Hola Nahcos
los dividendos percibidos en un ETF de acumulacion no tributarian ya que solo incrementan su valor liquidativo y por tanto no esta sujeta retencion en ese momento y en el momento de la venta del ETF tampoco existiria rentencion.
Un saludo
La tributación en el socio o partícipe persona física de un Fondo de inversión cotizados (Exchange Trade Funds) (ETF)dependerá de la operación que se realice (LIRPF art.94.1.a.2º; RIRPF art.75.3.i, 76.2.d y disp.adic.4ª):
1) Como ganancia o pérdida patrimonial: tanto en operaciones de reembolso (ya se realice el reembolso por los miembros del mercado primario o por los propios partícipes), como de las operaciones de compraventa en el mercado.No existe obligación de practicar retención o ingreso a cuenta sobre las ganancias patrimoniales derivadas del reembolso o transmisión de participaciones en los fondos de inversión cotizados.
2) Como rendimientos del capital mobiliario derivados de la participación en los fondos propios (LIRPF art.25.1.a): las cantidades repartidas periódicamente por el fondo (procedentes de los dividendos percibidos por el propio ETF) se integran en la parte del ahorro de la base imponible, sin que sea de aplicación la exención de 1.500 euros (LIRPF art.7.y). Estas rentas están sujetas a la oportuna retención a cuenta.
Un abrazo
Hola a todos,
Yo invertí una pequeña cantidad unos 5000 € voy perdiendo un 20% de la inversión. ¿que me aconsejais liquidar la posición o esperar?
Saludos