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Participaciones del usuario ritekg5 - Fiscalidad

ritekg5 19/06/26 17:38
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
No.  En caso de que te aprueben el nuevo IMV solicitado ya mismo y también ganes judicialmente más adelante la reclamación del solicitado anteriormente, ganarás un par de meses de antigüedad del mismo (dinero retroactivo) aun a pesar de ya percibir un IMV cuando te den el fallo judicial a tu favor.  Es algo que se hace bastante cuando se reclama por vía administrativa o judicial el IMV, porque a veces se tiran uno o dos años en el proceso y si luego resulta que era un fallo de ellos y ganas la reclamación, pues obtienes ese retroactivo.A ver, que igual en tu caso por las fechas que indicas solo ganas un mes más (que me resulta extraño pidieses el IMV el 9 de junio de 2026 y estando hoy a 19 de junio de 2026 ya te hayan denegado el IMV, reclamado por tu parte y respondido denegando tu reclamación, porque la Seguridad Social no son el correcaminos... me inclino a pensar que pusiste mal alguna fecha o año antes, pero bueno, yo respondo basándome en lo que has escrito, nada más)
ritekg5 19/06/26 17:20
Ha respondido al tema Actualización Cuantía Ingreso Mínimo Vital 2021
Creo que deberías reclamar judicialmente a la vez que vuelves a solicitar el IMV de nuevo, esta vez adjuntando tu IRPF 2025 realizado.Posiblemente, el fondo del asunto es que la Seguridad Social no considera el bono alquiler joven ese como "ayuda al alquiler" (aunque si lo sea fiscalmente), y quizás mientras no haya jurisprudencia que los ilumine puede que no den su brazo a torcer para considerarlo "ayuda al alquiler" normal... eso o el funcionario de turno que ha evaluado tu solicitud y tu reclamación se ha columpiado, ya que las rentas obtenidas por ayuda al alquiler están exentas de computarse como ingresos en el cálculo del IMV, y en tu caso fiscalmente esas ganancias patrimoniales son "ayuda al alquiler".Hace pocos meses el TS dictó una sentencia favorable a una beneficiaria a la que el INSS había computado como ingresos una subvención pública relacionada con una vivienda, concluyendo que esa ayuda no debía computarse como ingresos a efectos del IMV y, aunque no es exactamente el mismo supuesto que el Bono Alquiler Joven de tu caso, sí muestra una tendencia a examinar la naturaleza real de la subvención en instancias superiores y no solo cómo aparece reflejada fiscalmente. Te paso el artículo:  https://elpais.com/economia/2026-02-03/el-supremo-reconoce-el-ingreso-minimo-vital-denegado-a-una-mujer-porque-su-comunidad-de-vecinos-cobro-otra-subvencion.html Suerte y ya nos contarás al respecto.
ritekg5 16/06/26 09:26
Ha respondido al tema Ayuda por hijo a cargo (los puntos) - Ingreso mínimo vital
Si has cerrado la cuenta, pues evidentemente los pagos que vayan a esa cuenta bancaria cancelada dejarás de recibirlos.  Tendrás que acudir a la Seguridad Social y pedirles que cambien la cuenta bancaria tuya que tienen en sus registros (la que ahora has cancelado), para que sea la nueva cuenta bancaria que tengas ahora.
ritekg5 15/06/26 21:19
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Un consejo te voy a dar: cualquier tipo de ayuda, que sea "con vistas" a que no aparezca luego por ningún lado... te pongo unos ejemplos... ¿dinero?, siempre en efectivo ... ¿alimentos?, que te acompañe y pague la cuenta del supermercado ... ¿compras en comercios?, que te dé el dinero en billetes o que abone él la cuenta, NUNCA nadie te podrá echar en cara que no te conceden una ayuda desde la administración porque ya recibes asistencia familiar al respecto.Todo lo "fácil" actual (tipo bizum) tiene una trazabilidad que aunque parezca que no, pueden seguir, evaluar su impacto y dar pie a denegarte ayudas en un futuro más o menos cercano, y ya sabes lo que reza el refrán 👇
ritekg5 13/06/26 19:37
Ha respondido al tema Pregunta ingreso minimo vital
Sí... cobrarás lo mismo si tu cantidad no ha cambiado... si esperabas que subiese tu IMV en base a los ingresos del 2025 deberás esperar a la revisión de octubre.
ritekg5 13/06/26 14:00
Ha respondido al tema Pregunta ingreso minimo vital
Cualquier notificación de la Seguridad Social se puede reclamar sin problemas... otra cosa es que la atiendan rápidamente o te den la razón en tu disconformidad.
