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unosoloenelequipo

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unosoloenelequipo 06/07/15 18:32
Ha comentado en el artículo ¿Qué potencia de luz tengo que contratar?
Conozco a uno que tiene un medidor de audiencia de TV (y le pagan por ello) Y tambien sé que las inspecciones en acometidas y contadores son muy reales. He visto a inspectores con camaras de TV como endoscopios inspeccionar los tubos de la luz buscando dobles acometidas y enganches ilegales. Lo que tambien es muy real son las multas salvajes que te ponen si te pillan al igual que el delito penal por estafa/robo de fluido electrico que te zumban!
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unosoloenelequipo 06/07/15 09:25
Ha comentado en el artículo ¿Qué potencia de luz tengo que contratar?
Buenos dias: Tengo una consulta legal que haceros. Trabajo en una importante empresa que consume mucha energía, mas aun en los meses de verano. Consumimos en alta tensión y tiene un limite contratado de 7500Kw, por lo que si se excede penaliza. Como caracteristica especial tenemos unos generadores diesel de emergencia capaces de dar mas de 10Mw de potencia para que en caso de necesidad por corte de suministro, estén garantizados que todos servicios de la empresa funcionen sin problemas al 100%. Pero desde hace un par de años la empresa viene utilizando estos grupos para no penalizar por exceso de potencia, arrancandolos para asumir la carga que excede de esos 7500Kw. Asi pues casi todo el mes de julio se arrancan estos generadores cuando los consumos se sobrepasan, y se vuelven a parar cuando la demanda disminuye. El numero de horas diarias que pueden estar en funcionamiento puede oscilar entre 2 y 6h. Es legal utilizar unos generadores que son para emergencia (como los de un hospital o los de un gran supermercado) para producir energia cuando conviene y no penalizar por exceso de consumo?? Medioambientalmente es legal tambien?? Un saludo!
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unosoloenelequipo 03/07/15 01:08
Ha comentado en el artículo Ley Antiblanqueo de Capitales: ¿cuando puede el banco bloquear una cuenta?
Muchas gracias por la contestacion! Me soreprende la premura que te has dado. Mañana mismo me acercare al Banco de España y a la oficina de la entidad. Aunque como aclaración te dire que ya había hablado varias veces con el director de la oficina. y que el problema viene de que la anterior Vicepresidenta (firma saliente) no quiere cerder al cambio de firmas. También hemos abierto hace poco una cuenta en otra entidad para poder operar, pero tenemos bloqueado en la CAM-SABADELL mas de mil euros, por lo que es como volver a empezar de 0 literalmente. En fin, un caos en el funcionamiento de cualquier comunidad de vecinos y mas sienso unicamente de 8. Muchas gracias de nuevo. Te contare como acaba.
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unosoloenelequipo 01/07/15 23:10
Ha comentado en el artículo Ley Antiblanqueo de Capitales: ¿cuando puede el banco bloquear una cuenta?
Hola! Soy presidente de una peueña comunidad de ochp vecinos y nuestro problema es el siguiente: En agosto de 2014, la que era vicepresidenta convocó una reunion ante un administrador de fincas (que no es administrador de fincas de nuestra comunidad) donde, entre otras irregularidades, se autonombró Presidenta. Esta junta ni siquiera fue inscrita en el libro de actas de la comunidad y esta persona esta denunciada ante el juzgado de guardia y se interpuso queja al colegio de administradores de fincas. Consultado dos abogados sobre la mejor forma de proceder, se nos dijo que en lugar de impugnar, realizaramos una nueva junta devolviendo la normalidad a la comunidad. Y así lo hicimos, inscribiendo el acta en el libro de actas con fecha de octubre de 2014. Despues de esta junta comunicamos al la entidad CAM-SABADELL cual era la nueva junta directiva para que se realizara el bastanteo de las firmas. Pero esta entidad no solo demoró la contestación hasta abril de 2015, sino que bloqueo la cuenta argumentando primero que necesitaba la autorización de la firma saliente (la anterior vicepresidenta, y segundo que habia dos actas distintas en la que se nombraban a dos presidentes distintos, a pesar de que dichas actas eran una despues de otra, deshaciendo la anterior y sin libro de actas en la primera. Desde entonces tenemos la cuenta comunitaria bloqueada. Escribimos queja a la entidad pero sin obtener respuesta. Esto nos está ocasionando un grave perjuicio a todos los vecinos, puesto que no tenemos ninguna liquidez ni siquiera para lo esencial como realizar el pago de la factura de la luz que esta domiciliada, a pesar de haber dinero en la cuenta. El siguiente paso es ponerlo en conocimiento del Banco de España. Para ello me gustaría que me proporcionaras una argumentación para exponer lo anterior ante el BdE y poder salir de esta situacion limite en la que nos encontramos cuanto antes. Muchas gracias
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