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Transferir dinero entre las cuentas de un mismo titular

Transferir dinero entre las cuentas de un mismo titular

Las transferencias entre cuentas corrientes no son baratas. De hecho, es una de las operaciones por la que los bancos cobran de manera más común, y la que más subió de precio en 2007, alcanzando un valor medio de 3,11 euros para las operaciones realizadas entre cuentas de la misma entidad. Existen algunas formas de librarse de estos costes, al menos cuando se llevan a cabo transferencias entre cuentas del mismo titular. Además de que a las entidades les interesa no cobrar por este servicio, dentro de la política de quitar las comisiones que han puesto en marcha algunas entidades financieras, el Banco de España ha exigido eliminar algunos cargos para facilitar la competencia cuando un mismo titular tiene cuentas en distintas entidades.

 

Operar sin coste

El envío de dinero de una cuenta a otra es la operación que más ha subido de precio en 2007, al alcanzar un valor medio de 3,11 euros en operaciones en la misma entidad, lo que supone un 13% más y de 3,26 euros, un 6% más, entre entidades diferentes. Cuando un titular dispone de cuentas en varias entidades distintas, puede anularse el coste de transferir dinero de una cuenta a otra. Para realizar un traspaso de efectivo, el titular debe ordenar que se haga la transferencia desde la entidad de la cuenta receptora del dinero, no desde la cuenta de la que salen los fondos. Son dos las operaciones de este tipo que se pueden llevar a cabo:

* Las aportaciones de fondos: Son operaciones en las que se mueven cantidades inferiores a 3.000 euros, y sólo se puede llevar a cabo una al mes. Mediante una sola autorización, se pueden realizar varios traspasos periódicos.
* El traspaso de efectivo: Los traspasos de efectivo son operaciones de hasta 150.000 euros. Si lo que se quiere es ordenar operaciones de hasta 6.000 euros, basta firmar con la entidad receptora una orden genérica, y no una orden por traspaso. Así, cada vez que se quiera llevar a cabo una transferencia, basta con avisar a la entidad receptora, sin tener que volver a firmar una nueva autorización. En cambio, en caso de que el traspaso supere los 6.000 euros de transferencia, el ordenante debe firmar una orden específica para cada movimiento de dinero.

En este tipo de operaciones, sólo está autorizada a cobrar comisiones la entidad que recibe el dinero, pero precisamente el banco receptor no debe ser el más interesado en el cobro de comisión alguna, ya que lo que quiere es que el dinero llegue a sus arcas. Eliminarlas es el "modus operandi" de la mayor parte de entidades que trabajan en Internet, como ING Direct, por ejemplo.

El Banco de España ha exigido eliminar algunos cargos para facilitar la competencia cuando un mismo titular tiene cuentas en distintas entidades, aunque ha anunciado que permitirá cobrar por recibir trasferencias, salvo cuando se trate de nóminas, pensiones y otras prestaciones. Eso sí, los clientes tendrán que estar informados y podrán negociar con la entidad. Por ello habrá que estar muy atento porque, como ha señalado el comisario de Mercado Interior de la Comisión Europea, Charlie McCreevy, muchos consumidores carecen de conocimientos financieros mínimos, y "no eligen los mejores servicios", por lo que es un firme defensor de que en la Educación Básica se introduzcan nociones elementales de cómo funciona la banca.

 

Qué es una transferencia

Una transferencia bancaria es aquella operación en la que el ordenante da instrucciones a su banco para que, con cargo a una cuenta suya, envíe una determinada cantidad de dinero a la cuenta de otra persona en la misma o en otro banco distinto. Alguna modalidad de transferencia incluye que el dinero se reciba en efectivo por el beneficiario; otra es el giro, en la que el ordenante paga en efectivo para el ingreso en la cuenta que recibirá el dinero. Cuando la transferencia tiene lugar entre cuentas de la misma entidad de crédito, la operación se suele denominar "traspaso interno", operación que, cuando se realiza a través de Internet, es gratuita en muchas entidades, como ocurre en el caso del BBVA. Internet es una herramienta idónea para operaciones como los traspasos de efectivo entre diversas cuentas. Así, cuando se dispone de cuentas en entidades como ING Direct, E Bankinter, Uno-e..., es interesante estar atento a las ofertas de cada una de las entidades para depósitos. Suelen ser más interesantes para fondos que permanecen un mes, por lo que, pasado ese mes, vale la pena comenzar a mirar qué ofrecen otras bancos en la red.

