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Participaciones del usuario sstephane

sstephane 05/01/16 23:12
Ha respondido al tema Fin de contrato de arredamiento de vivienda
Eso abajo es lo que mas responde a mi caso creo (si lo entiendo bien: en abril 2016, no tendre que firmar otro contrato al finalizar estos 5años de contrato (que tiene "un caracter definitivo, con la duracion de un año" como el dice). Despues y si quiero marcharme, solo avisarlo al arrendador 2meses antes): ( http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=FRAME_Contenido_FA&childpagename=PortalConsumidor%2FFRAME_Contenido_FA%2FPTCS_contenidoGenerico&cid=1343066042280&p=1343064071745&pagename=PTCS_wrapper ) "Duración Contratos celebrados hasta el 5 de junio de 2013 Si no se pacta ningún plazo, la duración del contrato es de un año y se prorroga obligatoriamente por el mismo periodo hasta llegar a cinco años, salvo que: El arrendatario notifique por escrito al arrendador, un mes antes de la fecha en que termina el contrato o la prórroga, su voluntad de no renovarlo. El arrendador manifieste, en el momento de la firma del contrato, su necesidad de ocupar la vivienda para uso propio antes de cinco años. Si transcurren los cinco años y ninguno de los contratantes solicita no renovar el contrato, el alquiler se prorroga, con carácter obligatorio para el arrendador y voluntario para el inquilino, por plazos anuales hasta un máximo de tres años más. En cada vencimiento anual, el inquilino tiene la posibilidad de comunicar al propietario, con 30 días de antelación, que no va a renovar el contrato. El arrendatario puede desistir anticipadamente del contrato siempre que haya permanecido al menos cinco años en alquiler, pero debe comunicarlo por escrito al arrendador dos meses antes. Si el arrendatario decide romper el contrato en cualquier otro caso, el arrendador puede reclamarle judicialmente la compensación del perjuicio que la cancelación le haya ocasionado. "
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sstephane 05/01/16 22:11
Ha respondido al tema Fin de contrato de arredamiento de vivienda
Dices "...si ninguna de las dos partes comunica a la otra su negativa a esa renovación con una antelación mínima de un mes. " En mi caso, creo que serian 2meses de antelacion por haber firmado un contrato anterior a la ultima LAU y que ademas no dice nada al respeto dentro. Pero si dice lo que acaba de descubrir: "No procedera prorroga obligatoria alguna de los contratos, ya que el arrendador se encuentra ante la posibilidad de necesidad de ocupar la finca..." (Bueno si fuera el caso que me lo comunica 1mes mini antes del fin del contrato...sin embargo creo que le interesa que sigua aqui pagando su hipoteca, ademas de no proporcionar ninguna molestia) Gracias por las infos
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sstephane 05/01/16 17:08
Ha respondido al tema Fin de contrato de arredamiento de vivienda
Al respeto del 1er contrato y seguro porque lo firmamos en 2011 (antes del cambio de la LAU del 2013), la fianza no fue depositada. De hecho, si firmamos en abril 2016 un nuevo contrato tenemos obligacion de depositarla («priorizar la voluntad de las partes frente a las obligaciones legales» como lo dicen) o es optativo? En http://www.madrid.org (>Vivienda) , leo interesantes info sobre Contratos celebrados hasta el 5 de junio de 2013 y los celebrados a partir del 6 de junio de 2013, pero me cuesta entender varios puntos, por ejemplo si en mi situacion tengo que firmar un nuevo contrato, dicen (Apartado "Contratos celebrados hasta el 5 de junio de 2013"): "Si transcurren los cinco años y ninguno de los contratantes solicita no renovar el contrato, el alquiler se prorroga, con carácter obligatorio para el arrendador y voluntario para el inquilino, por plazos anuales hasta un máximo de tres años más. " Por los foros, unos me dicen si, otros no..
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sstephane 05/01/16 12:04
Ha respondido al tema Fin de contrato de arredamiento de vivienda
Muchas gracias Nassiux por tu respuesta, Vuelvo a preguntar sobre la fianza: Si se firma otro contrato (un año prorrogable hasta 3) se puede salir antes de cumplir el 1er año sin que nos retenga el dueño la fianza por ello? (la pregunto porque era tal condicion en el 1er contrato, si firmamos un siguiente, sera lo mismo?) Gracias
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