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Participaciones del usuario Reketin

Reketin 09/02/10 19:03
Ha respondido al tema Seguro RC D&O
Buenas tardes una pregunta Furia, una pregunta tu cliente ademas de Agente de bolsa és administrador o gerente de la correduria de bolsa, por que la utilidad de este seguro, és la de dar cobertura a gerentes o administradores de empresas, en el caso que el consejo de administración o el consejo de accionistas le reclamen las perdidas de la empresa por mala gestión de la misma. Igualmente si solo és agente de bolsa con una RC profesional tendria suficiente cobertura. En CATALANA OCCIDENTE, de la que soy agente de seguros, pueden facilitarte presupuesto de las dos RC, te facilito mi mail por si quieres más info [email protected]. per que te explique exactamente lo que quiere cubrir. Un saludo.
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Reketin 02/12/09 13:45
Ha respondido al tema Seguro para ciclista
Buenos dias Pastor posiblemente la opción que más te interesa és un seguro de accidentes con incapacidad temporal por accidente, que te permitiria recibir una indemnización diaria por accidente, sea cual sea, eso si debes indicar los deportes que practicas habitualmente, en el momento de su contratación. un saludo.
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Reketin 29/11/09 09:15
Ha respondido al tema Seguros de Comunidad de Propietarios ?
Buenos días landerson primero deberias pedir una copia de la poliza a Reale, con el número de NIF de la comunidad os la facilitaran, para saber las coberturas que teneis, y que os cubre la defensa jurídica, diria que la denuncia del jardinero seguro que os la cubre, por que muchas polizas de hogar y comunidades, cubren la defensa juridica frente a los contratos de servicio, ahora bien la reclamación del Ayuntamiento me suena muy raro, será de muy dificil solución aunque la defensa jurídica de la poliza deberia como mínimo asesoraros sobre este asunto. Un saludo
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Reketin 22/11/09 20:29
Ha respondido al tema Seguro de vivienda
Te recomiendo el Multiriesgo hogar de CATALANA OCCIDENTE, muchas coberturas a precios competitivos.
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Reketin 18/11/09 20:01
Ha respondido al tema Que es muerte accidental
Buenas tardes Alba22, en seguros se entiende por muerte accidental, la muerte del asegurado por causas violentas subitas y externas. Igualmente hay algún caso como la muerte por infarto de miocardio, que hay compañias que la consideran un accidente, depende de cada compañia y de la exclusiones que tenga. Un saludo
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Reketin 18/11/09 19:51
Ha respondido al tema Siniestro seguro Hogar
Buenas tardes Bittor, soy agente de seguros en CATALANA OCCIDENTE, y en este caso estariamos hablando de un hurto, puesto que durante el robo no existe ni violencia ni intimidación, la señora le facilita la entrada al domicilio y además una llave del portal. Aunque como indicas tiene la reposición de documentos, no creo que pueda reclamar puesto que el hurto dificilmente lo cubre ninguna compañia tendria que ser un robo se fuerza alguna puerta o ventana para entrar o una expoliación robo con violencia o intimidación, con amenazas. Bittor el caso que has expuesto para mi és un hurto, y se tendria que ver el condicionado de la poliza para ver que cubre. Un saludo
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Reketin 13/11/09 15:16
Ha respondido al tema ¿Es obligatorio mantener un seguro de vida y de hogar con el banco en el banco en el que estoy hipotecado?
No es obligatorio tener los seguros de hogar y vida con el banco, puedes tenerlo con quien quieras, lo que puede pasar és que te penalizen si el seguro esta ligado a un descuento en los intereses sobre la hipoteca. El seguro de hogar no tiene beneficiario, es decir si se te quema la casa tu aseguradora no va a pagar ni un Euro al banco, se te reconstruye tu hogar por el imorte por el cual esta asegurado el continente (paredes, suelo, techo,e instalaciones). Cuidado al contratar con los bancos vuestros seguros, porque los bancos tasan este valor como el valor de compra, que no és el real és más alto por las comisiones que hay de promotores, immobiliarias etc. En el seguro de vida que puede ser obligatorio si aparece en el contrato del prestamo que tengas con tu banco, en este caso el primer beneficiario és el banco por el importe que quede pendiente de pago de la hipoteca, el resto queda para los herederos legales del difunto.
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