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Participaciones del usuario vicguimil

vicguimil 20/03/13 20:03
Ha respondido al tema 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
Muchas gracias barbera88, pero este certificado nos sirve también a nosotros? porque en este caso hablan de las PP, pero si nos sirve, podría utilizarse para retrasar el canje (en el caso de que este certificado lo evita, que en el foro de PP's no lo tienen claro)
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vicguimil 20/03/13 17:56
Ha respondido al tema Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
Perdona gzquez, ese es el enlace donde se informa de ello, pero el archivo .pdf en sí está caído! ¿Alguien sabe de otra página donde esté subido? Y una pregunta, este certificado de legitimación sirve también para las obligaciones subordinadas? o únicamente para las preferentes? (perdonar mi ignorancia =) Gracias y ánimo!!
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vicguimil 18/03/13 20:44
Ha respondido al tema 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
Muchas gracias de nuevo por tu ayuda Crespin! El 7,5% al que me refiero, no es del total inicial, es supuestamente (y lo que intento asegurarme), el 7,5% del Diferencial entre el valor total inicial (o el acordado extrajudicialmente, por ejemplo 160.000, estoy en la duda) y el valor del producto en el mercado SEND en el momento del acuerdo (que ahora creo que está en torno al 45-50%). Por tanto, el 7,5% sería un poco menos de la mitad de lo que has comentado, actualmente, y sobretodo, sería menor a lo que cobrarían de las tasas judiciales del contrario en caso de ganar, vamos, que les debería interesar ganar el juicio. El problema que le veo es que si el acuerdo se llega después del supuesto canje, y al final como se prevé cae mucho el valor de la acción, esto supone que el valor del producto también bajará, ¿no?. Y por tanto, al ser bastante menor, el diferencial aumenta, por lo que cobrarían más. Es un detalle que quiero asegurarme antes de hacer nada! Y con respecto al blog de Antonio, te lo agradezco, ya lo había leído. Aunque no escriba mucho, soy de los que lleva desde la página 1 (y sino, la 10) visitando y leyendo el foro, así que por eso no te preocupes =) Entiendo lo de no firmar el canje, y ni mucho menos acudir al previsible timo del arbitraje, pero en caso de ser "obligatorio", ¿como te pueden obligar a firmar algo para perder este producto?. Antes, cuando se hablaba de que si sería el canje opcional, se decía que si no lo aceptabas (con todo el derecho del mundo de decidir el no hacerlo), que después llegaría el FROB con el Real Decreto de Agosto y que te metería una quita (al estar en poder de hacerlo) por detrás que ya se asegurarían de que te arrepintieses de no haber acudido al canje. En este caso, siendo el canje supuestamente obligatorio, ¿que pasará si no lo aceptamos? ¿Te vendrán pistola en mano derecha y boli bic en mano izquierda para que firmes? No me extrañaría! Muchas gracias de nuevo por tu ayuda!! y mucho ánimo a todos, saldremos adelante!
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vicguimil 17/03/13 20:22
Ha respondido al tema 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
Muchísimas gracias por tu respuesta Crespin, fueron son mis padres los que hablaron con el abogado, yo solo les estoy intentando ayudar guiándome por un email que nos mandó =) En este nos decía lo siguiente en relación a los pagos: """"""""""" - Contrato de arrendamiento de servicios. 1500 (IVA no incluido) + el 7,5% en caso de pacto extrajudicial. De seguir hasta el final con el asunto, mediante Sentencia cobraríamos las costas judiciales del banco. - Encargar la pericial. Aproximadamente 1000 € más IVA fraccionado en tres plazos: antes de la emisión, a la entrega y cuando se resuelva el tema el resto.""""""""""""" Dado que no nos quedó claro, le pedimos que nos lo detallara, y así fue: """"""""""""Abogado 1500 +21%= 1815 € 7,5 % (sólo en caso de acuerdo extrajudicial sin sentencia). En efecto en el momento del acuerdo del mercado de cotización. Si vamos hasta el final obteniendo pronunciamiento judicial en caso de victoria nosotros cobraríamos del Banco y les devolveríamos lo abonado. Por el contrario, si el caso se pierde las costas judiciales ascenderían a 19.050 €. (no os asustéis, nuestro valor inicial es de 175.000€, se que fue una insensatez, mi padre es un feliz despiste a punto de jubilarse que creía estar metiendo sus ahorros en un depósito a plazo fijo...más prueba de lo despiste que es que ni sabía que existía el Fondo de Garantía de Depósitos y que más de 100.000€ no asegura, y que tampoco lo hace en este producto...en fin!) Procurador Aproximadamente unos 600 €. Tasas judiciales. Actualmente ascenderían a 750 €. Perito 1000 €""""""""""""""" ¿Como entiendes entonces las condiciones Crespin? Creo entender que si ganamos, el cobra de las costas judiciales de Bankia y nos devuelve los 1500€, pero que si hay la posibilidad, buscará un acuerdo extrajudicial en caso de no ver claro ganar el juicio, y nos cobraría el 7,5% (del diferencial de lo que no tengo claro), y en caso de perder y el juez imponernos costas judiciales, pues 19.050€.....miedo no, lo siguiente. Y el cobraría los 1500€ iniciales. Y por otro lado, teníamos la duda de que pasaba si el canje es "obligatorio" y tenemos que firmarlo si o si (que está en el aire, pero por saberlo de antemano), y que pasaría si ponemos la demanda despues de firmarlo, a lo que el nos contesta que son dos procesos independientes y que no afectaría ya que te retraes al momento del contrato....eso lo entiendo, pero se que hace tiempo se comentó aquí que si que afecta el firmar el canje, ya que es como que "aceptas" el nuevo producto y ya no eres poseedor del anterior, por lo que no podrías demandar por nulidad del contrato, ¿es esto correcto?, os dejo su respuesta: """"""""En relación con la oferta de Bankia, en el caso de que fuese un canje opcional, y decidiéramos demandar finalmente, rechazaríamos el canje; pero, ¿y en el caso de que fuese obligatorio? ¿se firmaría una cláusula que nos permitiera demandar la nulidad del contrato manteniendo el mismo producto? El canje no condiciona la interposición de la demanda (nos retrotraemos al momento de la contratación). Tanto si fuera obligatorio como voluntario no podría venir condicionado a la renuncia de acciones, podría entenderse que son unas coacciones de lo contrario."""""" Muchísimas gracias de nuevo!!
