Desde principios de año el Banco de España ha decidido que la situación de la banca española es suficientemente delicada como para que las entidades bancarias pongan en riesgo sus ya perjudicados márgenes peleando por el pasivo.
Pese a no ser una norma escrita, la indicación del Banco de España es de obligado cumplimiento por parte de las entidades supervisadas ya que España firmó con Europa un memorándum el pasado julio para acceder al préstamos europeo para rescatar a la banca.
En concreto, la entidad supervisora recomienda que en los depósitos a menos de un año la rentabilidad ofrecida no supere el 1,75%, entre uno y dos años se quede por debajo del 2,75% y, en todo caso, no supere el 3%. En el caso de las cuentas a la vista, el rendimiento no tendrá que superar el 1,25%.
El Banco de España ha dejado a las entidades un pequeño margen de actuación para poder retener el ahorro de los clientes que consideren más importantes. Por eso, el 15% de los depósitos que capten mensualmente podrá ofrecer una remuneración por encima de los nuevos límites establecidos.
A los bancos que ofrezcan superdepósitos se les pedirá un buffer de capital adicional de entre el 0,75% y el 1,25%. Es decir que, en vez del 9%, deberán tener una ratio de *coreTier1 de hasta el 10,25%.
* El "capital Tier 1" es la medida central de la fortaleza financiera de un banco desde el punto de vista del regulador.
Límites de rentabilidad |
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Tipo de producto |
Duración |
Rentabilidad (TAE) |
Cuentas corrientes |
12 meses |
1,75% |
Depósitos |
12 meses |
1,75% |
24 meses |
2,25% |
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Más de 24 meses |
2,75% |
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Pagarés |
12 meses |
1,75% |
Bonos |
12 meses |
1,75% |
Esta medida afecta a todos los productos bancarios contratados a partir del 1 de enero de 2013. No afecta a cualquier producto de ahorro contratado con anterioridad y la entidad no tiene que rebajar la rentabilidad ofrecida.
En principio no hay fecha de duración para esta medida, durará tanto como el Banco de España quiera o las entidades respeten la recomendación.
En principio afecta a las entidades que comercializan sus productos en España, pero tanto ING como Banco Espirito Santo (cerca de ser rescatada) mantiene rentabilidades por encima del 3%. Ambas entidades aseguran que responden ante el Fondo de Garantía de Depósitos de sus respectivos países, Países Bajos y Portugal, y que no tiene por qué cumplir con esta limitación.
Al ser una medida destinada a las entidades bancarias, las aseguradoras quedan fuera de estos límites. Cada aseguradora podrá comercializar sus productos financieros siguiendo sus políticas empresariales y comerciales.
Esto se debe a que las aseguradoras “diseñan” sus productos financieros como pólizas de ahorro, por lo que la DGSFP (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) les obliga a provisionar el dinero suficiente para poder hacer frente a los pagos establecidos y comprometidos en su totalidad en estas pólizas, por lo que el riesgo de insolvencia y de no poder hacerse cargo de estos pagos de una aseguradora es infinitamente inferior.
La seguridad y confianza que aportan las entidades aseguradoras al cliente ahorrador por tanto es muy superior al que pueden ofrecer las entidades bancarias a dia de hoy, ya que el control de la DGSFP es muy riguroso.