Fórmula prevista en algunas modalidades de seguro de vida, por la cual el tomador del seguro puede denunciar el contrato unilaterálmente, de modo que éste pueda quedar extinguido sin necesidad de que transcurra el plazo de vigencia previsto en la póliza, ni de que ocurra el siniestro que daría lugar al pago del capital asegurado al beneficiario.El derecho de rescate se ejercita sobre la provisión matemática, y no sobre la suma asegurada, siendo aquella cantidad lo que recibe el asegurado.