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Sofise

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Sofise 07/10/10 20:40
Ha respondido al tema Comunicacion del seguro de vida al beneficiari@
Buenas tardes: NO, la aseguradora no tiene ningun tipo de obligacion. Una vez dicho esto entiendo particularmente que cuando se produzca el fallecimiento de una persona es mas que conveniente "invertir" 3´50 € y que el supuesto beneficiario no tenga ninguna duda Un saludo Nota: Creo recordar asi mismo que el citado modelo 790 sirve para solicitar el registro de "ultimas voluntades", asi que a la vez que se solicita para la declaracion de herederos no esta de mas solicitar las anotaciones de contratos de seguros en el registro (entiendo que NO existe ningun tipo de desproteccion para los beneficiarios, aspecto que anteriormente si se producia.) www.sofise.es
Sofise 06/10/10 23:20
Ha respondido al tema Comunicacion del seguro de vida al beneficiari@
Buenas noches: Tan sencillo como pedir mediante el modelo 790 del Ministerio de Justicia y abonar la tasa de 3.50 € aportando: .- certificado de defunción .- el Número de Identificación Fiscal (NIF) del solicitante y del fallecido. .- el resguardo del abono de la tasa correspondiente Esta regulado mediante la Ley 20/2005 http://www.sofise.es/index.php?option=com_phocadownload&view=file&id=297:ley20-2005&Itemid=111 Y el desarrollo de la Ley mediante el Real Decreto 398/2007 http://www.sofise.es/index.php?option=com_phocadownload&view=file&id=298:desarrllo-ley20-2005&Itemid=111 Un saludo www.sofise.es
Sofise 06/10/10 00:10
Ha respondido al tema Dudas culpabilidad accidente por cambio de carril
Buenas noches: Te comento: a.- Tema culpabilidad: Tu compañia aplica culpabilidad e convenio, con respecto a que efectuas un cambio de carril (te acompaño tabla de culpabilidad CIDE) http://www.sofise.es/index.php?option=com_phocadownload&view=file&id=4:culpabilidadcide&Itemid=111 Asi mismo puedes observar como tratan las compañias (en el convenio establecidas entre ellas el tema de Giros (apartado 18, pagina 36) y circulacion en paralelo/cambio de carril (apartado 8, pagina 15) http://www.sofise.es/index.php?option=com_phocadownload&view=file&id=14:apliccideascide&Itemid=111 b.- Reglamento de circulacion: El mismo indica en su C A P Í T U L O VII, ADELANTAMIENTO SECCIÓN 1; ADELANTAMIENTO Y CIRCULACIÓN PARALELA ARTÍCULO 82- en su apartado tercero se indica "Dentro de los poblados, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, se permite el adelantamiento por la derecha a condición de que el conductor del vehículo que lo efectúe se cerciore previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios". Conclusion: Culpa Un saludo www.sofise.es
Sofise 05/10/10 21:23
Ha respondido al tema Que motiva a un cliente para hacerse un seguro de vida
Buenas tardes: Es lo que me suele ocurrir (sacar de dudas a los peritos) aunque sean tan "grandes" como tu :) un saludo www.sofise.es
Sofise 05/10/10 19:08
Ha respondido al tema Que motiva a un cliente para hacerse un seguro de vida
Buenas tardes: Mal vamos cuando se habla de “vender”, esto para mi es como cuando los bancos te “colocan” sus seguros. Particularmente yo planteo al cliente la “necesidad” pero dejando bien claro que es SU necesidad (no la mía o la de la entidad aseguradora, ). Si eliminamos los seguros “obligatorios” nos tenemos que basar en como digo la necesidad del cliente, imagínate que me lo quieres ofrecer a mi y me planteas el precio (40 €), esta claro que el capital no será muy elevado y por tanto dejarle a mi esposa un seguro con un capital ínfimo NO me interesa, otra cosa es que hablemos de mi nivel de vida, mis gastos fijos (o los de mi mujer) y cual seria el resultado si yo faltara, que duda cabe que el capital resultante seria superior al que ofreces con esos 40 € ya que ese que me ofreces no crea en mi una necesidad (lo mas normal es que si te lo hago es por un favor, no porque me resuelvas nada). Por tanto mi planteamiento reitero es la necesidad que tenga el cliente. Pongámonos en que después de hablar con el cliente entiende que tiene ese interés, nos encontramos con dos aspectos, capital y coste del seguro y lamentablemente