Disculpad, es cierto lo que dice "delabotaempinar". Copio lo que me indicaron: Condicionado General de la Póliza suscrita en el art. 22 de la Ley 50/80 de Contratos de Seguros: "al final de cada anualidad, la póliza queda automáticamente prorrogada salvo denuncia de forma escrita y fehaciente cancelando la misma por parte del asegurado y, con al menos dos meses de anticipación al vencimiento de la anualidad anterior”