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Participaciones del usuario Snakke - Seguros

Snakke 19/10/21 12:21
Ha respondido al tema Una curiosidad sobre sustracción de ruedas
Buenos días W. Petersen, Vamos allá.Respecto a la catalogación del hecho, poco que objetar. Para llevarte las ruedas de un coche tienes que obligatoriamente hacer fuerza sobre el mismo, no hay otra. Esto no es aquello de que me quitan la cartera sin darme cuenta y/o me llevo un paquete de jamón envasado bajo la camiseta, que serían hurtos.Lo que preguntas sobre la pancha no sé a qué te refieres, no sé que es una pancha. En cualquier caso, los daños son producidos por robo obviamente, enlazando con lo anterior.Y sí, si se llevan las ruedas de tu VW será considerado un robo. Pero cuidado que algunas aseguradoras no cubren este término. Una cosa es que lo sea y otra cosa es que se cubra. Se puso muy de moda robar catalizadores y la aseguradoras rápidamente reaccionaron excluyendo de cobertura el robo del catalizador si es la única pieza que se han llevado. Habría que llevarse este punto al tema ruedas y ver si tu contrato tiene alguna exclusión, que supongo que no, en ese sentido.Saludos,PD. Tus preguntas son sólo curiosidad o vives en el Barrio Chino de alguna urbe... ejejej
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Snakke 18/10/21 23:50
Ha respondido al tema Renta vitalicia. Qué hacer??
Desde mi punto de vista partes de un error de bulto y es el poner en un lado de la balanza las rentabilidades de los fondos y en el otro lado las rentabilidades de las rentas financieras, tomando esta premisa para justificar que los fondos son mucho mejores que las rentas vitalicias. Esto no es aquello de a ver quien la tiene más larga. Los fondos tienen su perfil de cliente. Las rentas vitalicias el suyo, a veces compartido, pocas. Las rentas vitalicias donde toman realmente peso son, no sólo en el hecho de que te desgravas una cantidad importante sobre la plusvalía generada sino que el capital está 100 por 100 garantizado en muchas modalidades y este detalle aunque parezca banal es básico para entender el producto. Pongamos el caso que estamos tratando. Ese matrimonio que vende esa finca por un monto de 200.000 euros y que, de plusvalía han sacado 150.000 euros porque la compraron en sus años mozos y aquello se ha revalorizado esta cantidad, cosa habitual en muchos casos. Ya sólo el 21% de esos 150.000€ supone un ahorro fiscal de 31.500€. Es decir, parte de la base que en el caso que tu propones tienes que irte a un fondo que te genere esos 31.500€ + 21% que tienes que sumarle ya que deberás pagar ese impuesto a Hacienda por la RTB generada. Es decir, debes sacar más de 38.000€ de intereses para compensar la ventaja fiscal de las rentas vitalicias. Dicho de otro modo, tienes que sacarle un 19% al monto total de los 200.000€, dándole otra pensada, tienes que ponerte en el cuerpo de ese matrimonio que recogen un dinero de la venta de un bien de toda la vida y que deben arriesgar, sí, arriesgar el capital total para sacarle ese 19% que les hace falta para compensar lo que se llevan con las rentas vitalicias por el simple hecho de contratarlas. ¿Tú crees que eso va a ocurrir? ¿Ves a un señor de 70 años invirtiendo 200.000€ a capón en un indexado? Porque si inviertes la mitad, que sigue siendo una pasada, so 100.000€ en un indexado para intentarle sacar un 38% para compensar. Y si inviertes la otra mitad, que puede ser una cantidad que digas, venga la pongo, hablamos de poner 50.000€ para sacarle un 72% si quieres que con ese monto compenses la ventaja fiscal de la renta vitalicia. Me puedes decir, claro, pone 50.000€ y tiene los otros 150.000€ disponibles para ponerlos aquí y allá. Sí, pero mismo perro con distinto collar. Jugársela en fondos, encender una vela, que le vaya bien y cruzar los dedos. Por favor, seamos sensatos, más si me dices que eres de esa quinta.Repito que no quiero demonizar los fondos, tienen su público, de hecho para encontrar RTB hoy en día hay que irse a este tipo de productos o que los toquen de alguna manera o que los productos que compres estén referenciados en índices bursátiles.... pero no para el cliente de la Renta Vitalicia. Un saludo
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Snakke 18/10/21 22:31
Ha respondido al tema Harto de Generali
Suerte.Poco más puedo aportarle, sus contestaciones no están en la línea que le estoy apuntando. Saludos 
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Snakke 18/10/21 22:27
Ha respondido al tema Harto de Generali