ambos son incompatibles entre si, me explico: Volvamos a mi como cliente tipo y te indico que el capital que deseo son 600.000 €, en cuanto me digas la prima resultante la necesidad se convertirá en un aspecto claro que será la imposibilidad de pagar la prima. En ese momento es cuando uno tiene que asesorar al cliente, un planteamiento puede ser desglosar esos 600.000 € de capital en un capital de muerte con doble y triple capital (sigues hablando del mismo capital pero el importe total varia sensiblemente), innegablemente la prima será lo suficientemente alta para seguir efectuando planteamientos y en ese momento ya entran las acciones comerciales que uno conozca y las mismas únicamente las da la experiencia (aunque insisto que sea el cliente quien asuma que la contratación de dicho seguro de vida es necesario ya que sino el resultado es que te esta haciendo un favor regalándote 40 € (aunque no sea así). Un consejo, la gestión de venta de un contrato de 40 € es la misma que un contrato de 200 € o de 600 € y el tiempo dedicado a su comercialización sin duda será inferior a la comisión que te ofrezca la cia. Por ultimo cuando un cliente te solicite tu intermediación se sincero y no intentes “vender” un contrato en el cual no crees (por ejemplo el decesos, yo no creo en el y existe clientes que lo demandan (quizás por aspectos tan recurrentes que lo han vivido en casa de sus padres o un mal entendido servicio en esos momentos en los que se pierde un ser querido, cuando si vas a un tanatorio y pones 3500 € sin duda te ofrecerán un servicio mas que digno) Conclusión: primero necesidad del cliente y cuando esta exista, asesoramiento (incluso para decirle que el contrato que tiene (sea de vida u otro) esta perfecto y que no puedes llegar a dichas coberturas (perderás una “venta” pero ganaras prestigio) y a la larga en este negocio es estar aunque cierres una operación 5 años mas tarde. Un saludo www.sofise.es
Sofise 03/10/10 14:42
Ha respondido al tema Seguros de decesos y cambio de comunidad autonoma
Buenos dias: Tan sencillo como comprobar en las condiciones particulares o generales de la poliza (ojo las aceptadas por el tomador del seguro, no las que indique la cia) si tiene la obligacion de comunicar dicho cambio. Si no existiera o se propusiera por la cia aseguradora de forma unilateral NO tendrian validez. En el tema de decesos el problema con el que se encuentran las cias es que muchas veces los suplementos NO estan firmados (recuerdo el caso de mi padre sobre cuyo contrato no querian efectuar un cambio, el planteamiento fue muy sencillo en la poliza original (unica firmada por mi padre) se reflejaba que el coche funebre seria tirado por 6 caballos negros, fue comentar de forma velada que exigiria el cumplimiento del contrato para que de forma automatica el cambio que era imposible realizar, se aceptara). Un saludo www.sofise.es
Sofise 01/10/10 22:36
Ha respondido al tema Coche siniestro que soluciones tengo?
Buenas noches: En principio ese tendria que ser el acuerdo correcto (por lo menos yo lo defenderia asi ante la entidad aseguradora y pienso, sin ser pretencioso, que lo conseguiria para cualquier cliente de mi correduria), ya que se te indemniza por el daño realmente causado. Eso si ten en cuenta que por los convenios entre cias es tu entidad aseguradora quien te tiene que abonar el siniestro, en el caso que nos ocupa es una baza a tu favor(si se sabe usar), de todas maneras si te plantean que no te abonan la citada cantidad indicales que quieres reclamar al causante. Por ultimo y si me permites un consejo, veo que indicas que tu seguro esta efectuado con Linea Directa y por lo que veo tienes que recurrir al asesoramiento de un foro de internet, me tomo la libertad de darte un consejo, la proxima vez contrata tu seguro con un mediador profesiona, porque con independencia de que pidas consejo existe una segunda parte que son los tramites y esos te los haria dicho mediador (en este caso te tova a ti). Lamentablemente la gente solo mira el precio del seguro, pero nunca le suma el coste que le suponen algunas gestiones. Un saludo www.sofise.es
Sofise 01/10/10 10:40
Ha respondido al tema Coche siniestro que soluciones tengo?
