL ), de media, supongo, pero un 10%. ¡Vayase Vd.a la mierda, señor juez !. Intente Vd. comprar toda la filatelia a cualquier mercachifle por el 10% de su precio de catálogo, verá donde le mandan. Y sin embargo, si nos quedamos con ésta su valor cambia por árte de magia, pasando de un 10% al 100%, o sea, que solo y unicamente a los efectos de que se produzca la liquidacion la filatelia vale un 10% de su valor de catálogo. ¡ Vaya "merdé" !.

En fin.Sé que mi consuelo ha sido mas bien escaso, cuando no nulo total, pero al menos podemos decir que los que pretenden torearnos y reirse de nosotros con sentencias de éste tipo, no lo han conseguido.

#12

Re: Afinsa.- Nueva e interesante entrada

Santiago,la única válvula de escape que tenemos es la indignación por la ruina ya sabes porqué quieren que todo esto lo paguemos las víctimas de este atropello cometido por la banca.
Una de las peores consecuencias de este atraco contra las filatélicas es que ya no se puede creer en nada ni en nadie en vista de los resultados obtenidos a lo largo de todo este tiempo, la autoridad moral de los políticos está por los suelos,hay culpables y la expiación de las culpas corre a cargo de nuestra parte.

#13

Re: Afinsa.- Nueva e interesante entrada

eSTOY BASTANTE DE ACUERDO CONTIGO. sE TRATA, CLARO ESTÁ Y NO ES YA NOVEDAD PUES ESTAMOS ACOSTUMBRADOS A ELLO, una sentencia politica que ante todo ha dejado las cosas donde estaban salvo en el cambio de calificación de los contratos y de la activ,idad, y sin transcendencia prñáctica alguna para< el Concurso pues, repito todo sigue igual solo que los acreedores lo seguimos siendo pero por otro ccencepto, como si eso importara algo. Ese cambio se ha hecho para salvar el culo a los políticos pues, ¿ os imaginais lo que habría ocurrido si la Sentencia se le ocurre decir que los contratos y la actividad eran financieros ?. ¿ en qué situación tan comprometida habrían quedado los políticos y los Tribunales de lo Contencioso ?. Por eso la Sentencia se ha limitado a decir LO ÚNICO QUE LE ESTABA PERMITIDO DECIR POR EL PODER POLITICO-LEGISLATIVO-JUDICIAL, ES DECIR HA DICHO LO QUE LE VENÍA IMPUESTO DESDE ARRIBA , LO QUE ERA "POLITICAMENTE CORRECTO". eSTOS SUJETOS POLITICOS Y JUDICIALES ESTÁN JUGANDO CON NOSOTROS AL GATO Y AL RATÓN EN ESTA DICTADURA PSEUDODEMOCRÁTICA LLAMADA eSPAÑA. !hAY eSPAÑA, QUIEN TE HA VISTO Y QUIEN TE VE, !. Nunca país alguno cayó desde tan alto para llegar a tan bajo y en tan poco tiempo.

#14

Re: Afinsa.- Nueva e interesante entrada

Coincido con J. Español en la sensación de incertidumbre ante todo esto. Yo estuve con ADICAE pero no tengo absolutamente ninguna notificación sobre qué han hecho o dejado de hacer. El hecho de que nos pongamos contentos porque dentro de un mes o un año o cinco me digan: "Oiga, aquí tiene sus diez sellos", pues la verdad, no,o entiendo, porque ... ¿Qué vamos a hacer con ellos?
Un saludo

#15

Re: Afinsa.- Nueva e interesante entrada

Si sospechais que vuestra plataforma o vuestros Abogados van a pedir sellos en vuestro nombre en vez de reclamar vuestro dinerito más todos los intereses y daños al Estado responsable, debeis daros de baja inmediatamente de esas plataformas o despachos e ir a que os representen quienes están por la labor de reclamar la tela marinera a la que teneis derecho pues, como decía mi padre, con el dinero se come (y más en tiempos de crisis y desventuras) y el resto de las cosas (pisos cerrados, coches, sellos, en tiempos de crisis no valen absolutamente nada porque nadie quiere cosas que no se comen sino que, en muchos casos, sólo producen más gastos). Lo digo en interés de todos y no en el mío pues, como afectado, me convendría que la inmensa mayoría se conformase sólo con los sellos y perdiesen sus créditos,. ASI NOS TOCARIA MUCHO MAS DINERO EN LA LIQUIDACION DE TODOS LOS BIENES DE LAS EMPRESAS CONCURSADAS. ¿ALGUIEN NO LO HA ENTENDIDO AÚN ?. PUES ESTÁ MUY CLARO: eL QUE QUIERA RECIBIR SELLOS, QUE SE OLVIDE DEFINITIVAMENGTE DE SU DINERO Y PONGA UN GTENDERETE EN LA PLAZA MAYOR DE SU CIUDAD. a LO MEJOR AL CABO DE varios años de poner el tenderete todos los domingos y festivos, consigue recuperar el 5% de su dinero, pues la Sentencia de la Audiencia Privincial de Madrid ha confirmado la tasación de los sellos por los Peritos de los Concursos (valen el 10% del valor que tenían según los catálogos de las empresas, eso es lo que dice la Sentencia; y el Tribunal Supremo ha dicho en algunas Sentencias que los sellos carecen de valor salvo casos muy raros y excepcionales (sellos que tengan alguna característica que los haga únicos. Es lo mismo que si una persona tiene 8 dedos en una mano de nacimiento: ! se ganaría bien la vida sólo exhibiendo esa mano en las Televisiones!