ritekg5 11/06/26 13:05
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
es real lo que te comento de la cojera  Sí, lo dejaste claro; mi comentario iba en otra línea por cierta situación acaecida mía.comunicar en un plazo de tiemo cualquier cambio en tu situación familiar, laboral o patrimonial   Esa es la teoría, en la práctica solo interesa comunicar cambios de residencia, cambios en nuestra unidad de convivencia (añadir o quitar miembros de la misma) o cambios en las situaciones personales (casarse, separarse o divorciarse, haber obtenido certificación de minusvalía por alguno de los miembros), salidas al extranjero superiores a 15 días www.rankia.com/foros/economia/temas/5281829-ayuda-complemento-infancia-ingreso-minimo-vital?page=1170#respuesta_7352617 y poco más... los cambios en situación laboral y patrimonial ya los ven en su momento cuando cruzan datos fiscales y de ingresos con Hacienda (¿te imaginas alguien que solape contratos semanales con desempleo tener que estar cada vez que logra un trabajo para una semana tener que estar comunicándoselo y una semana después volver a comunicar que se queda desempleado de nuevo?, sería un completo despropósito y perdida absurda de tiempo para todas las partes implicadas) así que no veo adecuado ni plantearlo, aunque evidentemente cada uno está en su derecho de hacerlo o no... personalmente, si fuese mi caso, no hubiera dicho nada al respecto. estoy como estoy... y cumpliendo años.Todos y cada una de las personas que interactúan en el foro tenemos nuestras situaciones propias particulares (unos mejor y otros peor, aunque en mi caso la verdad es que no me puedo quejar) y también cumplimos años inexorablemente cada 365 días 😉 con lo que también crecemos en sabiduría y conocimiento 😎 así que mucho ánimo. Paz, luz y amor. 
ritekg5 10/06/26 22:05
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Personalmente, yo no recomiendo informarles de nada sobre herencias recibidas (en todo caso eso que lo diluciden ellos en la revisión anual del IMV) aunque evidentemente cada uno debe valorar si merece la pena o no aceptar una herencia cobrando el IMV porque la cosa te puede salir rana (como estamos viendo en tu caso)En fin, te tocará esperar a octubre como ya hemos comentado, aunque mientras si quieres puedes indagar al respecto con los enlaces que te pasé para estar preparada y hacerte tus cábalas.
ritekg5 10/06/26 21:14
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
no puedes ir a las entrevistas cojeando  Sin ánimo de ofenderte (dado los problemas físicos y dolencias mencionados antes por tu parte) me lo apunto para cuando me hagan alguna emboscada y me obliguen a presentar candidatura para alguna oferta laboral tipo mojón.toman el valor catastral para hayar el cómputo del patrimonio La valoración de inmuebles se basa en el valor de referencia, que suele ser superior al catastral aunque inferior al precio de mercado.  Si no hay valor de referencia, pues se utiliza el valor catastral. En https://www.sedecatastro.gob.es/Accesos/SECAccvr.aspx puedes obtener el valor de referencia de cualquier inmueble introduciendo su referencia catastral, si quieres busca los tuyos y la quinta parte del valor de referencia de cada uno es lo que te imputarían como patrimonio.¿Por qué diferencias la valoración que yo hago con la valoración que haga Hacienda? Porque pueden ser muy diferentes.  Cada vivienda suele tener tres valores: el catastral (lo define el catastro), el de referencia (valor mínimo de compra-venta según Hacienda) y el de mercado (que suele marcarse con una tasación independiente).  Cuando se acepta una herencia en el impuesto de sucesiones se refleja el valor de referencia o incluso una cifra mayor a veces (que es lo que se nos imputará) pero en la información fiscal del contribuyente solo nos aparece la valoración catastral.En resumen, para tu caso concreto deberás esperar a lo que se dictamine tras la revisión de octubre, o bien indagar que cifras aparecen en tu IRPF, aceptación de herencia, valoración catastral y valoración de referencia (si te quieres calentar la cabeza) pero el hecho de que ya te hayan aplicado suspensión del IMV no pinta bien porque se han basado en la información aportada por Hacienda, que como habrás deducido es incluso inferior a las valoraciones de referencia de los inmuebles.
ritekg5 10/06/26 13:40
Ha respondido al tema Estado solicitud ingreso minimo vital
Aun así habrá que ver qué valoración de inmuebles real se te imputa (eso te aparece en los datos fiscales del IRPF 2025) y también que ingresos y ganancias patrimoniales aparecen en tu declaración de la renta realizada ahora.Para una persona sola, superar en INGRESOS del 2025 los 8803,20€ anuales es suspensión del IMV, e igualmente superar en PATRIMONIO del 2025 tres veces dicha cifra (que son los 26409,60€ que citas) equivale también a extinción del IMV, así que es totalmente normal que en la revisión provisional del IMV realizada hace unas semanas te suspendiesen el IMV hasta ver ellos que aparece en realidad en tu IRPF 2025 presentado (que lo revisarán en octubre a todo el mundo) y la valoración de inmuebles (el 20% que tienes) cuando aflore... sin más datos poco más puedo decirte, salvo que revises tu información fiscal de Hacienda y veas que valoración real de los inmuebles te imputan, que aunque tú digas ahora son 21000€ me huelo que va a ser más de esa cifra ante Hacienda.