Buenos dias: Aplica el sentido comun, si el abono lo tuvieras que hacer tu y no la entidad aseguradora, ¿reparararias un vehiculo, gastando 7000 €, cuando hace mes y medio te costo 2.600 €?, imagino que tendras justificantes de esa compra (que no dudo que seria excelente) efectuada hace mes y medio, reclama tus 2.600 € (otra cosa es que la reparacion costara, por ejemplo 3500€). un saludo Nota: Te quejas de que la cia te abona un 70% de lo que te costo, pero no ves que la reparacion es un 170% de lo que te costo www.sofise.es
Sofise 01/10/10 00:20
Ha respondido al tema Agencia de credito me reclama un impago relacionado con groupama (seguro automovil)
Buenas noches: Lo que indica el citado articulo 24 de la Ley 30/95 es que las tarifas de primas deberan ser suficientes, que no deberan tener autorizacion de la DGS para aplicar las tarifas, que la DGS podra intervenir si observa que las tarifas no son suficientes (podian entonces intervenir y suspender multitud de polizas), que se pueden crear ficheros etc,etc. De todas maneras entiendo que realmente tenia que hacer referencia al artículo 25.3 del texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre (quedando en su "disposicion derogatoria" derogada la Ley 30/95) y que indica Las tarifas de primas deberán ser suficientes, según hipótesis actuariales etc.etc. (vamos lo mismo que el articulo 24 de la Ley 30/95) CONCLUSION: La Cia te dice que puede aumentar la prima, OK la Ley se lo permite pero la Ley tambien indica segun el artículo 1º de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, la prima es un elemento esencial del contrato. Por ello, cualquier modificación de la misma constituye una modificación contractual conforme al artículo 1.203.1 del Código Civil, cuya validez requiere el concurso de la voluntad de ambos contratantes, con arreglo al artículo 1.262 del Código Civil.Por su parte, el artículo 5º de la Ley de Contrato de Seguro, establece que el contrato de seguro y sus modificaciones o adiciones deberán ser formalizadas por escrito. Resultado: Ud utilice la Ley, que yo como parte integrante del contrato tambien la usare y como no me avise con dos meses de la subida (articulo 22 de la LCS) yo no tengo porque aceptarla y a la cia SOLO le queda la opcion de aplicarme la prima del ejercicio anterior (subiendo el ipc si esta pactado) o no prorrogar el contrato y por tanto el tomador quedar liberado de contratarlo con quien le de la gana. Un saludo www.sofise.es
Sofise 30/09/10 01:06
Ha respondido al tema Consejos para pagar el seguro
Buenas noches: Lo que se esta dando es financiar el pago del seguro (por ejemplo Cofidis) y como no puede ser de otra manera te lo cobran via intereses (tambien cobran las entidades aseguradora por fraccionamiento). Un saludo www.sofise.es
Sofise 30/09/10 00:58
Ha respondido al tema Tickets de desplazamiento
Buenas noches: Sin dar muchas explicaciones mas, lo que deduzco de tu post son dos aspectos distintos a.- Tramitacion de un expediente de siniestro b.- renovacion de la poliza Con respecto al primer punto existen dos opciones que el siniestro sea por daños a tu vehiculo (cobertura de Todo Riesgo) pero sin tener contratado el vehiculo de sustitucion (haciendo un inciso cobertura que odio ya que para que la compañia abone se tiene que dar la conjuncion de la luna con la estrellas y particularmente lo entiendo como un foco de incidencias con los clientes)si es un daño propio no entiendo bajo que cobertura te tendrian que abonar los gastos de desplazamiento. Siguiendo con el apartado a.- como ya se ha indicado en numerosas veces el artículo 1.902 del Código Civil indica “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado" entendiendo por tanto que el accidente fue culpa de un tercero es dicho tercero el que te tiene que abonar el daño causado (imagino que por convenio te lo abonaria tu entidad aseguradora)pero dentro del "daño causado" incluiremos además la indemnización de los perjuicios derivados de la imposibilidad de utilizar el vehículo durante un periodo de tiempo. Conclusion: Si es culpa de un contrario es la entidad adversa (y no la tuya) quien tiene que efectuar el abono de los tickes de desplazamiento (eso si, imagino que tendras una cobertura muy hermosa y por la cual te cobran una prima, de reclamacion de daños (eso es lo que le puedes exigir a tu entidad aseguradora que reclame pero no que te lo abone). Con respecto al apartado b.