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Unaopiniónmás 30/04/24 17:06
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Estoy registrado a efectos del IVA con mi Número de Identificación Fiscal (NIF) (documento nacional de identidad)Yo entiendo que si respondes que sí a esta pregunta, estás diciendo que eres autónomo o has emitido facturas de IVA con tu NIF, como no es mi caso yo puse que no y el cuestionario me aparece validado desde hace meses.De todos modos, yo creo que sea como sea, la mitad lo habrá hecho mal y no creo que pase nada. Aquí de lo que se trata es de que hacienda tenga los datos suficientes para saber quién eres y poderte enviar una paralela si no declaras lo que dice el informe de Amazon.
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Unaopiniónmás 27/04/24 18:33
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
En relación a esta respuesta vinculante, he encontrado algo en los términos y condiciones de Amazon que quizás pudiera servirnos:Durante los seis meses siguientes a la opinión de un Producto de terceros, devolver dicho Producto de terceros y toda la información correspondiente a Amazon si se te solicita.No vender ni transferir la posesión de ningún Producto Vine a ninguna otra persona ni delegar en nadie la oportunidad de escribir o publicar una opinión Vine.El proveedor de los productos conservará todos los derechos, titularidad e interés sobre el Producto de terceros hasta que hayan transcurrido seis meses desde la fecha de la opinión que hagas del mismo. A partir de entonces, puedes conservar o destruir el Producto de terceros según consideres adecuado, aunque no podrás transferirlo a terceros.Dado que el producto puede tener que devolverse si Amazon lo solicita, ¿no cabría la posibilidad de considerarlo un préstamo para escribir la reseña?
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Unaopiniónmás 27/04/24 17:38
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Parece que ha aparecido una respuesta vinculante de hacienda: En relación con la cuestión planteada, procede referir aquí —con carácter previo— que el criterio que viene manteniendo este Centro respecto a las compensaciones que se puedan satisfacer por la participación de voluntarios en encuestas, sondeos de opinión y similares viene determinado por la condición en la que se participe en los mismos (consultas V0962-13 y V3667-15, entre otras). Así, y siempre que la colaboración de los participantes responda a un hecho circunstancial (es decir, que su participación lo sea exclusivamente en función de la mera condición de encuestado) y no sea consecuencia de una relación laboral (o que procediera calificar como tal, por desarrollarse una prestación de servicios retribuidos por cuenta ajena, bajo el ámbito de organización y dirección del empleador) ni del ejercicio profesional o empresarial de una actividad (esto es, que la colaboración no sea una consecuencia de su perfil empresarial o profesional), la gratificación o compensación que se entregue a los participantes procederá calificarla, a efectos de su tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, como ganancia patrimonial, tal como resulta de lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, donde se establece lo siguiente: “Son ganancias y pérdidas patrimoniales las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél, salvo que por esta Ley se califiquen como rendimientos”. Por tanto, esta será la calificación que procede otorgar en el presente caso respecto a las compensaciones (en este caso, los propios productos —o la utilización de los mismos, en caso que tengan que devolverse— objeto de reseña u opinión, desde su consideración como rentas en especie, conforme a lo dispuesto en el artículo 42.1 de la Ley del Impuesto, valorables, por tanto, según lo establecido en el artículo 43 y 34 de la misma ley) que se perciban, pues cabe entender (conforme con los términos en que se formula la consulta) que la opinión expresada por el consultante sobre el producto, mediante la realización de una reseña en la página web que se los suministra, no deriva de relación laboral alguna ni del ejercicio profesional o empresarial de una actividad en los términos arriba señalados, sino que la reseña se realiza como mero consumidor dentro de ámbito de la relación con obligaciones recíprocas que se establece entre los suministradores de los productos (entrega o utilización de los mismos) y entre el consultante (expresar sus opiniones como consumidor). Lo que comunico a usted con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. 
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Unaopiniónmás 16/02/24 00:02
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Será un rumor si tú quieres pero lo cierto es que los Viners que nos unimos al programa en 2023 y que rellenamos el formulario fiscal cuando se nos pidió tenemos disponible desde hace días en nuestra cuenta un informe fiscal de 2023 para descargar y recibimos a final de enero un email en inglés con los datos que se van a pasar a hacienda desglosados por trimestres. Por lo que a mí me consta, ese informe para los pre-2023 no existe y sólo pueden ver los datos fiscales de 2024 si han seguido en el programa, y si no es así que alguien me desmienta. Si algún pre-2023 quiere incluir los productos que pidió en 2023 en la declaración de la renta debería coger una calculadora y sumar el importe de esos productos (con el inconveniente de que quizás algunos ya ni se venden) porque Amazon no ha hecho informe para ellos, a partir de aquí, muchos entienden que no lo va a pasar a hacienda.
