Buenos días y gracias por la respuesta, pero sin aceptar ni adjudicar, sólo declaración de herederos abintestato y viviendo la viuda, ¿Creés que no se debería incluir en datos fiscales en la siguiente declaración de la renta? Gracias por tu interés. Un cordial saludo
Busca ayuda legal y médica para sobrellevar el cambio que vas a vivir en tú existencia. No eres el primero ni serás el último, no te lo digo por experiencia propia, pero el cambio vital va a ser duro, teniendo ayuda externa de profesionales de distintas ciencias podrás hacer frente de la mejor manera a las nuevas circunstancias. Hay un dicho que dice algo así cómo "sólo el necio tropieza dos veces con la misma piedra" y otro más "4 ojos ven más que 2". Ánimo y fuerza. Un saludo
Buenas noches...lo primero decirte que siento mucho la situación por la que estás pasando. Lo segundo, opinión personal, que te busques un abogada/o bueno y sigas sus instrucciones. He oído de casos dónde si algo empieza mal, acaba peor. Ten mucho cuidado con tus actos y preserva el bienestar de tus hijos. Los comienzos pueden ser duros pero encontrarás tú paz, aunque no sea la felicidad que esperabas. Mucho ánimo y mucha suerte. Un saludo
Buenas tardes, te comento mí experiencia, yo le solicité a mí madre pensionista de viudedad hace menos de un año, el complemento de pensión por ser madre de cinco hijos mayores todos de 50, a la seguridad social, anexé libro de familia y cumplimente el formulario al efecto de la SS y al poco tiempo le apareció el completo de maternidad por 3 hijos o mas de 130 euros aproximadamente en la siguiente nómina de pensión. Espero que tú madre tenga ésa solicitud echa y cobre ése complemento. Ojalá te sirva de ayuda este como. Un saludo
Muchas gracias por la aclaración Bacalo...en mí caso y perdón por utilizar una pregunta de Patricia e inmiscuirme en la misma, he cometido un error para mis intereses personales, porque un heredero me recomendó que subiéramos el ISD a 230 cuando a precio de mercado serían 170. Supongo que pagaré las consecuencias de ése error cuando pasen unos años y quiera comprar el piso del que voy a ser propietario del 60%. De nuevo, muchas gracias. Un saludo.
Buenas tardes Bacalo, y perdona por repreguntar pero estoy en una situación parecida y me gustaría saber a qué te refieres cuando dices "habrá que tomar como valor de adquisición el declarado en la herencia del padre hace 21 años" si al valor declarado en el impuesto de sucesiones o en el de aceptación y adjudicación de herencia. Gracias por tu tiempo e interés. Un saludo
Buenas noches Creo que lo que ha ocurrido con esa propiedad ha sido fruto del llamado catastrazo, que me parece que es la revisión por parte de la administración de los valores del suelo y de construcción. Se revisa cada diez años o antes si lo consideran oportuno, por varios factores.Al subir los valores de referencia catastral se incrementa el patrimonio y sale a pagar más. Es mi opinión. No soy profesional de la materia. Ánimo Saludos
Mira éste enlace que te pongo... navega por las opciones del final que seguro ayuda a resolver dudas...un saludo https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/tengo-que-presentar-declaracion/contribuyentes-fallecidos/formas-tributacion.html
Buenas tardes En la declaración pones la fecha de la resolución por el organismo que concedió la discapacidad, Creo que a efectos de la declaración de la renta, se considera como si todo el año hubiera tenido la discapacidad sea en marzo, julio o noviembre cuando se la hubieran reconocido.Recuerda rellenar la casilla que corresponda si es igual o mayor a un 33% o la de igual o mayor a un 65%.Un saludo