Según el área geográfica, las transferencias se clasifican como nacionales, si la operación tiene lugar en España, o transfronterizas. Algunas entidades todavía distinguen entre transferencias en las que ordenante y beneficiario están en la misma plaza. Éste es un gasto que conviene conocer al contratar una cuenta en una entidad, ya que saldrá más caro enviar dinero a una persona que trabaja con una sucursal en una ciudad distinta. Aunque se trata de un coste que puede tener los días contados, ya que el Banco de España ha señalado que se trata de un gasto que carece de sentido. En las transferencias transfronterizas, el ordenante y el beneficiario están en países distintos. Una modalidad de transferencia de este tipo son las STP (Straight Trough Processing), que se realizan de forma automatizada. Se utilizan para ello los códigos IBAN (número internacional de cuenta) y BIC (código de identificación bancaria), ambos del beneficiario. Las transferencias no STP suelen tener comisiones más altas.

El Banco de España distingue asimismo entre transferencias ordinarias y urgentes. Otra modalidad son las transferencias que utilizan cuentas de las entidades del Banco de España. Su coste es mayor, pero se ejecutan de forma más rápida y más segura en cuanto a la disponibilidad de fondos. Esta entidad pide que las transferencias se cursen, como muy tarde, el siguiente día hábil a la recepción de la orden, y desde el banco se consideraría "raro" que no se realizara el abono el mismo día o al día siguiente de recibir la notificación. En cualquier caso, el plazo del traspaso no puede ser superior a cinco días cuando las cantidades no superen los 50.000 euros. El plazo empieza a contar, como muy tarde, al día siguiente de dar la orden. Si se incumplen los plazos, el ordenante y el beneficiario pueden recibir una indemnización, una cuestión a la que deben prestar atención los clientes para poder reclamar si se producen retrasos.

Cuando no se esté de acuerdo con la forma en que una entidad ha gestionado una transferencia o traspaso, existen distintos sistemas para presentar reclamaciones. Se puede reclamar ante los departamentos de atención al cliente de las entidades. Si aun así no se queda satisfecho, es posible acudir al servicio de reclamaciones del Banco de España. Por último, se puede recurrir a los tribunales de justicia y los órganos arbitrales aceptados por ambas partes, pero ello supone, además de un considerable esfuerzo, un elevado coste. Las asociaciones de consumidores suelen utilizar estas últimas vías, especialmente cuando tratan con denuncias colectivas que afectan a un número importante de perjudicados.

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Operaciones peligrosas

Las transferencias, especialmente desde los últimos años, pueden ordenarse a través de los cajeros automáticos, por teléfono y por Internet. En los tres casos es necesario contar con las claves correspondientes. Las entidades cuentan con importantes sistemas de control para evitar fraudes, que pasan desde el copiado de la banda magnética en el caso de las tarjetas de crédito o débito que se introducen en los cajeros, al 'phishing', modalidad cada vez más extendida.

Ésta consiste en buscar la forma de que el dueño de una cuenta corriente ofrezca por Internet los datos que permitirán obtener dinero de su cuenta. Para ello, se envían correos electrónicos que aseguran ser de una determinada entidad bancaria, y provocan que el usuario entre en una página web que finge ser la de su entidad, en la que introduce sus datos. A partir de ahí, los ladrones lo tienen más fácil para entrar en la página real de la entidad y realizar alguna operación.

Artículo publicado por la revista Consumer.

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