Si me lo permitís, yo que estoy en el mismo caso que Josep_and he encontrado esto
http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Campanias/Renta/2015/Ayuda/Cita_previa/Cita_previa_datos_agilizar_Renta.pdf
y o no lo estoy entendiendo o el arrendatario (página 2, apartado 2) tiene hueco para 2 DNI's de arrendadores.
Si me equivoco me corregís porque soy nueva en esto de ser la casera y declararlo ya que en mi caso es un piso heredado y luego alquilado a terceros desde finales del año pasado...
Yo con esto también tengo unas dudas, y es que a mí me hicieron un pacto de mejora (soy la mejorada digamos) para cederme este piso, tengo mil dudas de cómo reflejar esto en mi declaración y de si puedo deducir algo de las facturas de notario, registro, certificado energético, etc.
Esta tarde intentando despejar mis dudas me topé con estos dos artículos:
http://www.lavozdegalicia.es/noticia/economia/2016/02/12/gallegos-hereden-pacto-sucesorio-vivos-tributaran-irpf/0003_201602G12P32996.htm
http://241881.blogspot.com.es/2013/06/el-pacto-de-mejora-el-de-apartacion-y.html
Entiendo que quieren decir que si mis padres están vivos (y esperemos que por muchos años más) no tengo que reflejar nada del pacto de mejora en mi declaración??
AYUDA POR FAVOR
¿Y entiendo que tengo que poner ya la parte que me han ingresado en cuenta? ¿o el importe antes de la retención?
También recibí 2 premios NO en metálico (una bicicleta y una pulsera deportiva valoradas [supuestamente] en 1.050€ ambas cosas), ¿estos los tengo que hacer constar en mi declaración? Porque yo de estos premios no sé si va ya con retención la valoración que en la Tv hacen de ellos... jeje