Si, las perdidas pueden ser anteriores y puedes compensarlas en los 4 ejercicios siguientes de haberse producido.
En tu caso puedes vender las acciones si lo crees conveniente y vender la vivienda ahora o esperar un comprador y compensar.
Siempre que las acciones las tengas desde hace más de un año, para no tener problemas si la venta la formalizas en 2015 la podrás compensar sin importar el periodo de tiempo.
Entonces este dividendo se cobra en enero con lo cual se pierde en el cobro en efectivo la fiscalidad favorable del dividendo de 2014, podían haber tenido el detalle de pagar en 2014.
Así lo interpreto yo aunque puedo estar equivocado.