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Participaciones del usuario Pericopalotes - Bancos

Pericopalotes 20/06/09 21:42
Ha respondido al tema Como averiguar si existe una cuenta de una persona fallecida en algún banco
Otra posibilidad es ir al Juzgado de Primera Instancia donde se está tramitando la tutela con la excusa de que tienes que hacer la rendición de cuentas de cada año. Llevate la sentencia por la cual se te nombra tutora del tutelado y puedes buscar en el expediente más información de este tipo. Y ya que vas al Juzgado te informo que siempre hay una Oficina de atención al ciudadano y un Colegio de Abogados donde gratuitamente hay un abogado para asesorarte. A ver si te dan más pistas. Además, en el "Decanato" que es donde se presentan las demandas, ofrecen información sobre las entidades financieras en los procedimientos de averiguación de bienes en los casos de embargos ...También puedes preguntar allí. Eso sí llévate la sentencia o documentación disponible que demuestre que eres tú la tutora del tutelado.
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Pericopalotes 11/06/09 18:54
Ha respondido al tema 93,91 millones de euros por Cristiano Ronaldo
Pues este señor a parte de por sus flamantes americanas, ser directivo del barça tambien es una eminencia en la economia global... http://es.wikipedia.org/wiki/Xavier_Sala_i_Mart%C3%ADn O sea que la clave es de donde salen, si son de don flo, o su patrimonio pues nada, si es deuda... pues es impresentable.
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Pericopalotes 10/06/09 15:02
Ha respondido al tema Consulta Deuda Subordinada
A mí tambien me ha sido útil este post y por eso lo subo, por que ahora mismo tengo una oferta de deuda subordinada de caixa penedès, despues de vencer un deposito con ellos, es lo mejor que me pueden ofrecer. Os explico, estructurados ni fu ni fa, deposito tradicional al 2, o 2,25% al año. Deuda subordinada emisión 2009 (29/6/09) 1 año 6,5% 2 al 5 - Euribor + 4,25% (mínimo 5%) Posibilidad de compra de la deuda por parte de caixa penedès. 5 al 10 - Euribor + 5% (mínimo 5%) Fín de la deuda, compra de la deuda por parte de caixa penedès. Ya sé que no esta dentro del FGD, veis como buena la opción, para un dinero innecesario en este momento?. Ciao!!!
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Pericopalotes 05/06/09 17:47
Ha respondido al tema Caixa Catalunya cierra sus puertas?
Totalmente de acuerdo, y tanto mi padre como yo tenemos dinero en caixa catalunya. Y la verdad que jode un montón, por suerte ya estamos curados de espantos, que si ing, que si susuncorda!!!
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Pericopalotes 02/05/09 01:35
Ha respondido al tema Declaración de la renta S.O.S.
Los datos de confección son del año pasado. Si tienes más de un pagador, se tenia que pedir en función de la suma de las rentas percividas un incremento de la retención del IRPF, que es lo que te debe fulminar. casilla 009 Total ingresos trabajo casilla 014 SS casilla 742 retenciones "En general, los contribuyentes por el IRPF están obligados a presentar y suscribir declaración por este Impuesto, con los límites y condiciones reglamentariamente establecidos. No obstante, no tienen obligación de declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes exclusivamente de las siguientes fuentes, en tributación individual o conjunta: a) Rendimientos íntegros del trabajo (incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como las pensiones compensatorias y las anualidades por alimentos) que no superen los siguientes importes: · 22.000 euros anuales si proceden de un único pagador. También se aplica este mismo límite cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador, si la suma de las cantidades percibidas del segundo y restantes pagadores, por orden de cuantía, no superan en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales. El límite será también de 22.000 euros, cuando se trate de contribuyentes cuyos únicos rendimientos del trabajo consistan en las prestaciones pasivas a que se refiere el artículo 17.2.a) y la determinación del tipo de retención aplicable se hubiera realizado de acuerdo con el procedimiento especial establecido reglamentariamente. Para ello el pensionista con dos o más pagadores, deberá de haber solicitado la determinación del tipo de retención por medio del modelo 146. · 11.200 euros anuales en los siguientes supuestos: - Cuando procedan de más de un pagador (salvo la excepción prevista en el punto anterior). - Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge. - Cuando se perciban anualidades por alimentos que no estén exentas (están exentas las anualidades por alimentos percibidas de los padres en virtud de decisión judicial). - Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener de acuerdo con lo previsto reglamentariamente (v. art. 76 Rgl. IRPF) - Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo a tipo fijo de retención del artículo 80.1. 3º y 4º del reglamento del Impuesto."
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