- recoradarte que si te vence el seguro dentro de un mes y no quieres renovarlo tendras que tener comunicado a dicha entidad tu intencion de oponerte a la prorroga del contrato de seguro (articulo 22 de la LCS), en caso contrario te tocara aceptar la renovacion o en su defecto esperar a una modificacion de la prima (u otro elemento del contrato, aunque lo de la prima es lo mas usual) con el fin de rehusar dicha renovacion al amparo del articulo 5 de la ya citada LCS por modificacion unilateral del contrato por su parte. Un saludo www.sofise.es Nota: Viendo tu perfil veo que ya comentastes el caso y era culpa de un contrario (obvia por tanto lo comentado sobre el todo riesgo), tambien vi que eras de Andorra (desconozco la legislacion al respecto) y en ningun caso pretenderia que mis comentarios te indujeran a cometre un error por mi desconocimiento de dicha legislacion
Sofise 30/09/10 00:43
Ha respondido al tema Interpretación de “Defensa Jurídica” póliza de Mapfre (vehículos)
Buenas noches: Por esas clausula en la defensa juridica (entre otras cosas) es por lo que no efectuamos seguros de automoviles en Mapfre (entre otras cosas), el "problema" con el que nos encontramos es que Mapfre tiene un nombre en el sectoy y existen clientes que "exigen" (gracias a Dios cada vez menos) que se le haga el seguro de automovil en dicha entidad aseguradora. La pregunta que te tienes que hacer es porque tienes tu que analizar la poliza y no el mediador. Un saludo www.sofise.es
Sofise 28/09/10 10:19
Ha respondido al tema Duda sobre siniestro total en coche de 15 años
Buenos dias: Sin especificar accesorios y modelo exacto, estimo que el valo estara en unos 1000 € (a deducir valor de restos).Por lo que me cuentas NO es un siniestro de aplicacion convenio sino una RC de FEVE. En este caso es plantear al causante (que lo haga a traves de su entidad aseguradora) el importe de un coche similar (que estara en esos 1000 o 1500 €), siempre tiene la via de reparar el vehiculo y reclamar judicialmente pero ya existiran dos variables una que determinen RC del adverso y segundo que el juez acepte como "logica" la reparacion efectuada. En este caso ya no entramos en plantamientos legales de la operativa de entidades asegurdoras es simple y llanamente el intentar valorar al maximo el vehiculo. Un saludo. www.sofise.es
Sofise 28/09/10 01:36
Ha respondido al tema Duda sobre siniestro total en coche de 15 años
Buenas noches: La primera pregunta que te debo de hacer es de que importe estamos hablando (tanto de reparacion, como oferta de indemnizacion), de todas maneras hay una serie de aspectos que la entidad aseguradora CAUSANTE (no la de tu amigo, otro tema son los convenios entre entidades) 1.- Los terceros que resultan perjudicados en un accidente en el que no concurre su culpa tienen derecho a ser indemnizados en su totalidad, por aplicación del artículo 1.902 del Código Civil, según el cual “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. 2.- Dentro del resarcimiento se incluye la reparación del vehículo restituyéndolo a su estado anterior a la producción del siniestro y además la indemnización de los perjuicios derivados de la imposibilidad de utilizar el vehículo durante un periodo de tiempo, salvo en el caso de que se probara que el vehículo no se usaba en el momento anterior al siniestro. (Esto es sobre todo por el tema de reclamar los gastos de un alquiler de un vehiculo o gastos de taxis, aspecto este que las entidades aseguradoras son muy dadas a poner pegas) 3.- Ante esta obligación de reparación algunas entidades aseguradoras expresan su oposición en aplicación del artículo 26 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, ya que la citada reparación supone un enriquecimiento injusto para el perjudicado cuando el importe de la reparación es superior al valor venal en el momento anterior a la producción del siniestro Una vez indicados los apartados anteriores la "norma" que prevalece es el articulo 1902 del codigo Civil (eso si siempre que no sea "disparatado"), no seria logico que en un vehiculo de valor venal de 1500 € se efectuara una reparacion de 15.000 €. Como "ayuda" ten en cuenta que tu entidad aseguradoa recibe de la adversa 882 €, si insistes en reclamar al causante, se ve en la obligacion (por convenios entre entidades) de devolver dicho importe asi como asumir una "multa" por el citado importe otros 882 € (asi como el coste del proceso judicial). Un saludo www.sofise.es
Sofise 26/09/10 10:12
Ha respondido al tema Seguros y bancos.
