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Blog Buscando precios de compra
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Como no pagar al tipo marginal por plusvalías generadas en menos de un año.

El afán recaudador del gobierno hará que se desarrolle el ingenio y se encuentren estrategias legales que permitan convertir las plusvalías generadas en menos de un año, que son las que van a tributar al tipo marginal de hasta el 52%, en plusvalías generadas en más de un año. Se trata de utilizar el mercado de derivados de Meff, vendiendo un futuro sintético construido con opciones europeas, para alargar el plazo de generación de estos beneficios hasta que se cumpla más de un año. Esta estrategia solo se podrá usar con las empresas que permiten negociar este tipo de opciones: Telefonica, Iberdrola, Repsol, los grandes bancos y alguna más.

Cuando uno compra , por ejemplo, 400 acciones de Telefonica y al cabo de un tiempo, se encuentra que tiene unas excelentes plusvalías pero no quiere pagar a Haciendo el tipo marginal lo que tiene que hacer es comprar cuatro opciones de venta europeas del precio de ejercicio más próximo a la cotización actual de Telefónica y de vencimiento posterior a la fecha en que se cumple el año, lo cual le ocasionará unos gastos, que puede recuperar vendiendo en el mismo momento cuatro opciones de compra europeas del mismo precio de ejercicio y del mismo vencimiento. El hecho de comprar una opción de venta y al mismo tiempo vender una opción de compra del mismo precio de ejercicio es lo que se llama construir un futuro sintético vendido.

Es importante que estás opciones sean del tipo europeo (sobre todo la opción de compra vendida, la de venta podría ser del tipo americano) ya que eso impide que se puedan ejercer antes del vencimiento, con lo que se desbarataría la estrategia ya que nos veríamos forzados a vender las acciones antes del año si el comprador de la opción vendida así lo quisiera.

Una vez construida la estrategia, lo único que tenemos que hacer es esperar tranquilamente hasta la fecha de vencimiento de las opciones y entonces, si las acciones han bajado de precio, nos limitamos a ejercer nuestro derecho (como comprador de las opciones de venta) a vender las acciones al precio de ejercicio, que es el precio al que queríamos vender y como ya habrá pasado más de un año desde la compra, las plusvalías generadas tributarán como máximo al 27%. Si las acciones han continuado subiendo de precio, en lugar de ejercer la opción de compra, venderemos las acciones en el mercado y así podremos compensar las pérdidas que nos ocasione la opción de compra vendida. El resultado real en cualquiera de los dos casos siempre va a ser el mismo.

Con el tiempo lo aplicaremos con algún ejemplo práctico, así se entenderá mejor.

Saludos.

Nota: Para ver el indice de las empresas publicadas pinche aqui

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  1. #30
    25/12/13 10:14

    Hola Chicos aunque este post es de más de un año aun sigue de actualidad, para que alguno no meta la pata, deciros que para que los que operais con Brokeres Americanos de estos online baratillos, de poco coste de compraventa, y se os paso la noticia, y es de esas noticias, que igual nos cambian la vida si no nos enteramos, pues salia a mitad de 2013 Montoro firmando en la Embajada Americana un acuerdo de colaboracion con Estados Unidos, para colaboración Fiscal, asi, que si teneis algo de esto os pueden investigar, estaria alerta, hasta ahora no habia nada, yo ya no tengo cuenta alli, pero me pase operando 10 años, y ni noticia de hacienda, es más mi broker yo abri la cuenta en USA internet, porque en una feria Bolsalia 2002 en Madrid tuvieron un Stand con gente que hablaba español y los contratos para firmar, luego para clientes Españoles a los pocos años se tenian que abrir la cuenta en UK ya no valia en USA, y con más probabilidad de pillarte, aunque la chica española que atendia x email, me dijo que las operaciones no llevaban un NIF que las hacia el Broker y luego repartia a cada cuenta... no se yo, yo creo que para alguien que opera con unos cuantos miles de euros igual no se enteran, pero si quieres meter tu capital total para hacer solo 2 o 3 operaciones al año seguras, para evitar pagar a menos de un año te pueden pillar.

  2. #29
    dfr38
    21/09/12 10:22

    Para empezar, hay que dejar claro que mientras tu residencia esté en España, tributas en España (a diferencia de USA que se rige por nacionalidad, una de las pocas excepciones del mundo sino la única que conozco, todas las demás se rigen por residencia). Ahora bien, puedes hacerlo legal (eludir) creando sociedades tales estrategias como el sandwitx holandes, el doble irlandés, etc o bien, ilegal (evadir) tratando de que no se enteren: broker extranjero, cuenta bancaria extranjera, tarjeta anónimas suizas 'travel cash' o cosas parecidas, o tan sencillo como abrir cuenta a nombre de un amigo extranjero que no sea de la comunidad europea y que en su país respectivo ni se van a enterar o abrir cuentas de manera que se buscan artimañas aprovechando que unos paises respecto a otros no tengan tratados de colaboración, es decir, convenios fiscales internacionales entre ellos.
    Hay que darle a la neurona chicos!

    saludos!

