En todo eso estoy de acuerdo, pero ¿ Como hago saber a la Administración que quiero seguir con esa sobrecotización ? ¿Existe algún procedimiento específico ? ¿Qué pasa si me devuelven a la cuenta bancaria y pierdo ese derecho adquirido ?.
Si en diciembre de 2022 estaba pagando de autónomos 600 euros al mes. En 2023 seguí pagando la misma cantidad pues no comuniqué nada a la S.S. Mis ingresos en 2023 se corresponden con una cuota a pagar de autónomos menor y en la próxima Renta me devolverán el exceso. Pero a mi lo que me interesa es seguir pagando 600 euros. ¿Hay contemplado alguna actuación para informar de que no quiero la devolución y lo que quiero es seguir con la misma cuota?
Hablando de seguridad, creo que debe dedicarse un ordenador solo y exclusivamente para operar con los bancos. ¿ En el ordenador que programas convendría tener para aumentar la seguridad ?.
La verdad es que en su momento cancelé la cuenta porque me cobraron la comisión de mantenimiento y ahora me estoy planteando volver a iniciar los trámites para volver a ser cliente. Gracias por las repuestas
Lo malo de Finantia es que la cuenta soporte mientras tengas un depósito no te cobra gastos, en el momento que este venza y traspases el dinero a otro banco, ese mismo día ya te cargan en la cuenta gastos de mantenimiento.
Efectivamente están mal los cálculos, lo correcto a mi entender sería:Inmueble valor total:100.000; la mitad por ganancial 50.000, los 2/3 de 50.000 son 33.333y el 10% de usufructo: 3.333. Lo mismo con el banco.Espero que estos cálculos sean los correctos.
Tengo la cuenta BBVA Online y tengo unas pocas acciones de telefónica que quiero vender.¿ Sabéis si puedo dar la orden desde la página WEB del banco ?, o como me temo tendré que desplazarme a una oficina.
En 2023 me va a corresponder una cuota superior a la que en 2022 estoy pagando. ¿Tenéis algún enlace que me permita informar a la S.Social antes de enero de la nueva situación?
Gracias por responder.Veo que entiendes que el valor de adquisición a efectos de calcular la ganancia patrimonial es el de compra por parte de la sociedad de gananciales y no el valor comprobado en el I.Sucesiones .Saludos