Buenos dias: Como maximo es por un periodo de 10 años "Artículo 22. La duración del contrato será determinada en la póliza, la cual no podrá fijar un plazo superior a diez años. Sin embargo, podrá establecerse que se prorrogue una o más veces por un período no superior a un año cada vez." De todas maneras es tan sencillo como pedirle al posible cliente te facilite copia de su contrato de seguro y el ultimo recibo pagado (particularmente me suena mas a comentario del "bancario" de turno del tipo "no puedes cambiar el seguro mientras exista la hipoteca") Un saludo www.sofise.es
Sofise 25/09/10 00:05
Ha respondido al tema DAS vs ARAG
Buenas noches: Particularmente Arag, no por nada y sin duda seran apreciaciones subjetivas (como son siempre las opiniones) Un saludo www.sofise.es
Sofise 21/09/10 22:39
Ha respondido al tema Allianz, el peor seguro de mi vida
Buenas tardes: Y tu mediador?, si existe un problema con el perito que te lo gestione el, tu no te tienes porque hacer su trabajo. Segun comentas existe un responsable el cual con independencia de los convenios entre entidades aseguradoras se tiene que hacer cargo. Solicita un presupuesto al taller y mediante comunicacion escrita (que lo haga tu mediador) le comunicas a Allianz que o efectua el abono o que reclame el importe al causante en aplicación del artículo 1.902 del Código Civil, según el cual “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado" Te hablaran de que si los convenios entre cias, que si el perito es independiente, etc,etc.. Conclusion: Requiereles por escrito al abono y que si no estan de acuerdo que reclamen (incluso judicialmente), habida cuenta de las penalizaciones en los ya mencionados convenios (reitero convenios entre entidades aseguradoras y en ningun caso aceptadas por los asegurados) no les interesara. Un saludo www.sofise.es
Sofise 21/09/10 18:21
Ha respondido al tema Que os parece pagar por un seguro de la casa
Buenas tardes: Desconozco si quien escribe es periodista, mediador de seguros o señora de la limpieza (con todo mi respeto para las sras de la limpieza) que vio un ordenador encendido y se puso a escribir. Francamente el unico merito que le veo es poner tal cantidad de tonterias juntas en un texto de ese tamaño, pero esta claro que si se puede. Por definirlo de alguna manera dire solo dos palabras "verguenza ajena", como alguien que no tiene ni p. idea se permite publicamente el recomendar y asesorar, es como si yo soltara una disquisicion sobre las avutardas en celo o los motivos de la excelente cosecha de albaricoques de 1983. Eso si el citado articulo puede dar para un juego y es sacar la cantidad de errores que contiene, empiezo yo "Otras incluyen la garantía de asistencia del hogar, que está diseñada de manera expresa para que el asegurado garantice el mantenimiento adecuado de su vivienda." (toda la vida explicando a los cliente que el seguro de hogar no es un contrato de mantenimiento..... y tener que leer esto) un saludo. www.sofise.es
Sofise 21/09/10 18:10
Ha respondido al tema Cuantos seguros de vida puedo tener?
Buenas tardes: Si cobrarian de los tres pero ten en cuanta un matiz importante que es el aspecto tributario si son los mismos beneficiarios. un saludo. www.sofise.es
Sofise 21/09/10 18:08
Ha respondido al tema Seguro Allianz, ¿esto es lo normal?
Buenas tardes: Como te han comentado , indicaselo a tu mediador imagino que el aperturaria el parte por el aplicativo web de la cia) y enviaria perito, puedes tambien con tu numero de poliza llamar a la asitencia de hogar de Allianz (900-430043) indicando que te remitan reparadores (segun indicacion del perito, haz especial hincapie que el siniestro ya esta aperturado mas que nada porque si se duplica y aunque el coste total de los dos expedientes sea el mismo la cia puede tener en cuenta la frecuencia para rescindir el contrato. un saludo www.sofise.es
Sofise 14/09/10 15:55
Ha respondido al tema Problema y desesperado con BBVA. ¿Ideas?
