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Robingos

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Robingos 06/08/15 10:19
Ha comentado en el artículo ¿Cómo cancelar una póliza de seguro?
Por lo que sé, el segundo seguro, el nuevo, tienes un plazo, que podría ser de un mes, para echarte atrás. Tu gestor lo sabe como sabía que no debe ir cambiando alegremente a sus clientes de Compañía sin advertirles de las consecuencias que puede tener .
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Robingos 06/08/15 10:15
Ha comentado en el artículo ¿Cómo cancelar una póliza de seguro?
Según me han informado hay una nueva Ley según la cual el plazo de aviso queda reducido a un mes.Desde el 16-7-2015. Ley 20/2015 de 14 de Julio. ¿Lo podéis certificar?.
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Robingos 04/12/14 21:58
Ha respondido al tema Certificado corriente de pago comunidad.
Gracias por la respuesta. Aunque lo sigo considerando un abuso. en mi comunidad enterior el único que tuve que expedir como secretario lo firmé yo y no hubo problema. En todo caso tu información muy útil.
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Robingos 30/10/14 18:58
Ha respondido al tema Vivienda heredada por tres hermanos
Hola y ante todo gracias. Acudiremos al banco y con lo que nos puedan dar iremos al Registro de la Propiedad a preguntar. Me sigue interesando saber cual puede ser el coste de escriturar y el de la Plus Valía del Ayuntamiento, por si alguien me lo puede decir. Entiendo que haya que pagar impuestos y los pagaremos, lo único que queíamos saber si ello se puede demorar hasta el momento de la venta para no tener que entrar ya en una dinámica de gastos no previstos. si es que no...pues habrá que pagar. Por eso preguntaba si alguien sabe cómo se calculan ambos gatos , los de escritura y los de Plus valía. Muchas gracias por todo.
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Robingos 12/10/13 19:50
Ha respondido al tema Reducción de Jornada
Hola Cronos. Agradezco el interés. sin embargo, no me cuadro mucho que tenga derecho a 30 días de vacaciones. Setrada de una persona que no es que trabaje el 25% de la jornada sino que trabaja el 25% de la jornada anual. El otro 75% se lo paga la Seguridad Social. No digo que no puedas tener razón pero si tiene que trabajar 54 días al año se hace extraño comprender que deba disfrutar de 30 días de vacaciones (22 laborables).
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