#16

Re: Afinsa.- Nueva e interesante entrada

¿Sabes una cosa? En el Tribunal Supremo tuvieron que realizar un cursillo acelerado para convertirse, sus señorías, en unos expertísimos peritos filatélicos, aunque no con buen resultado, precisamente.

Aquí te pego, también (para que te hagas una idea y analices un poco), una lúcida deducción de otro compañero, que pone las vergüenzas de nuestros afamados "toguillas" al descubierto:

... "Aunque se trata de algo que ya he comentado en Canal Afinsa, quiero continuar insistiendo en nuestro foro sobre éste particular, el valor de la filatelia, cuestión ésta que, sin lugar a dudas, nos trae a mas de uno de cabeza. Al mismo tiempo, si algún letrado lee éste mi comentario y con ello consigo que se le enciende la bombilla, pués mejor aún.

Vamos al lío :

La sentencia de la A.P. de Madrid, rechaza el valor de la filatelia propuesto por la concursada (valor de catálogo), y acepta, o da por bueno, la valoración facilitada por los peritos de ANFIL realizada al márgen de los precios establecidos en los catálogos.

Posteriormente, dicha sentencia obliga a la Administracion Concursal a la separación del inventario de la masa activa de la empresa, toda aquella filatelia perfectamente identificable adjudicada a clientes, salvo en los casos de contratos PIC. y MIC por entender que éstos se tratan de contratos de pagos aplazados para la adquisición de filatelia por parte del cliente, sin que exista posibilidad de adjudicar dicha filatelia hasta mientas tanto dicho cliente no haya satisfecho el importe en su totalidad.

Por otra parte dicha sentencia, brinda la posibilidad, a aquellos clientes que así lo deseen, de que se les haga entrega de la filatelia que éstos adquirieron a través de sus contratos CIT, todo ello con la condición de que, para aquellos casos en los que el cliente decidiera acogerse a dicha posibilidad, lo harían siendo conscientes de que dejarían de ser acreedores dentro del concurso, en una palabra, por que nos están dando a entender que estarían recuperando el objeto de su inversión en su totalidad.

Lo que no acabo de comprender es, como una misma cosa puede tener un valor y, a su vez, otro completamente distinto, dependiendo única y exclusivamente de quien sea su propietario, o titular. Y eso es exactamente lo que nos da a entender la sentencia de la A.P. de Madrid.

La sentencia considera que, los clientes que no decidan recuperar el objeto de su inversión, esto es, su filatelia, se mantendran dentro del concurso, pero a condición de que el valor de dicha inversión, la filaelia, sería el proporcionado por los peritos de ANFIL, esto es, el 10% del valor de catálogos. Por el contrario, aquellos otros que decidan que se les haga entrega del objeto de su inversión, la filatelia, lo harían bajo otra condición totalmente distinta, como es, que , automáticamente dejarían de ser acreedores. Lo que nos lleva a pensar que lo que nos están diciendo es que, en éste último supuesto, los clientes dejarían de tener la condición de acreedores por que estarían recuperando el 100% de su inversión, y no el 10%, tal y como les sucedería a aquellos que no reclamen su filatelia. Y ésto, ¿ como se come ?. ¡ Como es posible que un mismo objeto tenga un valor y, a la vez, otro totalmente distinto dependiendo quien sea su propietario !!!.

Lo mas ecuánime habría sido decir que : "los clientes que decidan retirar el objeto de su inversión, continuarán formando parte del concurso, pero única y exclusivamente por el 90% del total de su inversión, es decir, que se considerarían pagados por ese 10% por el que fué valorada la filatelia". Pero lo que no es de recibo es que unos se den por pagados por el 10% (los que no reclamen su filatelia) y otros por el 100% ( los que la reclamen), ya que, de ser ésto asì, para determinar el valor de nuestra inversión, la filatelia, no sería preciso recurrir ni a peritaciones externas ni a catálogos, pués su valor dependerìa, ùnica y exclusivamente, de quien sea el propietario de citada filatelia" ...

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