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Incapacidad temporal - Seguridad Social
Hola Martina, si te toca reclamar, mientras estas de vacaciones, te recomiendo tener una cita médica con tu doctor de cabecera, que te haga un escrito de lo que puedes y no puedes hacer, tendrás que estar en contacto con tu empresa para ver si te adaptan o no el puesto, por otro lado coge un abogado y pon una demanda (tienes un mes nada mas)y cuando te termine las vacaciones te reincorporas , si no lo haces es despido procedente, el juicio y demas tardará (las cosas de palacio van despacio como siempre)
toni_3831/08/25 14:49
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Incapacidad temporal - Seguridad Social
Si te comunican el alta y no la incapacidad permanente, si tienes que ir a trabajar, lo mejor que puedes hacer es el dia que te lo comunican escribir a tu empresa pidiendo tus vacaciones que te deben desde la baja (1 mes y picó), eso sí siempre por escrito para que no te hagan trampa y te digan que no lo comunicaste, durante esas vacaciones, si te dan el alta , coge un abogado y via judicial te tocará decir que no estas de cuerdo con el alta, eso sí tardará (ya sabes que lo temas judiciales tardan), y también te tendrán que adaptar el puesto en tu trabajo , y pide a tu doctor o doctora de cabecera un informe con lo que si puedes hacer y lo que no puedes hacer, aunque seguramente tu empresa te mandara a la mutua para lo mismo, pero contra mas papeles tengas para recurrir el alta mejor que mejor.
toni_3830/08/25 12:36
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Incapacidad temporal - Seguridad Social
Buenos dias Martina , teniendo 10 años cotizado es posible que si te puedan ese 55% , esos 24 meses que son pagados de una vez si es difícil, pero sirve para recibir ese dinero y volver a trabajar , ya sea en tu puesto de trabajo adaptado o en otro sitio que no tenga que ver con tu antiguo trabajo, yo te recomiendo lo siguiente.Primero habla con tu empresa para que te diga fecha exacta para la baja en la SS , segundBuenos dias Martina , teniendo 10 años cotizado es posible que si te puedan ese 55% , esos 24 meses que son pagados de una vez si es difícil, pero sirve para recibir ese dinero y volver a trabajar , ya sea en tu puesto de trabajo adaptado o en otro sitio que no tenga que ver con tu antiguo trabajo, yo te recomiendo lo siguiente.Primero habla con tu empresa para que te diga fecha exacta para la baja en la SS , segundo ve a la SS y pide que te digan si serán ellos quien te hagan el pago directo (que es lo mas problable)y si es así que te den el formulario para rellenarlo, rellénalo y envíalo eso si siempre que te den de baja en la SS , del apgo directo a ser enfermedad común los primeros 3 dias no cobrarás, luego hasta del 4 al 20 el 60% y del 21 hasta finales el 75%, no lo dejes eso xq sera el dinero que te alumbre mientras ya que tienen que comprobar informes , vida laboral etc....y si no te dieran la incapacidad permanente (que todo es posible)ya que muchas veces se basan en cosas superficiales no lo dejes recurre con un abogado que tienes 30 dias para ello.
toni_3830/08/25 01:29
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Incapacidad temporal - Seguridad Social
Hola perdona la demora Martina, veamos en caso de incapacidad tienes 4 opciones , la parcial , la total , absoluta y gran invalidez , la parcial es de un 33% de la capacidad de rendimiento te pagan 24 meses (junto no por mes) y te incorporas a trabajar, la absoluta y gran invalidez son la primera no puedes desempeñar ningún tipo de trabajo y la gran invalidez es que necesitas ayudas para las cosas básicas del dia a dia, sobre el del 55% (la total)si te reconocen la incapacidad total y no has cotizado no tienes derecho a la pensión contributiva , pero si a una no contributiva que en ese caso el porcentaje que te pagarán dependerá de la pensión no contributiva que te reconozcan , la cual no está vinculada a una base reguladora ni a un 55% , espero que se entienda .
toni_3829/08/25 22:15
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Incapacidad temporal - Seguridad Social
En ese caso si no me equivoco te paga la SS , como te dije compruébalo en la SS (no hace falta pedir cita)con ir a información es suficiente , habla con la empresa xq te tienen que dar de baja en la SS y preparar tu los papeles del pago directo .
toni_3829/08/25 18:22
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Incapacidad temporal - Seguridad Social
Si fue accidente de trabajo te paga la mutua , si no es por accidente de trabajo la SS , no suele tardar tanto pero ponen ese tiempo para curarse en salud por si existe retraso, si a los 135 dias no contestan se da como silencio administrativo (te dan el alta sin contestar), si tienes dudas de quién te tiene que pagar ve a la SS y te dirán quién lo debe hacer, prepara los papeles del pago directo y entregalo lo antes posible , suelen pedir rellenar un papel y el modelo 145 irpf .
toni_3829/08/25 15:37
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Incapacidad temporal - Seguridad Social
El tiempo máximo de espera para la resolucion es de 135 dias sin contar festivos ni fines de semana .
toni_3824/12/21 14:45
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Ingreso del banco 68.80 - Ingreso mínimo vital
Hola , pues solo lo que me pagaron ellos , tanto los atrasos como cada mes .
toni_3824/12/21 14:42
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Ingreso del banco 68.80 - Ingreso mínimo vital
toni_3826/05/21 21:46
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Me llegó la carta y tengo alguna duda - Ingreso mínimo vital
Mama15 gracias y espero y deseo que pronto te den una alegría a ti
toni_3826/05/21 21:45
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Me llegó la carta y tengo alguna duda - Ingreso mínimo vital
Gracias de nuevo Sonia por la información y perdón por las molestias
toni_3826/05/21 20:07
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Me llegó la carta y tengo alguna duda - Ingreso mínimo vital
Gracias Sonia , pensaba eso pero dije mejor pregunto no sea que luego me quedé con cara de pasmado , supongo que la fecha serán para calcular los atrasos , verdad?
toni_3826/05/21 18:49
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Me llegó la carta y tengo alguna duda - Ingreso mínimo vital