Haciendo una sencilla búsqueda por Internet he encontrado estas Condiciones Generales de Comercio.https://www.google.com/url?sa=t&source=web&rct=j&url=https://www.oficinamadridseis.es/condicionados/comercio/GENERALI.pdf&ved=2ahUKEwiM4fnB5NTzAhWPohQKHa2sBiYQFnoECA8QAQ&usg=AOvVaw23VTrF22EUThg4l7aAH45ZProbablemente le tuyo sea muy similar a este. Mira lo que pone en la página 15 en las exclusiones de incendio y extensivos, donde se encuentran los daños eléctricos:Generali ComerciosHabla de 10 años máximo para aparatos conectados. No habla de continente, que sería tu caso. Si éste fuera tu condicionado se podría pelear con el Defensor del Asegurado de Generali. Repito, busca tus condiciones generales, localiza la exclusión, busca la carta o comunicación donde te indican porqué no cubren. Si es por antigüedad de la instalación no procede si llevas esta cláusula incluida. Saludos 
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Snakke 18/10/21 17:30
Ha respondido al tema Harto de Generali
Vale.En esta última contestación sí se están, o deben estarse, basando en su condicionado. Según lo que indican, no lo pagan no porque no sea un daño eléctrico sino porque según sus condiciones generales los daños eléctricos deben tenerlos topados a una cierta antigüedad de la instalación/aparatos a ella conectada. Comprueba varias cosas. 1, cual esa antigüedad. 2, si esa antigüedad la aplican sobre continente y/o contenido. Importante este detalle, la cerraja eléctrica es continente. Y 3, antigüedad de la cerraja o de la instalación de la cerraja.A partir de estas 3 respuestas podrás concluir si están aplicando bien o mal su condicionado, condicionado que firmaste con las condiciones particulares cuando contrataste la póliza.Si eres tan amable haz la averiguación y nos contestas cuando lo sepas.Un cordial saludo.
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Snakke 18/10/21 17:26
Ha respondido al tema Renta vitalicia. Qué hacer??
Anabro, Según tú cobras el dinero y pagas el impuesto sobre la plusvalía.Es decir, en este caso que hablamos, como la venta son 200.000€ la plusvalía estará en el tramo dos de pago, es decir, el 21%. Esto a pagar, con la renta vitalicia te lo ahorras.Ahora sobre los productos que indicas para invertir.El colchón. - Devaluación del dinero.Una cuenta corriente. - 0% RTB o incluso a pagar por tener la pasta.Un deposito - Murieron hace muchos años. Te acuerdas del depósito Gasol? Un fondo.- RTB condicionada, no asegurada. Y a pagar el 19% sobre los int. que genere. Una cesta de fondos,- Más de lo de antes. Un fondo indexado o varios. - Renta variable casi siempre, inseguridad y 19% sobre int. Una parte en renta fija y otra en renta variable. - Eso se llama renta mixta. Mismo collar.Etc.¿A quien bate la renta vitalicia? Eso te pregunto yo, pero al revés. ¿A quien no bate?Siempre y cuando tengas derecho a la exención fiscal.Respecto a los fondos que dices tener, discúlpame pero pondré entre paréntesis toda la información que das sobre rentabilidades habida cuenta de lo que has escrito inmediatamente antes. Aunque en cualquier caso, ni te aseguran el capital como la renta vitalicia, todo lo contrario, cuanto mayor rentabilidad más riesgo asumes, pierdes la exención fiscal y pagas unas 6 veces los impuestos que se pagan por la rentabilidad de la renta vitalicia que, dependiendo de la edad, puede tener exento hasta el 92% del monto. Sin decir que tú probablemente no tengas más de 65 años ni tus ahorros vengan derivados de ganancias patrimoniales por lo que no eres siquiera el perfil de la renta vitalicia. Dile a tu padre o a tu abuelo, según tu edad, que los 200.000€ que ha sacado de la venta de la finca del pueblo los meta en un indexado. Y verás lo que te responde.Venga, un saludo.
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Snakke 18/10/21 16:11
Ha respondido al tema Harto de Generali
Hola Qué tal, El hecho de que se renueve el seguro sin consultar, como indicas, se llaman cláusulas de renovación automática. Decirte que, independientemente de esto, si os cobraron un 35% más sin avisar podrías haber cancelado la póliza devolviendo el recibo puesto que están modificando unilateralmente la prima en mayor porcentaje del debido.  ¿Podrías especificar qué os ocurrió con la persiana del negocio? La respuesta del seguro debe ser la de aplicar el condicionado y dar cobertura si procede, aún sabiendo que no fuerais a renovar.  Si no lo pagan deben especificar causa y motivo para que no tú como cliente puedas ejercer los derechos que te correspondan. Indicas que se ha reclamado en varias ocasiones sin que hagan el mínimo caso. ¿De qué forma/s habéis reclamado? ¿Por escrito? Saludos 
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