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vicguimil 17/03/13 19:26
Ha respondido al tema 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
Firmado y compartido! os quería preguntar una duda que tenemos, ya que estamos pensando en realizar la demanda por nulidad del contrato (nuestro perfil y los fallos en la documentación lo favorecen), y tenemos una duda con respecto a las condiciones que un abogado nos ofrece. En este caso, nos dice que cobraría las costas judiciales en caso de ganar el juicio, o un 7,5% en caso de acuerdo extrajudicial. Entendemos que se realiza entre el diferencial del total nominal con respecto al valor en el momento del acuerdo del mercado de cotización. En este caso, ¿el total nominal serían los € del valor inicial, o se refiere al valor "acordado" extrajudicialmente? Y el valor en el momento del acuerdo del mercado de cotización, suponiendo que el acuerdo se realice después de que Bankia canjee estos productos por acciones (y con su previsible caída de valor), estaríamos hablando de un porcentaje del valor inicial mucho más inferior al 46% actual, ¿es esto correcto? Muchas gracias a todos y mucho animo!!
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vicguimil 04/01/13 18:55
Ha respondido al tema 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
Feliz año nuevo a todos! Esperemos que este año 2013 venga con mejores noticias que el anterior! Al tema, yo estoy ayudando a mis padres con su OS, y ya han consultado a dos abogados de Barcelona para realizar la demanda y ambos por separado le han comentado que tienen posibilidades. Están estudiandolo aún, y mientras me estoy intentando enterar del tema del arbitraje, para ver si es viable o es una estrategia para evitar que más gente demande individualmente y después venga el "experto independiente" y nos la meta por detrás. Y ahora, si es posible necesito alguien que sea un poco experto en el tema. ¿Os habéis dado cuenta lo que dicen estas noticias? http://www.elconfidencial.com/economia/2013/01/04/el-frob-acelera-las-ampliaciones-de-bankia-para-cerrar-en-enero-el-caso-de-las-preferentes-112216/ http://www.elconfidencial.com/economia/2012/12/27/el-frob-no-se-fia-prefiere-recapitalizar-bankia-con-lsquococosrsquo-para-curarse-en-salud-111919/ Primero lo de que posiblemente ofrecerán la alternativa de bonos de deuda senior a los de la deuda subordinada con vencimiento (de los que creo que aun no se sabe nada, para seguir la costumbre), y que el FROB haya utilizado los queridos COCOS en vez de aceptar la propuesta de Bankia de inyectar acciones directamente... ¿Algun experto nos puede explicar que conlleva esto? ¿Habrá que seguir esperando a meternos en la boca del lobo para conocer todos los detalles de la quita? Muchas gracias!! Un saludo!! Como fórmula alternativa, pero exclusivamente orientada a la deuda subordinada con vencimiento que posee la entidad matriz, el Banco Financiero y de Ahorro (BFA), establecerá la posibilidad de que los inversores puedan canjear sus títulos por bonos de esta misma entidad que serían emitidos con categoría de deuda sénior. En cualquier caso, dicha opción no sería considerada como una oferta pública puesto que el canje sigue siendo obligatorio en todos los supuestos. Los nuevos bonos podrían ser colocados por BFA mediante un simple documento difundido por hecho relevante y sin obligación, por lo tanto, de llevar a cabo el preceptivo y más complejo folleto informativo ante la CNMV.
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vicguimil 28/11/12 14:03
Ha respondido al tema 10ª Emisión de Obligaciones Subordinadas de Bancaja
No se refería a eso, no creeis mas confusion! Ha explicado como han calculado el valor de la quita para preferentes y subordinadas, que es teniendo en cuenta el valor actual, y sumandole un 10% en las subordinadas y un 20% adicional por nosemuybienque...pero resumiendo, la quita en nuestra emisión es del 14%
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