Hola, una pregunta.
Soy Autonomo. facturo mensualmente a una empresa por servicios con retención IRPF e IVA en la factura. Tengo que presentar el 347 por estas operaciones.? se supone que es la facturación del servicio por la actividad profesional que ya declaras en IRPF? también declaras iva trimestral en 303
Hice un viaje y me costó más de 3000 euros. eso fue un gasto que NO declaré para desgravar.¿debo hacer un 347 con este gasto? solo por el hecho de superar 3000 euros?
gracias
Bufff vaya cacao !!
A ver, yo vendí en 2012 unas acciones con una minusvalia de 9000 euros.
volví a comprar acciones en 2012 y he decidido vender la cartera este mes de enero. Todas tienen mas de un año evidentemente.
Mi pregunta es: ¿si vendo toda la cartera con plusvalias y vuelvo a comprar al dia siguiente acciones de la misma empresa, ¿podria compensar esas minusvalias de 2012 con la venta de este mes? ¿Influye si compro acciones otra vez al dia siguiente? Gracias
Tampoco es mala opción la que comentas.
La idea era entrar ahora en una .... y cuando junte algo más de cash entrar en la otra. Es la idea. A lo mejor por el tema comisiones es mejor pimero una y luego otra...aunque tampoco es exagerada la diferencia.
Gracias, lo tendré en cuenta.
Hola a tod@s,
me planteo entrar para aumentar la cartera pero tengo mis dudas. A ver que me podeis comentar.
La idea es tener las acciones minimo un año, y seguramente dejarlas "hacerse viejas"....
Mapfre o Iberdrola ?
Esa es mi duda. Parece que el dividendo es parejo, así que por eso no le veo mucha importancia. El precio es mejor Mapfre.... no sé, algún consejo?
Que punto de entrada veis ? ese 5,20 que comentaban antes o no veis que caiga tanto?
Gracias.
Hola a tod@s,
me planteo entrar para aumentar la cartera pero tengo mis dudas. A ver que me podeis comentar.
La idea es tener las acciones minimo un año, y a lo mejor dejarlas "hacerse viejas"....
Mapfre o Iberdrola ?
Esa es mi duda. Parece que el dividendo es parejo, así que por eso no le veo mucha importancia. El precio es mejor Mapfre.... no sé, algún consejo?
Que epunto de entrada veis ?
Gracias.
El día 14 lunes tienes que tener las acciones al cierre de la sesión para tener deerecho a cobrar el dividendo.
El martes 15 se empieza a negociar los derechos a mercado.
salu2
Solo una apreciación. Si llegarás a cobrar más dividendo de lo que te costaron las acciones, es decir el precio de compra llega a ser CERO en algún momento, deberias declarar esas ventas a mercado y pagar por el dinero cobrado que exceda del valor de compra.
salu2
Ya que no contesta nadie, me la contesto yo !
He leído el manual de la renta 2013.
Parece que hay que rellenar la casilla 369 con el importe de las perdidas de años anteriores, todas sobre el ahorro !! No puede exceder de la cantidad que figura en la casilla declarada 368. Con lo que si te "sobra saldo" de las perdidas de 2009 a 2012, NO HAY QUE PONERLO EN NINGUN SITIO y solo tienes que saber que todavia puedes compensar en las rentas del ahorro de los años siguientes (hasta 4 dependiendo de la compra).
ejemplo.
en 2012 pierdes dinero al vender acciones MINUSVALIAS = 2500 euros
en la declaración 2013 el resultado de la casilla 368 es de 175 euros.
DEBES poner 175 euros en la casilla 369 (COMPENSAR CON LAS PERDIDAS ANTERIORES) y además debes saber (Y NO SE PONE EN NINGUNA CASILLA de la declaración 2013) que tienes 2325 euros ( 2500 - 175 ) para compensar en futuras declaraciones de IRPF (hasta 4 años desde que se generaron las minusvalias)
Si no lo he entendido mal, creo que es así !!
salu2
Nadie dice que ignores el precio de compra.Por muy remoto que sea !!!Igual me he expresado mal.
Lo que digo es LA MINORACION, LO QUE RESTAS !! me preguntaba si debes restar solo los últimos CUATRO AÑOS !!! puesto que los derechos cobrados (SOLO LOS DERECHOS COBRADOS) podría haber prescrito la obligacion de declararlos.
Poniendo un ejemplo, si yo he vendido un piso en 2008 y no he liquidado PLUSVALIA, a día de hoy NO TENGO obligación de presentarla puesto que tienes un periodo de 4-5 años para su liquidación !!!! si no lo has hecho, la obligación PRESCRIBE ! este ejemplo lo veo más grafico que lo que comentas de "olvidar" el precio de compra.
salu2
Una pregunta que me ha venido a la cabeza este finde...
En todas las operaciones hechas de compra-venta, trasmisión, herencias etc.... siempre hay un plazo de 4-5 años y PRESCRIBE la operación y las obligaciones que conlleva.
EN el tema de minorar el precio de la acción el día de la venta, si has estado cobrando derechos más de 4 años ¿hay que minorar el precio con los derechos vendidos hace más de 4-5 años? Se supone que han prescrito ¿no? Digo yo que solo habría que descontar el precio de los derechos vendidos los últimos 4-5 años como todas las operaciones, prescriben las obligaciones.
Pongo 4-5 años porque no sé exactamente si ahora la ley marca 4 o 5 años...lo han cambiado varias veces.
Es como yo expongo o la ley marca otra cosa?
un saludo y gracias de antemano.
Entonces, este año no hay que poner nada de los derechos vendidos en el mercado en la declaración de la renta 2013, puesto que no ha habido venta de acciones (en mi caso). ¿no?
Evidentemente continua la obligación de minorar el precio de compra de las acciones el día que se produzca la venta.
Por cierto, cuando venda las acciones y vaya a minorar el precio, ¿debo descontar 1500 euros cada año que he vendido los derechos??? ¿tienen esa exención de 1500 euros anuales? Se debe aplicar a la hora de minorar el precio de compra?
Gracias
Hola !
Una pregunta.
Has comentado que si cobras los derechos del dividendo a cotización de mercado, debes declararlo cuando vendas las acciones minorando el valor de las mismas. Totalmente de acuerdo. Pero mi duda es ¿si las acciones las has tenido más de 4 años y has estado cobrando dividendo más de 4 años? ¿Qué importe debes minorar? El correspondiente a los últimos 4 años o si has estado 9 años cobrando dividendo(bueno mejor dicho vendiendo derechos etc...) debes minorar los 9 años o se supone que más atrás de los 4 años ha prescrito??
Gracias por tu respuesta.
Un saludo