Buenos dias: Lo que haria sin lugar a dudas seria efectuar un nombremiento de perito en aplicacion del articulo 38 de la LCS. http://www.sofise.es/index.php?option=com_phocadownload&view=file&id=86:modeloart38&Itemid=111 Sobre todo porque puedes presentarlo en la misma oficina donde contratastes el seguro (Son BBVA Mediacion Operador de Banca Seguros Vinculados S.A, clave OV-0060)de tal manera que como me imagino que no sabran que hacer, la comunicacion tardara mas de ocho dias en llegar a quien sepa lo que estas haciendo, motivo por el cual el informe de tu perito sera totalmente vinculante para la entidad aseguradora. Un ultimo consejo, me imagino que la poliza tendra incluida la inhabitabilidad, desconozco donde estaras viviendo pero como bien te han comentado guarda y solicita TODOS los gastos con el fin de que si optas por la via de un perito de parte te sirva para recobrar hasta el ultimo centimo de euro. Un saludo www.sofise.es Nota: Las grabaciones a los "call center" daria para hacer mas de un programa de radio que seria bastante humoristico sino fuera porque los afectados son personas.
Sofise 12/09/10 23:54
Ha respondido al tema Parte de hogar GENERALI - Vitalicio seguros lentos y mal muy mal
Buenas tardes: En ningun caso pretendo determinar los pasos que tiene que dar un corredor, pero si una persona efectua una consulta lo que indico es mi opinion la cual puede no coincidir con otro profesional de la mediacion. En cuanto a los datos tienes razon: Nombre: D.Sergio Molina Fernandez Dirección: C/Orense ,2 País: España CP: 28020 Correo: reclamaciones@generali.es Con respecto al recobro de los honorarios del perito,dichos honorarios van a tu cargo, tambien como indicas (Aseguradosufrido) si tu corredor es "persistente" y no dudo que un excelente profesional continua con sus indicaciones (reitero que unicamente exponia mi opinion y que duda cabe que tu actual corredor contara con mas elementos de juicio que los que yo pueda conocer) Un saludo www.sofise.es
Sofise 12/09/10 22:33
Ha respondido al tema Parte de hogar GENERALI - Vitalicio seguros lentos y mal muy mal
Buenas tardes: Entiendo por lo que planteas que estés molesto, particularmente actuaría de la siguiente manera a.- Nombramiento de perito, sin duda tu corredor conocerá algún profesional de la pericia el cual podrá plantear los aspectos que el perito de la entidad aseguradora no reconoce b.- Una vez remitido el citado escrito y tal como especifica el articulo 38 de la LCS "Si una de las partes no hubiera hecho la designación, estará obligada a realizarla en los ocho días siguientes a la fecha en que sea requerida por la que hubiere designado el suyo, y de no hacerlo en este último plazo se entenderá que acepta el dictamen que emita el Perito de la otra parte, quedando vinculado por el mismo." c.- Con esa misma fusión a la que haces referencia es posible que la entidad no te conteste en el plazo establecido por lo que la valoración de tu perito será la única que tenga validez para la valoración del perito. d.- Pongámonos que contestan en plazo, indícale a tu corredor que solicite el importe mínimo conocido (articulo 18 LCS) y sigues con los tramites de Reclamación al Departamento o Servicio de Atención al Cliente nombre D.ALEJANDRO GARCÍA HORTELANO dirección Paseo de Gracia,11 08007 BARCELONA Un saludo nota: me podrías confirmar el condicionado general de tu póliza?
Sofise 26/08/10 15:42
Ha respondido al tema Daños agua
Buenos dias: De tu comentario la unica duda que me asalta es porque no se puede alegar "gasto para limitar las consecuencias del siniestro" el importe del desatasco. Un saludo www.sofise.es
Sofise 24/08/10 18:13
Ha respondido al tema Siniestro sin resolver con RACC (Axa - Wintherthur)
Buenas tardes: Tienes dos opciones arreglarlo o solicitar un presupuesto de reparacion al taller en cuestion, junto con la factura o presupuesto de reparacion dirigete a tu aseguradora y les das un plazo X para el abono del daño causado (si presentas factura) o aceptacion del presupuesto, en caso contrario en aplicacion de tu cobertura de defensa y reclamacion de daños que reclamen al causante (artículo 1.902 del Código Civil, según el cual “el que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”.) Como me imagino por lo que indicas que se efectuo declaracion amistosa y quien te esta peritando es tu propia entidad aseguradora me imagino que ya habra recibido de la adversa el coste medio sectoria motivo por el cual si ahora presenta una reclamacion por responsabilidad del contrario se veria obligado a la devolucion de dicho modulo (882 €) asi como al abono de la misma cantidad por reclamacion de un siniestro aceptado, vamos que no les sale a cuenta ponerte muchas pegas. Un saludo www.sofise.es