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Unaopiniónmás 13/02/24 19:14
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Como ya he dicho en otros posts, yo no pretendo dar información fidedigna sobre nada, sino tan solo expresar una opinión. Entonces, desde mi punto de vista, quizás los productos de Vine no encajen bien en esta figura tributaria del ahorro pero si lo miras bien no encajan bien en nada.Por tanto, yo creo que dado que se trata de una normativa nueva, la de la DAC, y antes nadie (o casi nadie) tributaba este tipo de regalos en especie, quizás, y sólo quizás, hacienda podría hacer la vista gorda y aceptar pulpo como animal de compañía para aquellos que lo declaren como incremento de patrimonio.
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Unaopiniónmás 09/02/24 14:34
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Pues yo creo que el punto c es al que podemos acogernos, ya que podría darse la circunstancia de que un Viner tuviera que pagar más dinero en impuestos que lo que cuesta ese producto en el mercado libre.Muchos vendedores cuando ponen un producto en Vine inflan el precio para después poder deducir por pérdidas en Marketing. Así Amazon me puede ceder un producto para reseñar con un precio teórico de 50 euros pero que en realidad valga 20 porque hay un cupón descuento de 30 euros, y si me apuras quizás puedas encontrar ese mismo producto en Aliexpress a 10 euros.Entonces si yo incluyo esa "ganancia" de 50 euros en mi IRPF, si tengo muchos otros ingresos puede llegar a tributar al 47% con lo que yo tendría que pagar en impuestos casi 25 euros cuando cualquier otro consumidor lo puede comprar por 20 en la misma Amazon. Un producto que me llega sin garantía, que puedo conservar o destruir pero nunca ceder a terceros, que para su obtención he tenido que realizar un "trabajo" de escribir una reseña. Un despropósito en definitiva.
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Unaopiniónmás 06/02/24 00:58
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Yo ya tengo asumido que a los Viners nos tocará pagar y el palo será de los gordos pero la verdad es que sigo sin verle la lógica a todo esto.Yo he sido, durante muchos años, aunque debo reconocer que ahora mismo ya no lo soy suscriptor de PlayStation Plus. Cuando lo era podía descargarme 6 juegos gratis cada mes entre PS4 y PS5, juegos que para alguien que no tuviera el Plus bien podían costar más de 200 euros en algunos casos, mientras que yo solo pagaba unos 60 euros al año. Cada vez que descargaba uno de estos juegos, recibía un email de Sony agradeciéndome mi compra en la Store con un albarán donde aparecía el precio de venta que era de 0 euros.¿Significa esto que los suscriptores del Plus deberían sumar el valor de mercado de todos los juegos que se descargan gratis en un año, digamos 2000 euros, restarle lo que pagan del Plus, unos 60, y tributar por la diferencia? Sería de locos.Desde mi punto de vista, el valor de mercado de un producto debería ser lo que la gente paga por él, si a mí me traen una pizza por un precio de un millón de euros y yo los pago, ese es su valor. Si pago 0 porque el vendedor ha decidido venderme el producto a ese precio, ya sea porque quiere que escriba una reseña o porque piensa que quedaré enamorado de sus calcetines y a partir de ahora sólo le voy a comprar calcetines a él, su valor es 0, no hay más. Da igual lo que otros deban pagar por él, a mí se me ofrece a ese precio y el precio que pago es el valor de mercado que tiene para mí porque hasta dónde yo sé las leyes españolas no prohíben la venta a 0 euros, ¿y si un supermercado regala productos porque están a punto de caducar y mañana ya no podrá venderlos?Pero ya dejo este hilo, porque está claro que hasta que no recibamos el borrador de hacienda no habrá manera de saber la magnitud del sablazo.
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Unaopiniónmás 05/02/24 00:00
Ha respondido al tema Tributación de productos Amazon Vine con la entrada en vigor de DCA7
Aquí podemos especular mucho, pero la verdad es que nadie sabe cómo va a tributar esto, ni siquiera los inspectores de hacienda, que algunos les han consultado y sólo responden que nos tocará pagar pero no tienen ni idea de cuanto ni en qué concepto. Supongo que quizás al final se acabe adoptando una tributación más o menos homogénea para toda la Unión Europea.Sólo espero que los que tienen que hacer las normativas tengan en cuenta que los viners no somos millonarios que viven en casoplones y ganan dinero a espuertas sin pegar un palo al agua, sino que somos gente común con sus trabajos y sus sueldos, a veces mileuristas, que tienen como hobby escribir reseñas para Amazon sobre unos productos que no compraríamos si no nos los ofrecieran gratis y que no suponen un gran ahorro en los gastos ordinarios de una familia (quizás en ropa si que te ahorras algo pero poco más).Yo, por ejemplo, soy una persona que vive al día y llega a final de mes con quizás 20 euros en la cuenta corriente, si a mí hacienda me pide que pague 6000 euros por los productos recibidos de Vine, pues lo siento mucho pero no los podré pagar, no porque no quiera sino porque sencillamente yo no tengo 6000 euros, que me embarguen los productos recibidos o mi bonito piso de alquiler porque otra cosa no van a poder sacarme.
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