Hola buenas tardes, he leido que para el año 2015 ha cambiado la tributación pon indemnizacion por despido, ¿tendría que declarar una indeminizacion por un ere de 40 días por año trabajado con un maximo de 15 meses?
Gracias
Perdon otra vez, lo he revisado y ya tengo los mas o menos claro lo que estaría bien pero una pregunta deduzco por le respuesta de al.rodrigo que tengo que poner en el escrito que les devuelvan la cantidad que pagaron, pero nunca la que saldría a devolver es asi?
Ejemplo: 2008, les saldría a devolver 450, pagaron 1000, en el escrito pongo los mil como ingreso indebido nunca 1450€ ¿es correcto?
Un saludo
Entonces si por ejemplo yo compre por 212300 (incluidos gastos) la superficie construida es 667m2 el suelo 289m2, me sale una amortizacion de más, menos 4394,61€ ¿es correcto?