Pregunta, en el supuesto que el fallecido es viudo, ¿para calcular la legítima se debe incluir el 3% del ajuar? Y si ha dejado más a un heredero que a otro, en el cuaderno particional se les puede computa por partes iguales o tiene que ser en proporción a sus cuotas.
Muchas gracias,
Entiendo que entonces tributaria dos veces, una por impuesto de sucesiones y otra por irpf. ¿pero no seria objeto de comprobación por parte de la consejería de hacienda ?