Este es el formulario de pago directo de Fremap. En lo recuadrado viene para que marcar el tipo de IRPF que quieres que te quiten. Tenedlo en cuenta los que tengáis que pedir el pago directo para evitar luego disgustos.Éste es de Fremap pero me imagino que en todas las mutuas será igual
Y a mí marido también, un 18,39% exactamente. Creo recordar que en el formulario tenias que marcar la retención que querías, si no luego vienen los sustos...En la app de Fremap vienen detallados los pagos y reflejan el IRPF que te quitan
A ver los entendidos si me resuelven está duda que me he planteado hoy. A los 18 meses lo normal es que la empresa deje de cotizar por tí y se abra el expediente de incapacidad y entonces mientras se resuelve pierdes ese tiempo de cotización. Si te deniegan la IP y vuelves a la empresa aunque pierdas esos meses de cotización ¿Pierdes también esos meses de antigüedad en la empresa? Es que creo que no lo he leído nunca, y si los pierdes pues es una pu*ada si luego te echan o si te dan un no apto en riesgos laborales y te tienen que indemnizar. Bueno y si sigues trabajando también para cobrar antigüedad
A ver, no voy a poner la mano en el fuego de que no haya empresas que intenten coaccionar o que incluso lo consigan, pero en principio esto no funciona así para nada, tal y como te ha dicho Emilio también.La empresa de prevención de riesgos en teoría es completamente independiente de cualquier empresa, ellos te evalúan y mandan a tu empresa el reultado de esa revisión: apto, no apto u apto con limitaciones y cuales son, pero sin más, la empresa no debe conocer nada más que éso, el resultado y si hay limitaciones cuales son (EJ: no trabajar solo o en altura, no cojer más de x kilos) pero en principio si es un no apto o un apto con limitaciones no tienen derecho ni a saber qué patología motiva ese resultado. Da igual que le convenga o no, en principio debe ser asi: recibe un resultado y en base a él pues vuelves a tu trabajo, te lo adaptan o te despiden por ineptitud sobrevenida, les convenga o no les convenga, les venga bien o mal. Y si de alguna manera se demostrara que se ha enterado de algo más de tu proceso, o ha coaccionado o lo que sea, es denunciable y eso sí que no creo que les convenga, ni a tu empresa ni a la de prevención de riesgos
Siempre, si no lo solicitas no cobras, no te van a pagar automáticamente. Tienes que averiguar a quién se lo tienes que solicitar si al INSS o a la mutua, eso no lo eliges tú. Tal y como están las cosas en la seguridad social lo mejor es preguntar en la mutua y no te lleva ni dos minutos llamar y que te digan si les corresponde a ellos o no.
Pero eso de todas maneras pasa casi siempre a ni ser que te hayan pagado las vacaciones, porque cuando te dan la ipt te cotizan las vacaciones no disfrutadas y también estás de alta.
No creo que la empresa tenga la potestad de aceptar o no aceptar el resultado de prevención de riesgos, es lo que hay y punto, no le queda otra que aceptar.
Me parece recordar que en la carpeta ciudadana se ve, de todas formas es tan fácil como pasarte o llamar a la mutua y al momento lo dicen. Mi marido tampoco puede hacer nada pero tuvo que ir presencialmente con el DNI, le llevé, rellené yo los papeles , los firmo y ya. 5 minutos