  3. en respuesta a dad74
    -
    Nuevo
    #28
    16/09/12 14:46

    A los pequeños inversores nos trituran totalmente con esta nueva tributación. Quienes funcionen con sociedades o simcav, no les afecta para nada. Pero ademas, y esto es el peor para los pequeños que hemos acumulado perdidas/minusvalias estos ultimos años con un ibex bajando año tras año, teníamos la posibilidad de poder compensar las perdidas de los últimos 4 años, en caso de que pudiesemos recuperar algo de lo perdido. Ahora si entiendo bien, al cambiar el tipo marginal, esas perdidas acumuladas de los 4 últimos años se pierden....solo se podrian compensar con plusvalias de mas de 1 año... En sociedades, las perdidas se pueden compensar hasta 18 años .... Si alguien sabe algo mas sobre las minusvalias acumuladas para un particular, que meconfirme si desgraciadamente es tal como lo estoy plantenado. Creo que ya no se pondran compensar con plusvalias en bolsa de menos de 1 año.

  4. en respuesta a snivelak
    -
    #27
    16/09/12 13:58

    Ya he tenido malas experiencias con hacienda por ir de listillo y el no pasa nada es complicado que te pillen,hay que hacer las cosas bien porque si llega el día que detecten que has hecho esto te levantan en peso,te van a pedir todo lo que debas desde que comenzaste a evadirte más tu correspondiente multa y ahí la has ca...

    Creo que el inversor pequeño que hace operaciones para sacarse un dinerito extra está jodido,los que hacen operaciones grandes no van a tener problemas porque ya antes tenían solucionado este problema,operan desde sociedades,o tienen sociedades no residentes en otros países,o simplemente no son residentes en España,como digo el pequeño inversor salvo que busque fórmulas como las que nos ponen en este artículo,que no son aptas para todos los inversores por su complejidad o se escabulla hasta que lo detecten está jodido va a tener que pasar por caja.

  5. en respuesta a dad74
    -
    #26
    16/09/12 12:29

    Riesgo existe, obviamente, pero muy remoto. Si no tienen constancia de ello ¿como te lo van a comprobar? También depende, yo funciono con cantidades pequeñas. Si las ventas que haces son de 200.000 euros pues es muy fácil que te puedan pillar porque los movimientos tan grandes de dinero los tienen controlados también. Ahora para cantidades normales me parece menos arriesgado que complicarse con estas fórmulas extrañas

  6. en respuesta a snivelak
    -
    #25
    16/09/12 02:01

    Yo opero con esta splataformas,pero no cveo tan claro lo que dices,en el borrador de hacienda no te viene ni te vendrán,pero tu obligación es declarar las plusvalías,no se el riesgo que se corre actuando así,si depende los productos con los que operes,cfds,futuros,mercados otc en este caso es el broker ....no se,que alguien aclare esto y que los expertos nos vayan asesorando.

  7. en respuesta a snivelak
    -
    #24
    15/09/12 01:09

    Hola.

    Yo tengo varias cuentas en brokers UK y AU.

    Para los depositos en las cuentas del broker he hecho pequeñas transferencias o ingresos con tarjeta de credito de menos de 1000 euros al mes. Con que no tenía claro el mínimo por el cual el Banco Español correspondiente desde donde se extraía el dinero debía comunicarlo a BdE lo he hecho con estas cantidades pequeñas, lento pero seguro (al menos ésta es la teoría).

    Un saludo.

  8. en respuesta a enoc
    -
    #23
    14/09/12 20:17

    Nada tio, tan sencillo como tener de broker a Activotrade. Tiene las tarifas más competitivas que yo he visto, y encima esa ventaja adicional. Ya funciono con ellos desde el año pasado y en mayo de este año cuando me llegaron los datos fiscales de 2011 me llevé la grata sorpresa de que no constaba ninguna de las ventas echas con ellos, al menos las de valores europeos y americanos, de los españoles desconozco si aparecerían ó no. Y con Clicktrade, que también opera a través de Saxobank lo mismo. Y los dividendos cobrados de valores extranjeros ni te hacen la retención española, ni aparecen tampoco en el borrador de hacienda. Os recomiendo cualquiera de los dos, funcionan bastante bien y con tarifas muy buenas a mi modo de ver.

  9. en respuesta a snivelak
    -
    #22
    14/09/12 19:00

    Saludos

    Parece buena idea, he mirado en su web y no encuentro sus tarifas, y el contrato esta en ingles, por lo que toca investigar un poco mas este fin de semana.

    Tienen oficina aqui, asi que me imagino que lo has hecho desde fuera para que no quede constancia?

    Podrias ampliar un poco mas como lo has hecho,ç

    gracias por adelantado

  10. en respuesta a Alvya
    -
    #21
    14/09/12 15:31

    Bueno, cada uno tiene su método. En todo caso, aún siendo legal, intenta explicarle esa operativa a un garrulo de Gestión Tributaria en caso de que te comprueben la declaración, ya verás lo que te dice. Una de dos, ó le da directamente un ictus del sobreesfuerzo y te deja tranquilo ó simplemente no entiende nada y tienes la liquidación paralela asegurada.

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