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Cartas a los Administradores Concursales

 

Buenas tardes a tod@s,

 

Seguimos con el culebrón en que nos ha metido este gobierno a los clientes de Interdín, broker propiedad 100% de Banco Madrid y afectado por el Concurso de Acreedores al que se ha visto abocada dicha entidad.

Los interventores del Banco de España se retiraron la semana pasada y han dado paso a los administradores concursales al haber aprobado el Juez el Concurso de Acreedores en su correspondiente Auto.

Estos administradores concursales son Legal y Económico Administradores Concursales, sito en c/Monte Esquinza, 24, 3-Izda. - 28010 Madrid y el Ministerio de Economía y Hacienda (A.E.A.T.) con delegaciones y administraciones en todo el país.

Aunque la última palabra en el futuro de Interdín la tiene el Juez titular del Juzgado número 1 de lo Mercantil de Madrid, también podemos comunicarnos por escrito con los administradores concursales, por lo que adjunto aquí un modelo de carta que presenté a ambos esta mañana, similar al que se puede presentar al Juzgado cuyo modelo colgué también en este blog Al Juzgado

Y es el modelo de escrito siguiente, aunque lógicamente cada persona puede modificarlo o variarlo como estime más conveniente.

 

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A la atención de   Nombre Administrador Concursal

Por el presente escrito solicito se sirvan tomar las medidas pertinentes para permitir la continuidad de Interdín como empresa de intermediación en los mercados de derivados.

Entre ellas permitir que Interdín pueda trasladar la cuenta omnibus, que al final es dinero de los clientes de Interdín, desde Banco Madrid a otra entidad financiera.

Siendo cliente final de dicha sociedad de valores soy uno de los miles de afectados.

La intervención forzada de Interdín por parte de la CNMV, nos ha ocasionado cinco grandes quebrantos:

1. Gastos derivados del cierre de posiciones por pago de horquillas bid-ask en dicho cierre, particularmente aquellas posiciones abiertas en los mercados de opciones.

2. Gastos derivados del pago de comisiones ocasionados por dicho cierre de posiciones, aunque Interdín haciendo alarde de su gran profesionalidad nos ha reembolsado estos gastos.

3. Gastos derivados del pago de comisiones en la apertura de posiciones que finalmente se malograron debido a su cierre forzado.

4. Imposibilidad de localizar a otro intermediario en España que satisfaga plenamente nuestras necesidades

5. No poder disponer de nuestro dinero, al hallarse los reembolsos bloqueados a la espera de las decisiones gubernamentales/judiciales.

Hasta la fecha Interdín aunque intervenido no ha sido inhabilitado para operar como intermediario, por lo que si finalmente debiera venderse por el concurso al que se ve abocado Banco Madrid, al menos mantendría su valor actual. Porque permaneciendo inactivo en sus labores de intermediación en los mercados, su valor desciende paulatinamente cada día así como el interés de futuros compradores.

Ruego, valoren también que al final no sólo se perjudica a miles de clientes finales ajenos al delito del que se acusa a Banco Madrid, sino que hay también grandes profesionales en Interdín y ven amenazada la continuidad de sus puestos de trabajo.

Finalmente a modo de clamor estas son distintas opiniones de los clientes de Interdín afectados que se pueden hallar en internet.

http://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/2714073-interdin-asombrosa-historia-honradez-profesionalidad

http://www.rankia.com/foros/bolsa/temas/2710922-interdin-concurso-acreedores-banco-madrid


Tenemos también una petición solicitando la continuidad de la actividad de Interdín que alcanzó ya las 75 firmas

https://www.change.org/p/afectados-interd%C3%ADn-firmar?utm_medium=email&utm_source=notification&utm_campaign=new_petition_recruit#share


Y si algún cliente de Interdín es sospechoso de haber cometido algún delito, Interdín mismo puede bloquear la cuenta de dicho cliente si así se lo piden las autoridades competentes.


En Madrid, a 30 de Marzo de 2015

 

Firma ...............:

DNI ..................:

Dirección postal:

 

En el caso de presentar la carta a Hacienda se requiere una copia que nos devuelven sellada en Registro General de dicho organismo.

 

Saludos

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