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Un prestamo usurario a la manera tradicional
14 de Julio de 2010
Hoy voy a explicar cómo se hace, tradicionalmente, un préstamo usurario. En primer lugar, diremos que según el artículo 1 de la Ley de Represión de la Usura, un préstamo es usurario cuando incorpora un tipo de interés desorbitado o cuando es aceptado por el prestatario a causa de su situación angustiosa, de su inexperiencia o de lo limitado de sus facultades mentales. En resumen, dejando para otro día lo de la situación angustiosa y demás, básicamente la usura consiste en cobrar un interés mucho más alto al normal de mercado. Si la ley prohibe determinados tipos de interés, ¿cómo lo han hecho los usureros hasta la fecha? Pues muy fácil. Supongamos que el honorable usurero propone a su cliente un módico interés del 80% anual para un principal de 10.000 euros a un plazo 12 meses. El honorable usurero y su cliente tendrían que firmar un contrato en el que constaran los mencionados extremos. A saber: principal 10.000 euros, plazo 12 meses, intereses 8.000 euros. Pero ya hemos dicho que esto es ilegal. Probablemente el cliente no lo sepa, pero el honorable usurero SÍ que sabe que eso es ilegal. La solución pasa por alterar ligeramente la letra del contrato de préstamo y modificar alguna de sus cifras para que todo “se aguante”. En consecuencia, el despistado cliente acabará firmando un contrato en el que el principal ya no será de 10.000 euros sino de, por ejemplo, 17.143 euros (curiosa cifra para un préstamo) a un tipo de interés del 5% anual. El plazo sí que se mantiene en 12 meses. Leer más Presentación de Capital Privado
14 de Julio de 2010
Los prestamistas tenemos muy mala fama y -siguiendo los pasos de Tristán- con este blog me propongo aportar mi grano de arena para que esto cambie. Intentaré ayudar a los que se aproximen a este sector, especialmente como prestatarios, a saber qué es lo más importante en cada caso, qué precauciones se deben tomar, qué condiciones son abusivas y, por tanto, ilegales, y muchas otras cosas que vayan surgiendo. Ilustraré mis comentarios con casos reales omitiendo, como es lógico, los nombres e identidades de los afectados. También denunciaré las malas prácticas que inundan el sector y que hacen que la Ley Azcárate se quede en un simple juego de niños. En este caso, una vez más, seguiré los pasos de Tristán y no me atreveré a dar nombres. La corrección en los préstamos de capital privadoDado que nuestra actividad está permanentemente bajo sospecha y dado que afirmamos trabajar con arreglo a la ley, considero que (sin ánimo de hacer un publirreportaje al más puro estilo Leche Pascual) debemos mencionar las grandes líneas que, bajo nuestro criterio, determinan una correcta conducta en esta actividad. Leer más |